03/11/04 - SE APRUEBA CONVENIO ENTRE EL MTOP Y LA
COMISIÓN DE FOMENTO "BARRIO INDUSTRIAL" DE SAN JOSÉ DE MAYO
VISTO: el Convenio celebrado el 26 de octubre de
2004, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Comisión de
Fomento "Barrio Industrial" de San José de Mayo, Departamento de San José
RESULTANDO: I) que el citado Ministerio contribuye
para realizar la terminación de sede social, salón comunal y policlínica;
con la suma de $343.182.- en efectivo
II) Que dicha Institución, por su parte, contribuye
con la suma de $429.860.- discriminada en el Convenio
III) Que la División Contabilidad y Finanzas del
Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado,
han efectuado la intervención previa que les compete
CONSIDERANDO: conveniente aprobar dicho Convenio
ATENTO: A lo precedentemente expuesto
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Apruébase, en todas sus partes, el Convenio
celebrado el 26 de octubre de 2004, entre el Ministerio de Transporte y
Obras Públicas y la Comisión de Fomento "Barrio Industrial" de San José de
Mayo, Departamento de San José, para realizar la terminación de sede social,
salón comunal y policlínica
2°.- Autorízase, la inversión de la suma de
$343.182.- (pesos uruguayos trescientos cuarenta y tres mil ciento ochenta y
dos), como contribución del citado Ministerio a las obras de que se trata,
la que se atenderá de la siguiente manera: $171.591.-(pesos uruguayos ciento
setenta y un mil quinientos noventa y uno), Inciso 10, Unidad Ejecutora 001,
Financiación 1.4, Programa 001, Proyecto 702, Objeto de Gasto 564, Ejercicio
2004, existiendo créditos disponibles de acuerdo con el Artículo 1° del
Decreto N°24/999 de fecha 3 de febrero de 1999, Afectación N° 662 y con el
decreto 90/000 de 3 de marzo de 2000 y $171.591.- (pesos uruguayos ciento
setenta y un mil quinientos noventa y uno) para el Ejercicio 2005
3°.- Autorízase el pago, por el Ministerio de
Transporte y Obras Públicas, la suma de $343.182.- (pesos uruguayos
trescientos cuarenta y tres mil ciento ochenta y dos), en 2 (dos) cuotas de
$171.591,-.(pesos uruguayos ciento setenta y un mil quinientos noventa y
uno) cada una, a favor del Banco de la República Oriental del Uruguay, para
ser depositadas en la Cuenta perteneciente a la Comisión de Fomento "Barrio
Industrial" de San José de Mayo, las que se atenderán con cargo a los
recursos que por la presente Resolución se autorizan
4°.- Comuníquese y previa intervención por parte de
la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras
Públicas y el Contador Central Delegado, vuelva al Departamento de Convenios
a sus efectos.-