03/11/04 – SE CREA UNA NUEVA AGENCIA DE LOTERÍAS EN LA
CIUDAD DE LA COSTA.
VISTO: estas actuaciones en las cuales la Sra.
Valentina Paso Juansolo solicita su habilitación como Agente de Loterías en
la zona Ciudad de la Costa, departamento de Canelones.
RESULTANDO: I) que en el departamento de Canelones
existen actualmente dos Agentes Oficiales de Loterías, uno en la ciudad de
Las Piedras y otro en la ciudad de Pando.
II) que dicho departamento es el segundo en densidad
de población en el país y el juego de loterías debería intensificarse.
CONSIDERANDO: I) que en lo relativo a la designación
de Agentes de Loterías, el Poder Ejecutivo cuenta con amplia
discrecionalidad, sin otro límite que el interés público, así como la
conveniencia del servicio.
II) que la Dirección Nacional de Loterías y Quinielas
se manifiesta a favor de la creación de una nueva Agencia de Loterías e
informa que cuenta con disponibilidad de billetes sin adjudicar, para cubrir
la demanda solicitada por la gestionante.
III) que la interesada ha cumplido con los requisitos
establecidos en el artículo 5° literal A) y B) del Decreto de 10 de marzo de
1960.
ATENTO: a lo informado por la Dirección Nacional de
Loterías y Quinielas, oída la Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y
Finanzas y a lo dispuesto por el Decreto de 10 de marzo de 1960.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
R E S U E L V E:
1º) Créase una nueva Agencia de Loterías en la Ciudad
de la Costa, departamento de Canelones.
2º) Habilítase como Agente de Loterías ante el
Registro de Aspirantes creado por la Dirección Nacional de Loterías y
Quinielas para la nueva Agencia de Loterías en la Ciudad de la Costa,
departamento de Canelones, a la Sra. Valentina Paso Juansolo, Cédula de
Identidad N° 3.508.959-8, Credencial Cívica Serie AXB N° 36552.
3º) Vuelva a la Dirección Nacional de Loterías y
Quinielas para su notificación a la interesada y demás efectos. Cumplido,
archívese.