25/10/04

21/10/04 – CONVENIO ENTRE OSE, LA INTENDENCIA MUNICIPAL DE TACUAREMBÓ Y LOS VECINOS DEL BARRIO DON AUDEMAR

 

VISTO: el Convenio a suscribirse entre la Administración de las Obras Sanitarias del Estado, la Intendencia Municipal de Tacuarembó y los vecinos del barrio "Don Audemar" de la ciudad de Tacuarembó, ubicado en la calle Franco Segarra entre Juan Manuel Fuentes y Av. José Batlle y Ordoñez;

RESULTANDO: I) que los citados Organismos entienden oportuno celebrar el Convenio de referencia, con el objeto de realizar las obras para la prolongación de la Red de Saneamiento en el citado barrio;

II) que mediante el referido Convenio la Administración de las Obras Sanitarias del Estado aportará: el Proyecto y Dirección de la Obra, así como el suministro de Mano de Obra Especializada, rubros que totalizan la suma de U.R. 620 (Unidades Reajustables seiscientas veinte);

III) que será de cargo de la Intendencia Municipal de Tacuarembó el suministro de la totalidad del rubro maquinaria y equipos, conceptos que ascienden a la suma de U.R. 880 (Unidades Reajustables ochocientas ochenta);

IV) que será de cargo de los vecinos del barrio "Don Audemar", el suministro total de los materiales requeridos para la obra, cuyo costo asciende a la suma de U.R. 500 (Unidades Reajustables quinientas);

CONSIDERANDO: I) que de acuerdo a lo establecido en el literal c} del artículo 2° de la Ley No. 11.907 (Ley Orgánica de la Administración de las Obras Sanitarias del Estado) dicho Convenio debe contar con la aprobación del Poder Ejecutivo, requisito al que OSE: condiciona su validez en la cláusula novena del respectivo proyecto;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto en el literal c) del artículo 2° de la Ley No. 11.907 de 19 de diciembre de 1952.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Autorízase a la Administración de las Obras Sanitarias del Estado a suscribir con la Intendencia Municipal de Tacuarembó y los vecinos del barrio "Don Audemar" de la ciudad de Tacuarembó, ubicado en la calle Franco Segarra entre Juan Manuel Fuentes y Av. José Batlle y Ordóñez, el Convenio a que refiere la Resolución de Directorio No.1067 /04 de 1° de setiembre de 2004, para la ejecución de las obras de prolongación de la Red de Saneamiento en el citado barrio.-

2°.- Vuelva a la Administración de las Obras Sanitarias del Estado a los efectos correspondientes.-