27/10/04
27/10/04 - ADJUDICACIÓN DE LAS OBRAS DE: "DEMARCACIÓN DE
ZONAS EN EL PAVIMENTO EN RUTAS NACIONALES UBICADAS AL ESTE DE LA RUTA N°5"
VISTO: estos antecedentes relacionados con la
Licitación pública N°1/04, convocada por la Dirección Nacional de Vialidad,
para las obras de: "Demarcación de Zonas en el pavimento en Rutas Nacionales
ubicadas al este de la Ruta N°5, con pintura para aplicación en frío
RESULTANDO: I) Que al citado acto, realizado el 26 de
marzo de 2004, presentaron ofertas las siguientes firmas: N°1. LINEPHALT
URUGUAYA SEÑALIZACION VIAL S.A.; N°2 -BORDONIX S.A. y N°3 -SERVIAM S.A.,
según surge del Acta glosada a fojas 93 de autos
II) Que la Comisión Asesora de Adjudicaciones de
Obras de Vialidad, al expedirse al respecto y estudiadas las oferta yel
cuadro compqrativo de fojas 172., surge que la ofert de la empresa BORDONIX
S.A., resulta técnicamente la más conveniente para los intereses de la
Administración y a la necesidades del servicio y que cumple substancialmente
con las condiciones establecidas en dicho llamado, por la suma
$11:548.237,14, incluido el Impuesto al Valor Agregado y COFIS
III) Que, durante el período de manifiesto, la
empresa SERVIAM S.A. presentó escrito expresando que su propuesta fue
modificada unilateralmente por la Administración, ya que el rubro 4063
"Elementos de Control" fue elevado a lo previsto en el Pliego de
Condiciones, por error de la empresa en el tipeado en la oferta, petición
que estudiada por la Comisión Asesora de Adjudicaciones fue desestimada, por
considerar que la empresa BORDONIX S.A, es la oferta de menor precio y que
ha sido clara y sin errores y por la calidad técnica del objeto ofrecido
IV) Que, el Departamento contaduría de la Dirección
Nacional de Vialidad ha tomado intervención, previendo una ejecución por la
suma de $4:000.000,00 en el presente ejercicio a cuyos efectos se emitió la
Orden de Afectación pertinente
V) Que el Tribunal de Cuentas de la República
(Oficina Central-Carpeta N°203.309) ha tomado la intervención que le compete
sin formular observaciones al respecto
ATENTO: a lo preceptuado en el "TOCAF 1996", aprobado
por el Decreto N°194/997 de 10 de junio de 1997 y Decretos N°s. 90/000 y
295/000 de 3 de marzo y 11 de octubre de 2000 respectivamente
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE.
1°.- No ha lugar a la petición formulada por la
empresa SERVIAM S.A.
2°.- Adjudícase a la empresa BORDONIX S.A. la
realización de las obras de: "Demarcación de Zonas en el pavimento en Rutas
Nacionales ubicadas al este de la Ruta N°5", con pintura para aplicación en
frío, por la suma de $9:195,700,96 en un todo de acuerdo con la propuesta
presentada por dicha empresa, al llamado a Licitación pública N°1/04,
convocada por la Dirección Nacional de Vialidad
3°.- Autorízase a los fines indicados, la inversión
de la suma total de $12:703.060,85 (pesos uruguayos doce millones
setecientos tres mil sesenta con ochenta y cinco centésimos), discriminada
de la siguiente manera: $9:195.700,96 para Contrato; $193.109,72 para COFIS
(3% de 70%); $2:159.426,46 para IVA (23%); $1:154.823,71 para Imprevistos
(10%)
La citada erogación, más los Mayores Costos resultantes,
se atenderá con cargo a la Ley N°17.296 de 21 de febrero de 2001, Inciso 10,
Programa 003, Proyecto 754, Financiamiento 1.4
4°.- La notificación a la firma adjudicataria
constituirá a todos los efectos legales el contrato correspondiente a que se
refieren las disposiciones del Pliego y normas legales y reglamentarias
vigentes, siendo las obligaciones y derechos de la empresa referida las que
surgen de los pliegos, de su oferta y de las normas jurídicas aplicables
5°.- La firma adjudicataria, a partir del día
siguiente de la notificación de la presente resolución, dispondrá de un
plazo de 10 (diez) días hábiles, a los efectos de realizar el depósito de
garantía de fiel cumplimiento de, contrato y obtener del Registro Nacional
de Obras públicas el certificado pertinente. La falta de los requisitos
precitados, en el término establecido, se tendrá como incumplimiento
contractual, a todos los efectos
6°.- Comuníquese y previa toma de razón por parte del
Contador Central delegado por el Tribunal de cuentas de la República en el
Ministerio de Transporte y Obras Públicas, Vuelva a la Dirección Nacional de
Vialidad para notificar a las firmas interesadas y proceder en los términos
establecidos en el Decreto Nº 526/003 de 18 de diciembre de 2003.-