03/11/04 – ACEPTACIÓN DE LA OFERTA DE COMPRA DE LA
SRA. NALY JIMÉNEZ CON RELACIÓN AL PADRÓN 817 DE LA LOCALIDAD DE CONSTITUCIÓN
VISTO: la oferta de compra presentada por la Sra.
Naly Giménez a la Comisión Ejecutiva para la Enajenación de Inmuebles y
Vehículos del Estado, con relación al inmueble padrón 817 ubicado en la
localidad catastral Constitución del departamento de Salto.
RESULTANDO: I) que el inmueble fue declarado
prescindible por el Poder Ejecutivo y es administrado por el Ministerio
Ganadería, Agricultura y Pesca.
II) que con relación al mismo se dio cumplimiento
a las dos primeras etapas de ofrecimiento en venta previstas en el artículo
4 del Decreto 378/002 sin que en esas oportunidades se presentaran ofertas.
III) que en razón de ello, la Comisión Ejecutiva
para la Enajenación de Inmuebles y Vehículos del Estado realizó a su
respecto el ofrecimiento a través de la página Web
www.comprasestatales.gub.uy sobre la base de 1/3 de su respectivo valor de
tasación y sin plazo límite de presentación, todo ello al amparo de lo
previsto en el artículo 4 del Decreto 378/002 de 28 de setiembre de 2002, en
la redacción dada por el decreto 370/003 de 10 de setiembre de 2003.
IV) que en respuesta al mismo se presentaron
varias ofertas sucesivas, cada una mejorando la anterior.
V) que la última oferta, relacionada en el VISTO, no fue
mejorada dentro del plazo reglamentario previsto al efecto.
CONSIDERANDO: I) que la nombrada Comisión
aconsejó la aceptación de dicha última oferta.
II) que el Tribunal de Cuentas de la República ha
intervenido de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 211 literal S) de la
Constitución de la República. ATENTO: a lo dispuesto en el artículo
735 de la Ley 16.736 de 5 de enero de 1996, artículo 343 de la Ley 13.835 de
7 de enero de 1970 en la redacción dada por el Decreto-Ley 15.545 de 3 de
mayo de 1984, Decreto 65/002 de 8 de febrero de 2002, y Decreto 378/002
de 28 de setiembre de 2002 en la redacción dada por el Decreto 370/03 de
10 de setiembre de 2003, y a lo informado por la Comisión Ejecutiva para la
Enajenación de Inmuebles y Vehículos del Estado.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°) Acéptase la oferta de compra presentada por la
Sra. Naly Giménez con relación al inmueble padrón 817 ubicado en localidad
catastral Constitución del departamento de Salto, por la suma de 111 U.R.
(ciento once unidades reajustables)
2°) Dispónese la enajenación del inmueble
relacionado, designándose al Señor Ministro de Ganadería, Agricultura y
Pesca para que en nombre y representación del Estado Persona Pública Mayor,
otorgue y suscriba la respectiva escritura y demás documentación
preparatoria y complementaria, y como Escribanas de contralor de dicho
otorgamiento a las Escribanas Sonia Montero, Albita Nóbile y Fátima Alberti
funcionarias de dicho Ministerio, en forma indistinta.
3°) Notifíquese a la nombrada oferente, y a las
personas mencionadas en el numeral precedente.
4°) Comuníquese a la Comisión Ejecutiva para la
Enajenación de Inmuebles y Vehículos del Estado, al Registro Único de
Inmuebles del Estado de la Contaduría General de la Nación, a la Dirección
Nacional de Catastro y al Tribunal de Cuentas de la República.
5°) Remítase la presente con sus antecedentes al
Departamento Notarial del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca a
efectos de dar cumplimiento a la enajenación dispuesta.