16/11/04
16/11/04 - REVOCACIÓN DE AUTORIZACIÓN A SERPEY S.A.PARA
SUMINISTRAR EL SERVICIO DE TELEVISIÓN POR CABLE EN LA CIUDAD DE SALTO
VISTO: las presentes actuaciones por las cuales la
Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC), solicita se
revoque la autorización que le fuera oportunamente otorgada a la empresa
"SERPEY S.A." por el numeral 25to. de la Resolución del Poder
Ejecutivo 545/993 de 2 de julio de 1993.-
RESULTANDO: I) que por el numeral 25 de la mencionada
Resolución, se autorizó a la empresa de referencia a suministrar el
servicio de televisión por cable en la ciudad de Salto, Departamento de
Salto.-
II) que por la Resolución del Poder Ejecutivo
678-762 de 16 de julio de 1996, se autorizó la cesión de la titularidad de
la totalidad de las acciones del señor Juan Ricardo Canali Sixto en la
firma "SERPEY S.A.", al señor Walter Martínez Cerruti.-
III) que por la Resolución del Poder Ejecutivo
1611/002 de 13 de setiembre de 2002, se autorizó la transferencia de la
titularidad de 8 Títulos Nominativos, representativos del 40% del capital
accionario del señor Walter Martínez Cerruti en la sociedad "SERPEY
S.A.", a favor de la señora Carmen OIga Gelpi Pucurull, quedando
integrada dicha sociedad por la referida cesionaria y por el señor Walter
Martínez Cerruti, en los porcentajes accionarios del 40% y 60%
respectivamente.-
CONSIDERANDO: que por la Resolución de la Unidad
Reguladora de Servicios de Comunicaciones 224/003 de 17 de julio de 2003 se
intimó a la empresa "SERPEY S.A." el pago con plazo de cinco
días de la suma de U$S 159.068,00 (dólares americanos ciento cincuenta y
nueve mil sesenta y ocho con 00/100), correspondientes al canon impago
incluido en convenio Nro. 117 y además U$S 21.340,00 (dólares americanos
veintiún mil trescientos cuarenta con 00/100) correspondientes al canon del
año 2000, más las multas y recargos que correspondan.-
II) que la empresa "SERPEY S.A.", no ha
hecho efectivo el pago de la suma adeudada, habiéndosele otorgado a la
administrada la vista prevista por el artículo 76 del Decreto 500/991 de 27
de setiembre de 1991, sin haberla evacuado.-
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto
por la Ley 17.296 de fecha 21 de febrero de 2001 y a lo informado por la
Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC) y a lo dictaminado
por la Asesoría Letrada de la misma.-
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1ro.- Revócase la autorización otorgada a la
empresa "SERPEY S.A.", por el numeral 25to. de la Resolución del
Poder Ejecutivo 545/993 de 2 de julio de 1993, por la cual se le autorizó a
suministrar el servicio de televisión por cable en la ciudad de Salto,
departamento de Salto.-
2do.- Comuníquese, publíquese y pase a la Unidad
Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC), a sus efectos. Cumplido,
oportunamente archívese.-