27/10/04

27/10/04 - ADJUDICACIÓN DE LAS OBRAS DE: "DEMARCACIÓN DE ZONAS EN EL PAVIMENTO EN RUTAS NACIONALES UBICADAS AL ESTE DE LA RUTA N°5"
 

VISTO: estos antecedentes relacionados con la Licitación pública N°1/04, convocada por la Dirección Nacional de Vialidad, para las obras de: "Demarcación de Zonas en el pavimento en Rutas Nacionales ubicadas al este de la Ruta N°5, con pintura para aplicación en frío

RESULTANDO: I) Que al citado acto, realizado el 26 de marzo de 2004, presentaron ofertas las siguientes firmas: N°1. LINEPHALT URUGUAYA SEÑALIZACION VIAL S.A.; N°2 -BORDONIX S.A. y N°3 -SERVIAM S.A., según surge del Acta glosada a fojas 93 de autos

II) Que la Comisión Asesora de Adjudicaciones de Obras de Vialidad, al expedirse al respecto y estudiadas las oferta yel cuadro compqrativo de fojas 172., surge que la ofert de la empresa BORDONIX S.A., resulta técnicamente la más conveniente para los intereses de la Administración y a la necesidades del servicio y que cumple substancialmente con las condiciones establecidas en dicho llamado, por la suma $11:548.237,14, incluido el Impuesto al Valor Agregado y COFIS

III) Que, durante el período de manifiesto, la empresa SERVIAM S.A. presentó escrito expresando que su propuesta fue modificada unilateralmente por la Administración, ya que el rubro 4063 "Elementos de Control" fue elevado a lo previsto en el Pliego de Condiciones, por error de la empresa en el tipeado en la oferta, petición que estudiada por la Comisión Asesora de Adjudicaciones fue desestimada, por considerar que la empresa BORDONIX S.A, es la oferta de menor precio y que ha sido clara y sin errores y por la calidad técnica del objeto ofrecido

IV) Que, el Departamento contaduría de la Dirección Nacional de Vialidad ha tomado intervención, previendo una ejecución por la suma de $4:000.000,00 en el presente ejercicio a cuyos efectos se emitió la Orden de Afectación pertinente

V) Que el Tribunal de Cuentas de la República (Oficina Central-Carpeta N°203.309) ha tomado la intervención que le compete sin formular observaciones al respecto

ATENTO: a lo preceptuado en el "TOCAF 1996", aprobado por el Decreto N°194/997 de 10 de junio de 1997 y Decretos N°s. 90/000 y 295/000 de 3 de marzo y 11 de octubre de 2000 respectivamente

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE.

1°.- No ha lugar a la petición formulada por la empresa SERVIAM S.A.

2°.- Adjudícase a la empresa BORDONIX S.A. la realización de las obras de: "Demarcación de Zonas en el pavimento en Rutas Nacionales ubicadas al este de la Ruta N°5", con pintura para aplicación en frío, por la suma de $9:195,700,96 en un todo de acuerdo con la propuesta presentada por dicha empresa, al llamado a Licitación pública N°1/04, convocada por la Dirección Nacional de Vialidad

3°.- Autorízase a los fines indicados, la inversión de la suma total de $12:703.060,85 (pesos uruguayos doce millones setecientos tres mil sesenta con ochenta y cinco centésimos), discriminada de la siguiente manera: $9:195.700,96 para Contrato; $193.109,72 para COFIS (3% de 70%); $2:159.426,46 para IVA (23%); $1:154.823,71 para Imprevistos (10%)

La citada erogación, más los Mayores Costos resultantes, se atenderá con cargo a la Ley N°17.296 de 21 de febrero de 2001, Inciso 10, Programa 003, Proyecto 754, Financiamiento 1.4

4°.- La notificación a la firma adjudicataria constituirá a todos los efectos legales el contrato correspondiente a que se refieren las disposiciones del Pliego y normas legales y reglamentarias vigentes, siendo las obligaciones y derechos de la empresa referida las que surgen de los pliegos, de su oferta y de las normas jurídicas aplicables

5°.- La firma adjudicataria, a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución, dispondrá de un plazo de 10 (diez) días hábiles, a los efectos de realizar el depósito de garantía de fiel cumplimiento de, contrato y obtener del Registro Nacional de Obras públicas el certificado pertinente. La falta de los requisitos precitados, en el término establecido, se tendrá como incumplimiento contractual, a todos los efectos

6°.- Comuníquese y previa toma de razón por parte del Contador Central delegado por el Tribunal de cuentas de la República en el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, Vuelva a la Dirección Nacional de Vialidad para notificar a las firmas interesadas y proceder en los términos establecidos en el Decreto Nº 526/003 de 18 de diciembre de 2003.-