09/11/04
09/11/04 - DESIGNACIONES EN LA DIRECCIÓN NACIONAL DE
SANIDAD DE LAS FUERZAS ARMADAS
VISTO: la propuesta formulada por la Dirección
Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas, por la que se gestiona cinco
designaciones como Técnico IV, Médico, Escalafón A, Grado 8 y el
otorgamiento de equiparaciones al grado de Alférez.-
CONSIDERANDO: que las mismas se gestionan al amparo
de lo establecido en los artículos 4to. y 5to. de la Ley 16.127 de 7 de
agosto de 1990, artículos 8vo. y 9no. de la Ley 16.720 de 13 de octubre de
1995, artículo 104 de la Ley 17.296 de 21 de febrero de 2001 y artículos
75 y 76 del Decreto-Ley 14.157 (Orgánico de las Fuerzas Armadas) de 21 de
febrero de 1974, con su redacción ampliatoria dada por el artículo 109 de
la Ley 17.296 de 21 de febrero de 2001.-
ATENTO: a las opiniones favorables de la Oficina
Nacional del Servicio Civil y de la Contaduría General de la Nación.-
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1ro.- Designanse, en el Programa 006 "Salud
Militar", Unidad Ejecutora 033 "Dirección Nacional de Sanidad de
las Fuerzas Armadas", del Inciso 03 "Ministerio de Defensa
Nacional" en cargos de Técnico IV, Médico, Escalafón A, Grado 8, a
los Doctores Venancio Octavio Riani Varela, ciudadano natural, Credencial
Cívica Serie IAC Nro. 55.886, Lucila Pastora Ojeda Russo, ciudadana
natural, Credencial Cívica Serie Nro. JBB 10.071 , Marta Graciela Castillo
Bengochea, ciudadana natural, Credencial Cívica Serie BDB Nro 44.593,
María del Huerto Racioppí López, Credencial Cívica Serie BAB Nro. 45.641
y Javier lrigoin Costa, ciudadano natural, Credencial Cívica Serie SAA Nro.
39.723.-
2do.- Otórganse las equiparaciones al grado de
Alférez a los Técnico IV, Médico, Escalafón A, Grado 8, Doctores
Venancio Octavio Riani Varela, Lucila Pastora Ojeda Russo, Marta Graciela
Castillo Bengochea y María del Huerto Racioppi López y Javier Irigoin
Costa.-
3ro.- En el caso que las personas designadas
precedentemente, tengan carácter de funcionario público, deberán
presentar constancia de que ha sido aceptada la renuncia al cargo que
actualmente desempeñan, excepto si se trata de función docente, o se
encuentran comprendidos en lo establecido en el articulo 106 del Decreto-Ley
14.985 de 28 de diciembre de 1979, en cuyo caso deberán tramitar las
acumulaciones de sueldos correspondientes.-
4to.- Comuníquese, publíquese y pase a la
Dirección Financiero Contable del Ministerio de Defensa Nacional, a la
Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas, a la Oficina Nacional
del Servicio Civil y a la Contaduría General de la Nación. Cumplido,
archívese.-