28/10/04
    
    
    22/10/04 – SE ADJUDICA A COOPERATIVA DE VIVIENDA "COVIUM 
    99" UN CERTIFICADO DE SUBSIDIO HABITACIONAL DIRECTO, BAJO MODALIDAD GRUPO 
    SIAV.
 
    VISTO: la existencia de familias inscriptas en el 
    Registro Nacional de Postulantes, en situación de emergencia habitacional 
    que requiere urgente solución; 
    
    RESULTANDO: que es competencia del Ministerio de 
    Vivienda Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente atender las necesidades 
    de las familias más carenciadas; 
    
    CONSIDERANDO: I) que este Ministerio al amparo del 
    artículo 64 de la Ley N° 13.728 en la redacción dada por la Ley N° 16.237, 
    otorga subsidios y préstamos, previa inscripción y selección de prioridad 
    con atención a los más necesitados; 
    
    II) que en los procesos de adjudicación pueden 
    resultar no comprendidos en los mismos, familias inscriptas en el Registro 
    Nacional de Postulantes, que a criterio técnico se encuentran en situación 
    de imperiosa urgencia y/o extrema necesidad habitacional las que no 
    admiten dilación, requiriéndose una respuesta inmediata; 
    
    ATENTO: a lo expuesto precedentemente; 
    
    EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
    RESUELVE:
    1°.- Adjudíquese, a los siguientes inscriptos en el 
    Registro Nacional de Postulantes, integrantes de la Cooperativa de Vivienda 
    "COVIUM 99", de la ciudad de Montevideo, bajo la modalidad Grupo SIAV, un 
    Certificado de Subsidio Habitacional Directo valor U.R. 1.150 UR (Unidades 
    Reajustables un mil ciento cincuenta): 
    
    
    
     
    
    
     
    
    
    
    2°.- Otorgase un plazo de treinta días hábiles para 
    regularizar la situación de inscripción y/o ahorro previo, vencido el cual 
    se los tendrá por desadjudicados automáticamente y sin trámite. 
    
    3°.- Comuníquese a la División Contabilidad y 
    Finanzas y pase a la Dirección Nacional de Vivienda a sus efectos.