03/11/04 - SE REVOCA RESOLUCIÓN DE 22/01/2004 QUE DECLARÓ
LA CADUCIDAD DEL TÍTULO MINERO PERMISO DE EXPLORACIÓN OTORGADO A LAGUNA
DORADA S.A.
VISTO: la resolución del Poder Ejecutivo de 22 de
enero de 2004 que declaró la caducidad del título minero Permiso de
Exploración, otorgado a LAGUNA DORADA S.A. por resolución de la Dirección
Nacional de Minería y Geología de 9 de junio de 1994, respecto de un
yacimiento de arena y piedra, afectando, en 59 hás. 102 m², el predio
empadronado con el No 1801, ubicado en la 6ª Sección Judicial del
Departamento de MaIdonado
RESULTANDO: I) que el referido título fue prorrogado
por resolución de 6 de junio de 1997, hasta el otorgamiento de la respectiva
Concesión para Explotar tramitada en Asunto No 359/96
II) que dicho trámite fue dejado sin efecto por
resolución de 12 de agosto de 2003, en virtud de lo cual se declaró la
caducidad referida en el VISTO de la presente
III) que el titular minero solicita se mantenga
vigente el título otorgado en razón de promover la revocación de Ia
resolución de 12 de agosto de 2003
IV) que la resolución individualizada en el numeral
precedente fue dejada sin efecto por la de 28 de junio de 2004
CONSIDERANDO: que atento a la solicitud efectuada por
LAGUNA DORADA S.A. y habiéndose dejado sin efecto la resolución que meritó
la caducidad declarada por la de 22 de enero de 2004, la Asesoría Jurídica
del Ministerio de Industria, Energía y Minería sugiere que esta última sea
revocada
ATENTO: a lo expuesto y lo informado por la Asesoría
Jurídica del Ministerio de Industrial Energía y Minería
El PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Revócase la resolución de 22 de enero de 2004
que declaró la caducidad del título minero Permiso de Exploración, otorgado
a LAGUNA DORADA S.A. por resolución de la Dirección Nacional de Minería y
Geología de 9 de junio de 1994, respecto de un yacimiento de arena y piedra,
afectando, en 59 hás. 102 m², el predio empadronado con el No 1801, ubicado
en la 6ª Sección Judicial del Departamento de MaIdonado
2°.- Comuníquese y siga a la Dirección Nacional de
Minería y Geología para su notificación al interesado y demás efectos.-