23/11/04
23/11/04 - SE AUTORIZA CESIÓN Y TRANSFERENCIA DE CUOTAS
SOCIALES DE LA EMPRESA "COMUNICACIONES DEL HUM S.R.L."
VISTO: la gestión promovida por la Unidad Reguladora
de Servicios de Comunicaciones (URSEC), por la cual los señores Juan
Fernando Buffa Lainatti y José Antonio Trullen Chequi, solicitan se les
autorice la cesión de cuotas sociales de la empresa "Comunicaciones
del Hum S.R.L.", permisionaria de la frecuencia 91.5 Mhz., Canal 218
(CX-218 A), de la ciudad de Mercedes, departamento de Soriano.-
RESULTANDO: I) que por la Resolución del Poder
Ejecutivo 829/998 de 9 de octubre de 1998, se autorizó a la empresa
«COMUNICADORES S.R.L.», integrada por los señores Gonzalo César
Rodríguez Blanco y Juan Fernando Buffa Lainatti la utilización de la
frecuencia 91 5 Mhz., para operar en la ciudad de Mercedes, departamento de
Soriano, Canal 218, con una potencia adjudicada de 1 kilovatio, altura media
de antena de 30 metros y un área de cobertura de 20 kilómetros.-
II) que por las Resoluciones de la ex Dirección
Nacional de Comunicaciones 061/00 de 28 de febrero de 2000 y 327/2000 de 26
de octubre de 2000, se aprobó el cambio en la denominación de la empresa
"Comunicadores S.R.L.", por el de "Comunicaciones del Hum
S.R.L."; sin cambiar su integración.-
III) que por contrato de cesión de cuota social de
28 de diciembre de 2000, el señor Gonzalo César Rodríguez Blanco cedió
sus cuotas sociales a los señores José Antonio Trullen Choqui, Luis Pedro
Besozzi Arocena y Juan Fernando Bufa Lainatti, dicha cesión se realizó sin
someterla a consideración del Poder Ejecutivo y en el plazo de prohibición
para hacer modificaciones en fa titularidad, establecido en el artículo 16
del Decreto 734/978 de 20 de diciembre de 1978.-
IV) que con fecha 9 de noviembre de 2001, se efectuó
una nueva cesión por fa cual el señor Luis Pedro Besozzi Arocena cede la
totalidad de su participación social, a José Antonio Trullen Chequi (16
cuotas sociales) y a Juan Fernando Buffa Lainatti (17 cuotas sociales)
siendo estos últimos mencionados, los actuales integrantes de
"Comunicaciones del Hum S.R.L.", con 50 cuotas cada uno.-
V) que la Unidad Reguladora de Servicios de
Comunicaciones (URSEC), en uso de sus facultades y poderes jurídicos,
sancionó a la empresa permisionaria por infringir lo establecido en los
artículos 15 y 16 del Decreto 734/978 citado.-
CONSIDERANDO: I) que los integrantes de la sociedad
"Comunicaciones del Hum S.R.L.", han cumplido oportunamente con
los requisitos personales exigidos por el artículo 8vo. del Decreto
734/978, en la remisión dada por el artículo 9no. de la misma norma.-
II) que los cesionarios no son titulares de otros
medios de radiodifusión, por lo que están dentro del limite de
autorizaciones permitidas por el articulo 12 del Reglamento de
Radiodifusión.-
III) que se han acreditado debidamente los contratos
de Cesión de Cuotas Sociales, habiéndose dado cumplimiento a lo
establecido en el Decreto 586/990 de 18 de diciembre de 1990.-
IV) que surge de las presentes actuaciones, que la
empresa permisionaria "Comunicaciones del Hum S.R.L." se encuentra
al día con sus obligaciones tributarías ante la Dirección General
Impositiva y con sus aportes al Banco de Previsión Social, de acuerdo a lo
establecido por el Decreto 347/992 de 21 de julio de 1992.-
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto
por el Decreto-Ley 14.670 de 23 de junio de 1977, ley 17.296 de 21 de
febrero de 2001, a lo dispuesto por los Decretos 734/978 de 20 de diciembre
de 1978, 349/990 de 7 de agosto de 1990, 586/990 de 18 de diciembre de 1990,
347/992 de 21 de julio de 1992 y 125/993 de 12 de marzo de 1993, a lo
informado por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC) y
por la Asesoría Letrada de la misma.-
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1ro.- Autorízase la cesión y la transferencia de la
totalidad de las cuotas sociales llevada a cabo por la empresa
"Comunicaciones del Hum S.R.L.", permisionaría de la frecuencia
91.5 Mhz., Canal 218 (CX-218 A), de la ciudad de Mercedes, departamento de
Soriano, quedando en consecuencia integrada la misma por los señores Juan
Fernando Buffa Lainatti y José Antonio Trullen Chequi en una proporción de
50% (cincuenta por ciento) cada uno.-
2do.- Comuníquese, publíquese y pase a la Unidad
Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC), a sus efectos. Cumplido,
archívese.-