18/11/04

17/11/04 - EXONERACIÓN TRIBUTARIA PARA BUSCANDO RAÍCES - GRUPO TALA DE DESCENDIENTES CANARIOS

VISTO: la gestión promovida por la institución "Buscando Raíces - Grupo Tala de Descendientes Canarios" en la que solicita autorización para importar con exoneración de recargos y demás gravámenes, diversos bienes.-

RESULTANDO: I) que la asociación civil gestionante goza de personería jurídica reconocida y estatutos debidamente aprobados según Resolución del Ministerio de Educación y Cultura de 20 de setiembre de 1999.-

II) que el objeto social de la gestionante entre otros, es favorecer las relaciones sociales, culturales, recreativas y deportivas entre los Canarios naturales y descendientes, residentes en nuestro país.-

III) que la mercadería a importar, ha sido donada por la Federación Insular AAVV Titeroygacat, para ser distribuida entre la Escuela Islas Canarias del departamento de Canelones, otras instituciones y personas de muy escasos recursos.-

CONSIDERANDO: que la asociación gestionante se encuentra amparada por los artículos 69° de la Constitución de la República y 134° de la Ley N° 12.802, de 30 de noviembre de 1960.-

ATENTO: a lo informado por la División Técnico Fiscal y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas y a lo establecido por los artículos 448° y 450° de la Ley N° 16.226, de 29 de octubre de 1991.-

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°) Declárase a la institución "Buscando Raíces - Grupo Tala de Descendientes Canarios" exonerada del pago de los siguientes tributos: Tasa Global Arancelaria, Impuesto de Contribución al Financiamiento de la Seguridad Social, Impuesto al Valor Agregado, Tasas Consulares, Tasa de Servicios Extraordinarios y Tasa de Servicios Automatizados, en ocasión de la importación de ciento tres cajas conteniendo ropa, zapatos, juguetes, libros, servilletas, por un valor estimado de U$S 2.000,00 (dos mil dólares de los Estados Unidos de América).-

2°) Los bienes que se mencionan precedentemente no podrán ser enajenados por un plazo de diez años a partir de la fecha de su introducción definitiva al país.-

3°) Comuníquese, notifíquese y pase a la Comisión de Seguimiento y Control, creada por Resolución del Ministerio de Economía y Finanzas, de lo de octubre de 2003.-