18/11/04
17/11/04 - SE APRUEBA CONVENIO ENTRE EL MTOP, LA ANEP Y
LA COMISIÓN FOMENTO DE LA ESCUELA RURAL N°22 DE CERRO DE LAS ARMAS,
COLONIA
VISTO: el Convenio celebrado el 15 de octubre de
2004, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, la
Administración Nacional de Educación Pública y la Comisión Fomento de la
Escuela Rural N° 22 "Maestra Isabel Villanustre" de Cerro de las
Armas, del Departamento de Colonia
RESULTANDO: I) que con fecha trece de diciembre de
2001 se firmó un Convenio marco entre el Ministerio de Transporte y Obras
Públicas y la Administración Nacional de Educación Pública, aprobado por
el Poder Ejecutivo con fecha 31/12/2001
II) que el Convenio mencionado en el visto de la
presente Resolución con un aporte de la Administración Nacional de
Educación Pública de $159.000.- (pesos uruguayos ciento cincuenta y nueve
mil), del que se deducirán las Leyes Sociales correspondientes y honorarios
del técnico actuante. El monto resultante será depositado en 1 (una)
cuota, para realizar la sustitución del techo de la galería aumentando su
ancho, reparación de aberturas de madera, construcción de pavimento del
patio y canalización eléctrica subterránea para bombas
CONSIDERANDO: I) que el Convenio relacionado se
ajusta a lo dispuesto en el artículo 20° de la Ley N° 17.243 del 29 de
Junio de 2000, al artículo 4° del Decreto 137/001 de fecha 25 de abril de
2001 y al numeral tercero del artículo quinto del citado Convenio marco
ATENTO: a la normativa mencionada y a los informes de
los técnicos del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y de la
Administración Nacional de Educación publica
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°. Apruébase, en todas sus partes, el Convenio
celebrado el 15 de octubre de 2004, entre el Ministerio de Transporte y
Obras Públicas, la Administración Nacional de Educación Pública y la
Comisión Fomento de la Escuela Rural N°22 "Maestra Isabel
Villanustre" de Cerro de las Armas, del Departamento de Colonia, con el
objeto de realizar la sustitución del techo de la galería aumentando su
ancho, reparación de aberturas de madera, construcción de pavimento del
patio y canalización eléctrica subterránea para bombas
2°. Comuníquese, y previo conocimiento de la
Auditoría Delegada del Consejo Directivo Central de la Administración
Nacional de .Educación Pública, pase a la Gerencia de Inversiones de la
citada Administración a efectos de gestionar la transferencia a la Cuenta
N°0840001049 del Banco de la República Oriental del, Uruguay (Sucursal
Colonia Miguelete), perteneciente a la Comisión Fomento de la Escuela N°
22 de Cerro de las Armas. Cumplido, vuelva con la constancia de dicha
transferencia al Departamento. de Convenios del Ministerio de Transporte y
Obras Públicas, a sus efectos.-