12/11/04

10/11/04 - REITERACIÓN DE GASTO OBSERVADO DESTINADO A COMPRA DE BANDEJAS PARA COMEDORES DE MONTEVIDEO

 

VISTO: Los antecedentes relacionados con la Compra tramitada por el Instituto Nacional de Alimentación, para la adquisición de hasta 858.569 bandejas de comidas preelaboradas destinadas a satisfacer las necesidades de los Comedores del Departamento de Montevideo durante los meses de febrero a julio inclusive del corriente año

RESULTANDO: I) Que la adquisición de los alimentos requeridos, fue canalizada a través

de la Unidad Centralizada de Adquisición de Alimentos realizándose dos llamados, los cuales resultaron frustrados, según resoluciones de la referida Unidad de fechas 27 de noviembre de 2003 y de 9 de junio de 2004 y lo informado por la Unidad Centralizada de Adquisición de Alimentos con fecha 14 de julio de 2004

II) Que la satisfacción alimentaria resulta prioritaria e impostergable para los beneficiarios del servicio; incluyéndose en el objeto de la contratación, bandejas destinadas a población adulta y en especial a lactantes, cuya provisión no puede y no debe admitir demoras o excluirse el servicio debido a los fracasos resultantes de las tramitaciones realizadas para su obtención

III) Las razones de urgencia alegadas, fueron actuales, reales y concretas para el caso determinado, cuya necesidad devino impostergable e inmediata, debidamente acreditada y respaldada en las actuaciones administrativas tendientes a la contratación, existiendo una imposibilidad de hecho que impidió culminarlas en tiempo y determinó la contratación directa a efectos de no interrumpir la continuidad del servicio o su postergación

IV) Que el 8 de julio fue adjudicado el llamado N° 21/2004 de la Unidad Centralizada de Adquisición de Alimentos por la compra de comida -a granel -para el Sistema Nacional de Comedores del Instituto Nacional de Alimentación

V) Que el mismo necesitó de un período de capacitación de los funcionarios por la nueva forma de abastecimiento, por lo que esta modalidad comenzó el 2 de agosto del año en curso

CONSIDERANDO: I) La autorización del Ministerio de Economía y Finanzas en relación a la certificación prevista por el artículo 738 de la Ley N° 16.736 de 5 de enero de 1996, al amparo de lo dispuesto en el Literal I del numeral 3° del artículo 33 del texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera (TOCAR)

II) Que el Ministerio de Economía y Finanzas ha entendido que los precios y condiciones de compra correspondían a los del mercado según resolución del Ministerio de Economía y Finanzas de fecha 27 de julio de 2004 III) La disponibilidad del crédito correspondiente según surge de la constancia de afectación de crédito N° 000394

IV) Que el Tribunal de Cuentas con fecha 22 de setiembre de 2004, ha considerado justificadas las razones de urgencia para prescindir del requisito de licitación pública

V) Que sin perjuicio de reconocer las razones de urgencia que determinaron la compra de que se trata, el Tribunal observó el gasto en virtud de no haberlo intervenido con carácter previo

VI) Que en consecuencia procede en la instancia reiterar el mismo, dictando el acto administrativo correspondiente

ATENTO: Alo expuesto precedentemente, a lo previsto por el artículo 211 literal b) de la Constitución de la República y al informe de la Asesoría Técnica de fecha 14 de octubre de 2004

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1) Reiterar el gasto observado por el Tribunal de Cuentas de la República en sesión de fecha 22 de setiembre de 2004, Carpeta N° 197.160

2) Autorizar la compra de 823.789 bandejas de comida preelaborada a las empresas FEDIR S.A., HABITUE S.A. y GODDARD CATERING GROUP URUGUAY S.A. según el siguiente detalle:

a) 512.220 bandejas a la empresa FEDIR S.A. correspondiente a los meses de febrero, marzo, abril, rnayo, junio y julio del corriente año a $ 35,6875 cada una al mes de febrero, lo que totaliza la suma de $18:279.851 (pesos uruguayos dieciocho millones doscientos setenta y nue:v~ mil ochocientos cincuenta y uno)

b) 20.051 bandejas a la empresa HABITUE S.A. correspondiente a los meses de febrero, marzo, abril, mayo, junio y julio del corriente año a $ 35,6875 cada una al mes de febrero, lo que totaliza la suma de $715.570,06 (pesos uruguayos setecientos quince mil quinientos setenta con 06/100)

c) 256.227 bandejas de adulto y 35.291 bandejas de lactante a la empresa GODDARD CATERING GROUP URUGUAY S.A. correspondiente a los meses de febrero, marzo, abril, mayo, junio y julio del corriente año a $34,59 cada una al mes de febrero para adultos y a $ 22,25 cada una al mes de febrero para lactantes, lo que totaliza la suma de $9:649.846,10 (pesos uruguayos nueve millones seiscientos cuarenta y nueve mil ochocientos cuarenta y seis con 10/100)

3) El monto total de la operación asciende a la suma de $ 28:645.267 (pesos uruguayos veintiocho millones seiscientos cuarenta y cinco mil doscientos sesenta y siete) I.V.A. incluido

4) Actualización de precios, de acuerdo a la paramétrica presentada en la Licitación PúblicaN° 7/001

5) Habiéndose realizado la afectación de crédito N° 000394 de acuerdo a la disponibilidad del crédito

6) Las erogaciones de referencia se atenderán con cargo a la Financiación 1.1, Objeto del Gasto 111, del Inciso 13, Unidad Ejecutora 006, Instituto Nacional de Alimentación.

7) Remítase copia de la presente al Tribunal de Cuentas de la República

8) Comuníquese y pase a sus efectos al Instituto Nacional de Alimentación.-