18/11/04
17/11/04 - EXONERACIÓN TRIBUTARIA PARA EL ROTARY CLUB LA
COMERCIAL
VISTO: la gestión promovida por la asociación civil
"Rotary Club La Comercial", por sí y en representación de los
Clubes Rotarios de Fray Bentos, Paysandú y Young, en la que solicita
autorización para importar con exoneración de recargos y demás
gravámenes, cuatro máquinas para producir leche de soja.-
RESULTANDO: I) que surge de autos, que por
Resolución del Ministerio de Educación y Cultura de 20 de junio de 1979,
le fue reconocida la personería jurídica y sus estatutos fueron inscriptos
en el Registro respectivo.-
II) que se trata de máquinas que convierten el
poroto de soja en alimentos de alto valor nutricional, con el fin de apoyar
instituciones sin fines de lucro que contribuyen a la alimentación de la
población más carenciada.-
III) que los bienes de referencia son recibidos en
carácter de donación del Rotary Club Foundation de Estados Unidos de
América.-
CONSIDERANDO: I) que de acuerdo a lo establecido en
el artículo 134° de la Ley N° 12.802, de 30 de noviembre de 1960, están
exoneradas de impuestos nacionales las asociaciones benéficas de asistencia
gratuita a pobres, enfermos e inválidos.-
II) que en su mérito, corresponde declarar que la
importación precitada está exonerada de los siguientes tributos: Tasa
Global Arancelaria, Impuesto al Valor Agregado, Tasas Consulares y Tasa de
Servicios Extraordinarios.-
ATENTO: a lo informado por la Asesoría Jurídica y
la División Técnico Fiscal del Ministerio de Economía y Finanzas y a lo
establecido por el articulo 450° de la Ley N° 16.226 de 29 de octubre de
1991.-
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°) Declárase a la asociación civil "Rotary
Club La Comercial", exonerada del pago de los siguientes tributos: Tasa
Global Arancelaria, Impuesto al Valor Agregado, Tasas Consulares y Tasa de
Servicios Extraordinarios, en ocasión de la importación de cuatro
máquinas para producir leche de soja con capacidad de producción de 50
litros de leche, modelo VMB-LO-50, serie 5, año 2004, para que tres de
ellas sean distribuidas entre los Clubes de Rotarios de Fray Bentos,
Paysandú y Young.-
2°) Comuníquese, notifíquese y pase a la Comisión
de Seguimiento y Control, creada por Resolución de 1° de octubre de 1993.-