23/11/04
23/11/04 – SE APRUEBA CONVENIO CELEBRADO EL 8/10/2004
ENTRE EL MTOP Y EL CARMELO ROWING CLUB.
VISTO: el Convenio celebrado el 8 de octubre de 2004
entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el CARMELO ROWING CLUB
de la ciudad de Carmelo, Departamento de Colonia.
RESULTANDO: I) Que por el referido instrumento, las
partes, acordaron la colaboración que brindará la Dirección Nacional de
Vialidad del referido Ministerio al mencionado Club, para la ejecución de
un recargo con material de base, reconformación, recompactación y
tratamiento bituminoso simple en un área de 700 m2, con los siguientes
materiales: 70m3 de base granular, 700 m2 de riego bituminoso de
imprimación, 700 m2 de tratamiento bituminoso simple, 9m3 de agregados
pétreos gruesos,2m3 de suministro de diluidos asfálticos y 2m3 de
transporte y elaboración de diluidos.
II) Que asimismo, la mencionada Dirección Nacional
se obligó a la ejecución, a través de la respectiva Regional, del
suministro y trabajos antedichos en un plazo, de 20 días a partir de la
aprobación, del presente Convenio estimándose
el valor de la colaboración, a los solos efectos
contables, en la suma de $ 44.000,oo.
III) Que el referido documento se firmó
ad-referéndum del Contador Central Delegado por el Tribunal de Cuentas de
la República en el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, quien
practicó la intervención preventiva que le compete, y sujeto a la
aprobación del Poder Ejecutivo.
CONSIDERANDO: que tratándose el CARMELO ROWING CLUB
de una entidad sin fines de lucro, que además brinda servicios deportivos y
gimnásticos de relevancia a la zona de influencia, y por ende contribuye al
desarrollo cultural y social del país, se entiende conveniente aprobar el
presente Convenio, a fin de propender a la mejora de sus instalaciones.
ATENTO: a lo informado y a lo expuesto.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
R E S U E L V E:
1°.- Apruébase, en todas sus partes, el Convenio
celebrado el 8 de octubre de 2004 entre el Ministerio de Transporte y Obras
Públicas y el CARMELO ROWING CLUB de la Ciudad de Carmelo Departamento de
Colonia.
2°.- Comuníquese y previa toma de conocimiento del
Contador Central Delegado por el Tribunal de Cuentas de la República en el
indicado Ministerio, vuelva a la Dirección Nacional de Vialidad, para
notificación del interesado y demás efectos.