04/11/04  

03/11/04 - SE APRUEBA CONVENIO ENTRE EL MTOP Y LA COMISIÓN DE FOMENTO "BARRIO INDUSTRIAL" DE SAN JOSÉ DE MAYO

VISTO: el Convenio celebrado el 26 de octubre de 2004, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Comisión de Fomento "Barrio Industrial" de San José de Mayo, Departamento de San José

RESULTANDO: I) que el citado Ministerio contribuye para realizar la terminación de sede social, salón comunal y policlínica; con la suma de $343.182.- en efectivo

II) Que dicha Institución, por su parte, contribuye con la suma de $429.860.- discriminada en el Convenio

III) Que la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado, han efectuado la intervención previa que les compete

CONSIDERANDO: conveniente aprobar dicho Convenio

ATENTO: A lo precedentemente expuesto

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Apruébase, en todas sus partes, el Convenio celebrado el 26 de octubre de 2004, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Comisión de Fomento "Barrio Industrial" de San José de Mayo, Departamento de San José, para realizar la terminación de sede social, salón comunal y policlínica

2°.- Autorízase, la inversión de la suma de $343.182.- (pesos uruguayos trescientos cuarenta y tres mil ciento ochenta y dos), como contribución del citado Ministerio a las obras de que se trata, la que se atenderá de la siguiente manera: $171.591.-(pesos uruguayos ciento setenta y un mil quinientos noventa y uno), Inciso 10, Unidad Ejecutora 001, Financiación 1.4, Programa 001, Proyecto 702, Objeto de Gasto 564, Ejercicio 2004, existiendo créditos disponibles de acuerdo con el Artículo 1° del Decreto N°24/999 de fecha 3 de febrero de 1999, Afectación N° 662 y con el decreto 90/000 de 3 de marzo de 2000 y $171.591.- (pesos uruguayos ciento setenta y un mil quinientos noventa y uno) para el Ejercicio 2005

3°.- Autorízase el pago, por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, la suma de $343.182.- (pesos uruguayos trescientos cuarenta y tres mil ciento ochenta y dos), en 2 (dos) cuotas de $171.591,-.(pesos uruguayos ciento setenta y un mil quinientos noventa y uno) cada una, a favor del Banco de la República Oriental del Uruguay, para ser depositadas en la Cuenta perteneciente a la Comisión de Fomento "Barrio Industrial" de San José de Mayo, las que se atenderán con cargo a los recursos que por la presente Resolución se autorizan

4°.- Comuníquese y previa intervención por parte de la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado, vuelva al Departamento de Convenios a sus efectos.-