01/11/04 – AUTORIZACIÓN AL MEF PARA CONTRATAR LOS
MATERIALES AUDIOVISUALES Y GRÁFICOS PARA LA CAMPAÑA CONTRA EVASIÓN FISCAL
VISTO: la necesidad de realizar una campaña
publicitaria de información contra la evasión fiscal.-
RESULTANDO: I) que durante el ejercicio 1998, se
realizó una campaña con dicho objetivo, la que fuera licitada y adjudicada a
la firma Punto Ogilvy.-
II) que los materiales gráficos y audiovisuales
utilizados pueden volver a aplicarse en esta oportunidad, debiendo a tales
efectos abonar los costos por renovación de derechos y adaptación de los
mismos, por un valor de $ 580.850 más Impuesto al Valor Agregado.-
III) que se ha estimado una inversión medios, con amplia
cobertura en prensa, radio y televisión.-
CONSIDERANDO: I) que razones de buena administración
justifican la recontratación de los materiales gráficos y audiovisuales
utilizados en la campaña publicitaria realizada en 1998, los que mantienen
actualidad.-
II) que se ha buscado mediante esta propuesta, reducir al
mínimo los costos de producción y diseño de la campaña, privilegiando con
los recursos con que se cuenta, una mayor difusión.-
III) que la renovación de derechos y adaptación del
material audiovisual y gráfico solo puede contratarse con la empresa
originalmente adjudicataria de la Licitación N° 1/97, por tratarse de
material de su propiedad.-
IV) que en consecuencia se configuran en el procedimiento
de autos las condiciones que posibilitan la contratación directa, al amparo
del literal c) , numeral 3° del artículo 33 del TOCAF 1996, esto es: a)
razones de buena administración (minimizando los costos en creatividad y
producción de la campaña publicitaria) y b) contratación de los servicios
con quienes tienen exclusividad para su venta por ser los creadores y
titulares de los derechos respectivos.-
V) que en cuanto a la contratación directa de los
diferentes medios comprendidos en la pauta publicitaria, es de aplicación lo
establecido en el literal i) , numeral 3° de la norma citada, dada la
imposibilidad de realizar un llamado a licitación.-
VI) que a fin de posibilitar su financiamiento, se
habilitará el crédito correspondiente, según lo dispuesto por el artículo 29
del Decreto-Ley N° 14.754 de 5 de enero de 1978, en la redacción dada por el
artículo 56 de la Ley N° 16.736 de 5 de enero de 1996 y modificada por el
artículo 51 de la Ley N° 17.296 de 21 de febrero de 2001.-
VII) que el Tribunal de Cuentas no ha formulado
observaciones.-
ATENTO: a lo informado por la Contaduría General de
la Nación.-
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°) Autorizase al Ministerio de Economía y Finanzas a
contratar la renovación de derechos y adaptación de los materiales
audiovisuales y gráficos aplicados en la campaña sobre evasión fiscal,
realizada en el marco de la Licitación Pública N° 1/97, con la firma Punto
Ogilvy, por la suma de $ 580.850 (pesos uruguayos quinientos ochenta mil
ochocientos cincuenta) más Impuesto al Valor Agregado.-
2) Autorízase al Ministerio de Economía y Finanzas a
contratar directamente por hasta la suma de U$S 546.072 (dólares americanos
quinientos cuarenta y seis mil setenta y dos) más IVA, los medios de
publicidad para dar difusión a la campaña contra la evasión fiscal,
declarándose comprendida la misma en las causales de excepción dispuestas
por el literal I) del numeral 3) del artículo 33 del "TOCAF 1996" .-
3°) Las erogaciones resultantes a las contrataciones
que se autorizan, serán atendidas con cargo al Inciso 24 "Diversos Créditos"
, Unidad Ejecutora 005 "Ministerio de Economía y Finanzas" , Grupo 2,
Financiación 1.1 "Rentas Generales" , a cuyos efectos la Contaduría General
de la Nación reforzará el crédito presupuestal correspondiente.-
4°) Comuníquese y pase a sus efectos a la Contaduría
General de la Nación y al Departamento de Recursos Materiales y Servicios de
esta Secretaría de Estado.-