12/11/04
10/11/04 - REITERACIÓN DE GASTO OBSERVADO DESTINADO A
COMPRA DE BANDEJAS PARA COMEDORES DE MONTEVIDEO
VISTO: Los antecedentes relacionados con la Compra
tramitada por el Instituto Nacional de Alimentación, para la adquisición de
hasta 858.569 bandejas de comidas preelaboradas destinadas a satisfacer las
necesidades de los Comedores del Departamento de Montevideo durante los
meses de febrero a julio inclusive del corriente año
RESULTANDO: I) Que la adquisición de los alimentos
requeridos, fue canalizada a través
de la Unidad Centralizada de Adquisición de Alimentos
realizándose dos llamados, los cuales resultaron frustrados, según
resoluciones de la referida Unidad de fechas 27 de noviembre de 2003 y de 9
de junio de 2004 y lo informado por la Unidad Centralizada de Adquisición de
Alimentos con fecha 14 de julio de 2004
II) Que la satisfacción alimentaria resulta
prioritaria e impostergable para los beneficiarios del servicio;
incluyéndose en el objeto de la contratación, bandejas destinadas a
población adulta y en especial a lactantes, cuya provisión no puede y no
debe admitir demoras o excluirse el servicio debido a los fracasos
resultantes de las tramitaciones realizadas para su obtención
III) Las razones de urgencia alegadas, fueron
actuales, reales y concretas para el caso determinado, cuya necesidad devino
impostergable e inmediata, debidamente acreditada y respaldada en las
actuaciones administrativas tendientes a la contratación, existiendo una
imposibilidad de hecho que impidió culminarlas en tiempo y determinó la
contratación directa a efectos de no interrumpir la continuidad del servicio
o su postergación
IV) Que el 8 de julio fue adjudicado el llamado N°
21/2004 de la Unidad Centralizada de Adquisición de Alimentos por la compra
de comida -a granel -para el Sistema Nacional de Comedores del Instituto
Nacional de Alimentación
V) Que el mismo necesitó de un período de
capacitación de los funcionarios por la nueva forma de abastecimiento, por
lo que esta modalidad comenzó el 2 de agosto del año en curso
CONSIDERANDO: I) La autorización del Ministerio de
Economía y Finanzas en relación a la certificación prevista por el artículo
738 de la Ley N° 16.736 de 5 de enero de 1996, al amparo de lo dispuesto en
el Literal I del numeral 3° del artículo 33 del texto Ordenado de
Contabilidad y Administración Financiera (TOCAR)
II) Que el Ministerio de Economía y Finanzas ha
entendido que los precios y condiciones de compra correspondían a los del
mercado según resolución del Ministerio de Economía y Finanzas de fecha 27
de julio de 2004 III) La disponibilidad del crédito correspondiente según
surge de la constancia de afectación de crédito N° 000394
IV) Que el Tribunal de Cuentas con fecha 22 de
setiembre de 2004, ha considerado justificadas las razones de urgencia para
prescindir del requisito de licitación pública
V) Que sin perjuicio de reconocer las razones de
urgencia que determinaron la compra de que se trata, el Tribunal observó el
gasto en virtud de no haberlo intervenido con carácter previo
VI) Que en consecuencia procede en la instancia
reiterar el mismo, dictando el acto administrativo correspondiente
ATENTO: Alo expuesto precedentemente, a lo previsto
por el artículo 211 literal b) de la Constitución de la República y al
informe de la Asesoría Técnica de fecha 14 de octubre de 2004
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1) Reiterar el gasto observado por el Tribunal de
Cuentas de la República en sesión de fecha 22 de setiembre de 2004, Carpeta
N° 197.160
2) Autorizar la compra de 823.789 bandejas de comida
preelaborada a las empresas FEDIR S.A., HABITUE S.A. y GODDARD CATERING
GROUP URUGUAY S.A. según el siguiente detalle:
a) 512.220 bandejas a la empresa FEDIR S.A.
correspondiente a los meses de febrero, marzo, abril, rnayo, junio y julio
del corriente año a $ 35,6875 cada una al mes de febrero, lo que totaliza la
suma de $18:279.851 (pesos uruguayos dieciocho millones doscientos setenta y
nue:v~ mil ochocientos cincuenta y uno)
b) 20.051 bandejas a la empresa HABITUE S.A.
correspondiente a los meses de febrero, marzo, abril, mayo, junio y julio
del corriente año a $ 35,6875 cada una al mes de febrero, lo que totaliza la
suma de $715.570,06 (pesos uruguayos setecientos quince mil quinientos
setenta con 06/100)
c) 256.227 bandejas de adulto y 35.291 bandejas de
lactante a la empresa GODDARD CATERING GROUP URUGUAY S.A. correspondiente a
los meses de febrero, marzo, abril, mayo, junio y julio del corriente año a
$34,59 cada una al mes de febrero para adultos y a $ 22,25 cada una al mes
de febrero para lactantes, lo que totaliza la suma de $9:649.846,10 (pesos
uruguayos nueve millones seiscientos cuarenta y nueve mil ochocientos
cuarenta y seis con 10/100)
3) El monto total de la operación asciende a la suma
de $ 28:645.267 (pesos uruguayos veintiocho millones seiscientos cuarenta y
cinco mil doscientos sesenta y siete) I.V.A. incluido
4) Actualización de precios, de acuerdo a la
paramétrica presentada en la Licitación PúblicaN° 7/001
5) Habiéndose realizado la afectación de crédito N°
000394 de acuerdo a la disponibilidad del crédito
6) Las erogaciones de referencia se atenderán con
cargo a la Financiación 1.1, Objeto del Gasto 111, del Inciso 13, Unidad
Ejecutora 006, Instituto Nacional de Alimentación.
7) Remítase copia de la presente al Tribunal de
Cuentas de la República
8) Comuníquese y pase a sus efectos al Instituto
Nacional de Alimentación.-