18/11/04
17/11/04 - SE APRUEBA CONVENIO ENTRE EL MTOP, LA ANEP Y
LA COMISIÓN FOMENTO DE LA ESCUELA RURAL N°71 DE VALDENSE SAUCE, COLONIA
VISTO: el Convenio celebrado el 15 de octubre de
2004, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, la
Administración Nacional de Educación Pública y la Comisión Fomento de la
Escuela Rural N° 71 de Valdense Sauce, de Departamento de Colonia
RESULTANDO: I) que con fecha trece de diciembre de
2001 se firmó un Convenio marco entre el Ministerio de Transporte y Obras
Públicas y la Administración Nacional de Educación Pública, aprobado por
el Poder Ejecutivo con fecha 31/12/2001
II) que el Convenio mencionado en el visto de la
presente Resolución con un aporte de la Administración Nacional de
Educación Pública de $218.000 (pesos uruguayos doscientos dieciocho mil),
del que se deducirán las Leyes Sociales correspondientes y honorarios del
técnico actuante. El monto resultante será depositado en 1 (una) cuota,
para la reforma de servicios higiénicos de niños, sustitución de 92 m2 de
cubierta de chapa y realización de pozo semisurgente con bomba
CONSIDERANDO: I) que el Convenio relacionado se
ajusta a lo dispuesto en el articulo 20° de la Ley N° 17.243 del 29 de
Junio de 2000, al artículo 4° del Decreto 137/001 de fecha 25 de abril de
2001 y al numeral tercero del artículo quinto del citado Convenio marco
ATENTO: a la normativa mencionada y a los informes de
los técnicos del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y de la
Administración Nacional de Educación Pública
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°. Apruébase, en todas sus partes, el Convenio
celebrado el 15 de octubre de 2004, entre el Ministerio de Transporte y
Obras Públicas, la Administración Nacional de Educación Pública y la
Comisión Fomento de la Escuela Rural N°71 de Valdense Sauce, del
Departamento de Colonia, con el objeto de la reforma de servicios
higiénicos de niños, sustitución de 92 m2 de cubierta de chapa y
realización de pozo semisurgente con bomba
2°. Comuníquese, y previo conocimiento de la
Auditoría Delegada del Consejo Directivo Central de la Administración
Nacional de Educación Pública, pase a la Gerencia de Inversiones de la
citada Administración a efectos de gestionar la transferencia a la Cuenta
N°0280026280, del Banco de la República Oriental del Uruguay (Sucursal
Nueva Helvecia), perteneciente a la Comisión Fomento de la Escuela N° 71
de Valdense Sauce. Cumplido, vuelva con !a constancia de dicha transferencia
al Departamento de Convenios del Ministerio de Transporte y .Obras
Públicas, a sus efectos.-