07/10/04  

07/10/04 – SE HOMOLOGA CONVENIO SUSCRITO EL 17 DE AGOSTO DE 2004, ENTRE M.V.O.T.M.A., M.T.S.S. Y LA INTENDENCIA DE MALDONADO.

VISTO: el Convenio suscrito el 17 de agosto de 2004 entre los Ministerios de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y de Trabajo y Seguridad, Social y .la Intendencia Municipal de Maldonado;

RESULTANDO: I) que el referido Convenio tiene por objeto la coordinación, competencias y áreas de responsabilidad, en la implementación en el Departamento de Maldonado, de la Segunda Fase del Programa "Actividades Comunitarias", con el fin de disminuir las consecuencias sociales de la desocupación de los sectores más vulnerables de la población;

II) que el citado Convenio se solventará con aportes del Gobierno Nacional, Ministerios de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y Trabajo y Seguridad Social, ambos 70% y la Intendencia Municipal de Maldonado un 30%, en este aporte no se consideran las maquinarias de uso permanente;

III) que al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente le compete recibir en las Oficinas Departamentales del Ministerio los proyectos a realizar, controlar los mismos y confeccionar un registro centralizado de aspirantes inscriptos en el Programa, estudiar la factibilidad económica y técnica de los proyectos y los presupuestos de inversiones a los efectos de su aprobación y supervisión de los mismos, a través de la Unidad Coordinador de Proyectos (UCP); las actividades de capacitación de asociaciones y comisiones vecinales; asegurar los flujos de fondos convenidos para cada obra y supervisar con la Intendencia Municipal de Maldonado; la realización de las obras y la contabilidad de las proyectos asumiendo la responsabilidad del gasto ante el Tribunal de Cuentas de la República;

IV) que al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social le compete lo establecido en el numeral 3.3. del Convenio suscrito el 17 de agosto de 2004;

V) que la Intendencia Municipal de Maldonado deberá dar cumplimiento a lo establecido en el numeral 3.1. del Convenio suscrito;

VI) que el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente remitió las presentes actuaciones al Tribunal de Cuentas de la República para su intervención;

VII) que el presente convenio demandará un monto de $ 1.946.270 (pesos un millón novecientos cuarenta y seis mil doscientos setenta) afectado al Rubro 579 "Obras Comunitarias" de la Unidad Ejecutora 001, del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente;

CONSIDERANDO: I) que ambas Secretarías de Estado y la Intendencia Municipal de Maldonado, han expresado su voluntad de llevar adelante la Segunda Fase del Programa denominado "Actividades Comunitarias", en las condiciones establecidas en el Convenio suscrito el 17 de agosto de 2004;

II) que es conveniente homologar la suscripción del Convenio antes citado;

ATENTO: a lo expuesto precedentemente;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Homológase el Convenio suscrito el 17 de agosto de 2004, entre los Ministerios de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y de Trabajo y Seguridad Social y la Intendencia Municipal de Maldonado, que tiene por objeto acordar la forma de coordinación, competencias y áreas de responsabilidad, en la implementación en el Departamento Maldonado de la Segunda Fase del Programa "Actividades Comunitarias", con el fin de disminuir las consecuencias sociales de la desocupación de los sectores más vulnerables de la población.

2°.- El monto de $ 1.946.270 (pesos un millón novecientos cuarenta y seis mil doscientos setenta), será atendido con cargo al Rubro 579 "Obras Comunitarias" de la Unidad Ejecutora 001, del Inciso 14 Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente.

3°.- Vuelva al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, cometiéndole la comunicación al Tribunal de Cuentas de la República, al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, a la Intendencia Municipal de Maldonado y pase a la División Contaduría y Finanzas.