07/10/04
07/10/04 – SE HOMOLOGA CONVENIO SUSCRITO
EL 16 DE JULIO DE 2004, ENTRE M.V.O.T.M.A, M.T.S.S. Y LA INTENDENCIA DE
MONTEVIDEO.
VISTO: el
Convenio suscrito el 16 de julio de 2004 entre los Ministerios de Vivienda,
Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y de Trabajo y Seguridad Social y
la Intendencia Municipal de Montevideo;
RESULTANDO: I)
que el referido Convenio tiene por objeto la coordinación, competencias y
áreas de responsabilidad, en la implementación en el Departamento de
Montevideo, de la Segunda Fase del Programa "Actividades
Comunitarias", con el fin de disminuir las consecuencias sociales de la
desocupación de los sectores más vulnerables de la población;
II) que el
citado Convenio se solventará con aportes del Gobierno Nacional,
Ministerios de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y Trabajo
y Seguridad Social, ambos 70% y la Intendencia Municipal de Montevideo un
30%, en este aporte no se consideran las maquinarias de uso permanente;
III) que al
Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente le
compete: recibir en las Oficinas Departamentales del Ministerio los
proyectos a realizar controlar los mismos y confeccionar un registro
centralizado de aspirantes inscriptos en el Programa, estudiar la
factibilidad económica y técnica de los proyectos y los presupuestos de
inversiones a los efectos de su aprobación y supervisión de los mismos, a
través de la Unidad Coordinador de Proyectos (UCP); las actividades de
capacitación de asociaciones y comisiones vecinales; asegurar los flujos de
fondos convenidos para cada obra y supervisar con la Intendencia Municipal
de Montevideo; la realización de las obras y la contabilidad de las
proyectos asumiendo la responsabilidad del gasto ante el Tribunal de Cuentas
de la República;
IV)
que al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social le compete lo establecido en
el numeral 3.3. del Convenio suscrito el 16 de julio de 2004;
V)
que la Intendencia Municipal de Montevideo deberá dar cumplimiento a lo
establecido en el numeral 3.1. del Convenio suscrito;
VI)
que el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente
remitió las presentes actuaciones al Tribunal de Cuentas de la República
para su intervención;
VII)
que el presente convenio demandará un monto de $ 4.363.132 (pesos cuatro
millones trescientos sesenta y tres mil ciento treinta y dos) afectado al
Rubro 579 "Obras Comunitarias" de la Unidad Ejecutora 001, del
Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente;
CONSIDERANDO: I)
que ambas Secretarías de Estado y la Intendencia Municipal de Montevideo,
han expresado su voluntad de llevar adelante la Segunda Fase del Programa
denominado "Actividades Comunitarias", en las condiciones
establecidas en el Convenio suscrito el 16 de julio de 2004;
II)
que es conveniente homologar la suscripción del Convenio antes citado;
ATENTO:
a lo expuesto precedentemente;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.-
Homológase el Convenio suscrito el 16 de julio de 2004, entre los
Ministerios de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y de
Trabajo y Seguridad Social y la Intendencia Municipal de Montevideo, que
tiene por objeto acordar la forma de coordinación, competencias y áreas de
responsabilidad, en la implementación en el Departamento de Montevideo de
la Segunda Fase del Programa "Actividades Comunitarias", con el
fin de disminuir las consecuencias sociales de la desocupación de los
sectores más vulnerables de la población.
2°.-
El monto de $ 4.363.132 (pesos cuatro millones trescientos sesenta y tres
mil ciento treinta y dos), será atendido con cargo al Rubro 579 "Obras
Comunitarias" de la Unidad Ejecutora 001, del Inciso 14 Ministerio de
Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente.
3°.- Vuelva al
Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente,
cometiéndole la comunicación al Tribunal de Cuentas de la República, al
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, a la Intendencia Municipal de
Montevideo y pase a la División Contaduría y Finanzas.