06/10/04
06/10/04 - NO HA LUGAR A PETICIÓN FORMULADA POR LA
EMPRESA PERFORACIONES DEL LITORAL LTDA ., RELATIVA A L.P. N°24/03.
VISTO: estos antecedentes relacionados con la
Licitación Pública N°24/03, convocada por la Gerencia General de Vía y
Obras de la Dirección Nacional de Vialidad, para las obras de:
"Mejoramiento y renovación de vía férrea en un tramo de la línea a
Rivera cercano a la Ciudad de Durazno, teniendo por objeto la realización
de todos los trabajos de mejoramiento y renovación de la vía férrea de
acuerdo a lo establecido en proyecto ejecutivo y a lo definido en las
bases".
RESULTANDO: I) Que dichas obras serán co-financiadas
por el Banco Mundial (Préstamo 4204/UR).
II) Que al citado acto, realizado el 6 de febrero de
2004, presentaron ofertas las siguientes firmas: MONALI S.A., BIMSA S.A.,
PERFORACIONES DEL LITORAL LTDA. y MANTIBA S.A., según surge del Acta
glosada a fojas 765 y 765 vta. de autos.
III) Que la Comisión Asesora de Adjudicaciones de
Obras de Vialidad, al expedirse al respecto recomienda la adjudicación de
la presente licitación a la empresa MONALI S.A., por ser la oferta
técnicamente más conveniente para los intereses de la Administración y a
las necesidades del servicio, por la suma $11:049.394,28 incluido el
Impuesto al Valor Agregado, COFIS y Leyes Sociales respectivas.
IV) Que, durante el período de manifiesto, la
empresa PERFORACIONES DEL LITORAL LTDA. presentó escrito solicitando un
estudio específico del coeficiente "j" (coeficientes de jornales)
en las paramétricas aplicables a los trabajos de la vía férrea, petición
que estudiada por la Comisión Asesora de Adjudicaciones fue desestimada.
V) Que, el Departamento Contaduría de la Dirección
Nacional de Vialidad ha tomado intervención, previendo una ejecución por
la suma de $410.000 en el presente ejercicio a cuyos efectos se emitieron
las Ordenes de Afectación pertinentes.
VI) Que se cuenta con la no objeción del Organismo
co- financiante (fojas 791). VII) Que el Tribunal de Cuentas de la
República (Oficina Central -Carpeta N° 202.686) ha tomado la intervención
que le compete sin formular observaciones al respecto.
ATENTO: a lo preceptuado en el "TOCAF 1996"
, aprobado por el Decreto N°194/997 de 10 de junio de 1997 y Decretos N°s.
90/000 y 295/000 de 3 de marzo y 11 de octubre de 2000 respectivamente.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
R E S U E L V E:
1°.- No ha lugar a la petición formulada por la
empresa PERFORACIONES DEL LITORAL LTDA .
2°.- Adjudícase a la empresa MONALI S.A. la
realización de las obras de: "Mejoramiento y renovación de vía
férrea en un tramo de la línea a Rivera cercano a la Ciudad de Durazno,
teniendo por objeto la realización de todos los trabajos de mejoramiento y
renovación de la vía férrea de acuerdo a lo establecido en proyecto
ejecutivo y a lo definido en las bases", por la suma de $ 7: 448.959,70
en un todo de acuerdo con la propuesta presentada por dicha empresa, al
llamado a Licitación Pública N°24/03, convocada por la Gerencia General
de Vía y Obras de la Dirección Nacional de Vialidad.
3°.- Autorízase a los fines indicados, la
inversión de la suma total de $12:154.333,72 (pesos uruguayos doce millones
ciento cincuenta y cuatro mil trescientos treinta y tres con setenta y dos
centésimos), discriminada de la siguiente manera: $7:448.959,70 para
Contrato; $156.428,20 para COFIS (3% de 70%); $1:749.239,20 para IVA (23%);
$1:694.767,22 para Leyes Sociales y $1:104.939,40 para Imprevistos (10%).
La citada erogación, se atenderá con cargo a la Ley
N°17.296 de 21 de febrero de 2001, Inciso 10, Programa 003, Proyecto 888,
Financiamiento 1.1 y 2.1, Ejercicio 2004 y siguientes.
4°.- Autorízase a la Dirección Nacional de
Vialidad, a suscribir con la firma adjudicataria el pertinente Contrato de
Obra Pública, ad-referendum de su aprobación por el Ministerio de
Transporte y Obras Públicas.
5°.- Comuníquese y pase la Asesoría Financiamiento
Exterior (Area Banco Mundial FONPLATA) para su conocimiento y previa toma de
razón por parte del Contador Central delegado por el Tribunal de Cuentas de
la República en el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, vuelva a la
Dirección Nacional de Vialidad para notificar a las firmas interesadas y
proceder en los términos establecidos en los Decretos Nros. 526/003 de 18
de diciembre de 2003 y 175/004 de 26 de mayo de 2004.