03/11/04 - SE DESIGNA PARA SER EXPROPIADO POR ANTEL
INMUEBLE DEL DEPARTAMENTO DE ARTIGAS
VISTO: la gestión de la Administración Nacional de
Telecomunicaciones (ANTEL) solicitando que se designe para ser expropiado el
inmueble empadronado con el N° 799, sito en la Localidad Catastral Tomás
Gomensoro del departamento de Artigas.-
RESULTANDO: I) que el citado bien será destinado para
la instalación de una Radiobase de Telefonía Celular.-
II) que la Dirección General del Catastro Nacional
estimó el valor venal del inmueble en la suma de $ 36.000,00 (pesos
uruguayos treinta y seis mil).-
CONSIDERANDO: lo dispuesto por la Ley N° 3.958, de 28
de marzo de 1912 y demás disposiciones legales y concordantes.-
ATENTO: a lo expuesto.-
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°) Desígnase para ser expropiado por la
Administración Nacional de Telecomunicaciones (ANTEL), el inmueble sito en
la 9ª Sección Judicial del departamento de Artigas localidad de Tomás
Gomensoro, empadronado con el N° 799, solar 3 señalado en el plano de
mensura Fraccionamiento del Agrim. Miguel A. Saldaña de abril de 1975
inscripto en la Dirección Departamental de Catastro de Artigas, el 30 de
junio de 1975 con el N° 4260, tiene una superficie total de 356 mc68 y tiene
el siguiente deslinde: al Norte, recta de 35m66 que lo separa del solar N° 4
del plano, al Este, recta de 10m00 que lo separa del Padrón N° 65, al Sur,
recta de 35m66 que lo separa de los solares 1 y 2 del plano y al Oeste,
recta de 10mOO con frente a la calle Juan A. Lavalleja distando su punto más
cercano con la esquina de la calle 25 de agosto, 27m25 .-
2°) Declárase urgente la toma de posesión.-
3°) La Administración Nacional de Telecomunicaciones
(ANTEL), deberá hacer una reserva prudencial a efectos de cubrir el monto de
la indemnización que en definitiva debe abonarse.-
4°) Comuníquese y vuelva a la Administración Nacional
de Telecomunicaciones (ANTEL).-