28/10/04
22/10/04 – SE ADJUDICA A COOPERATIVA DE VIVIENDA "COVIUM
99" UN CERTIFICADO DE SUBSIDIO HABITACIONAL DIRECTO, BAJO MODALIDAD GRUPO
SIAV.
VISTO: la existencia de familias inscriptas en el
Registro Nacional de Postulantes, en situación de emergencia habitacional
que requiere urgente solución;
RESULTANDO: que es competencia del Ministerio de
Vivienda Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente atender las necesidades
de las familias más carenciadas;
CONSIDERANDO: I) que este Ministerio al amparo del
artículo 64 de la Ley N° 13.728 en la redacción dada por la Ley N° 16.237,
otorga subsidios y préstamos, previa inscripción y selección de prioridad
con atención a los más necesitados;
II) que en los procesos de adjudicación pueden
resultar no comprendidos en los mismos, familias inscriptas en el Registro
Nacional de Postulantes, que a criterio técnico se encuentran en situación
de imperiosa urgencia y/o extrema necesidad habitacional las que no
admiten dilación, requiriéndose una respuesta inmediata;
ATENTO: a lo expuesto precedentemente;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Adjudíquese, a los siguientes inscriptos en el
Registro Nacional de Postulantes, integrantes de la Cooperativa de Vivienda
"COVIUM 99", de la ciudad de Montevideo, bajo la modalidad Grupo SIAV, un
Certificado de Subsidio Habitacional Directo valor U.R. 1.150 UR (Unidades
Reajustables un mil ciento cincuenta):
2°.- Otorgase un plazo de treinta días hábiles para
regularizar la situación de inscripción y/o ahorro previo, vencido el cual
se los tendrá por desadjudicados automáticamente y sin trámite.
3°.- Comuníquese a la División Contabilidad y
Finanzas y pase a la Dirección Nacional de Vivienda a sus efectos.