18/11/04

17/11/04 - SE APRUEBA CONVENIO ENTRE EN MTOP Y EL MDJ

VISTO: el Convenio celebrado el 14 de octubre de 2004, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Ministerio de Deporte y Juventud

RESULTANDO: I) que el citado Conenio tiene por objeto realizar obras de remodelación de vestuarios, servicios higiénicos y pintura de los mismos en la pista Oficial de Atletismo

II) Que el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, aportará la suma de U$S25.000.- en efectivo, ajustable por el Índice General de Costos de la Construcción, elaborado por el Instituto Nacional de Estadística, para atender todos los gastos que demande la ejecución de las obras que se realicen en el marco de este Convenio, la que se depositará en la Cuenta N° 152 3031-2 de la Dirección Nacional de Arquitectura de dicha Secretaría de Estado; asimismo esa Dirección Nacional, contribuye con la asistencia técnica, ejecución de las obras y administración, las que se realizarán por el régimen de administración directa, así como los equipos e infraestructura empresarial (Cláusulas 3ra. y 4ta.)

III) Que la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado, han efectuado la intervención que les compete, sin formular objeciones al respecto

CONSIDERANDO: I) que la realización de los trabajos indicados en el mencionado Convenio, estarán a cargo de la Dirección Nacional de Arquitectura del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, por el régimen de Administración Directa, por lo que es pertinente autorizar a dicha dependencia para contratar directamente y ordenar el gasto resultante de los servicios y suministros necesarios a tales fines, según lo establecido por el Artículo 97 de la Ley N°15.851 de 24 de diciembre de 1986

ATENTO: A lo precedentemente expuesto, procede aprobar el Convenio de que se trata

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Apruébase, en todas sus partes, el Convenio celebrado el 14 de octubre de 2004, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Ministerio de Deporte y Juventud, que tiene por finalidad realizar obras de remodelación de vestuarios, servicios higiénicos y pintura de los mismos en la Pista Oficial de Atletismo

2°.- Autorízase la inversión de la suma de U$S25,000.- (dólares americanos veinticinco mil), Inciso 10, Unidad Ejecutora 001, Financiación 1.4, Programa 001, Proyecto 702, Objeto de Gasto 565, Ejercicio 2004, existiendo créditos disponibles de acuerdo con el Artículo 1° del Decreto N° 24/999 de fecha 3 de febrero de 1999, Afectación N° 645. destinada a atender la contribución del citado Ministerio a las obras precitadas

3°.- Autorízase el pago, por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, de la suma de U$S25.000.- (dólares americanos veinticinco mil), en 1 (una) cuota, a favor de la Dirección Nacional de Arquitectura, para ser depositada en la Cuenta N° 152 3031-2 del Banco de la República Oriental del Uruguay, la qué se atenderá con cargo a los recursos que por la presente Resolución se autorizan

4°.- Autorízase a la Dirección Nacional de Arquitectura del citado Ministerio a ejecutar, hasta la suma U$S25.000.- (dólares americanos veinticinco mil), en efectivo, ajustable por el Índice General de Costos de la Construcción, elaborado por el Instituto Nacional de Estadística, la realización de las indicadas obras por el régimen de Administración Directa

5°,- Autorízase a la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras Públicas a realizar los ajustes necesarios por diferencia de cambio y/o variación del Índice General de Costos de la Construcción al momento de su pago

6°.- Autorícese, asimismo, a la Dirección Nacional de Arquitectura a efectuar todos Ios aprovisionamientos necesarios al amparo de lo dispuesto en el Artículo 97 de la Ley N° 15.851 de 24 de diciembre de 1986

7°.- Establécese, que la Dirección Nacional de Arquitectura deberá rendir cuenta documentada de los fondos puestos a su disposición de acuerdo con las normas legales y reglamentarias

8°.- Comuníquese y previa intervención por parte de la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado, vuelva -por su orden- al Departamento de Convenios y Dirección Nacional de Arquitectura a sus efectos.-