23/11/04

23/11/04 - SE APRUEBA CONVENIO PARA LA RESTAURACIÓN DEL PABELLÓN DE LAS ROSAS, (2DA. ETAPA)

VISTO: el Convenio celebrado el 21 de octubre de 2004 entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, Ministerio de Turismo, Intendencia Municipal de Maldonado y la Asociación de Fomento y Turismo de Piriápolis

RESULTANDO: I) que los citados Organismos Públicos contribuyen para realizar la restauración del Pabellón de las Rosas, (2da etapa): colocación de barandas, puerta de acceso principal, instalación eléctrica, colocación de 19 ventanas laterales con vidrio, terminación de baños y vestuarios, acondicionamiento de baños para público y trabajos varios de albañilería, de acuerdo a planos y memoria descriptiva firmada por los arquitectos Gustavo Sosa Laporta y Carlos Rivero de fecha 17/12/01

II) Que el Ministerio de Transporte y Obras Públicas aportará la suma de $232.000 en efectivo

III) Que el Ministerio de Turismo aportará, por su parte, la suma de $232.000 en efectivo

IV) Que la Intendencia Municipal de Maldonado aportará la suma de $ 232.000 en efectivo

V) Que la dirección técnica, la ejecución y la administración de las obras estarán a cargo de la Asociación de Fomento y Turismo de Piriápolis

VI) Que la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Ministerio de Turismo, así como la Dirección General de Hacienda de la Intendencia Municipal de Maldonado, han realizado las imputaciones previas que les competen. Asimismo el Contador Central Delegado del Tribunal de Cuentas de la República ante el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, ha intervenido previamente el Convenio sin formular objeciones al respecto

CONSIDERANDO: conveniente aprobar dicho Convenio

ATENTO: A lo precedentemente expuesto

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Apruébase, en todas sus partes, el Convenio celebrado el 21 de octubre de 2004, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, el Ministerio de Turismo, Intendencia Municipal de Maldonado y la Asociación de Fomento y Turismo de Piriápolis, para realizar la restauración del Pabellón de las Rosas, (2da etapa): colocación de barandas, puerta de acceso principal, instalación eléctrica, colocación de 19 ventanas laterales con vidrio, terminación de baños y vestuarios, acondicionamiento de baños para público y trabajos varios de albañilería, de acuerdo a planos y memoria descriptiva firmada por los arquitectos Gustavo Sosa Laporta y Carlos Rivero de fecha 17/12/01

2°.- Autorízase, la inversión por parte del Ministerio de Transporte y Obras Públicas de la suma de $232.000 (pesos uruguayos doscientos treinta y dos mil), la que se atenderá con cargo al Inciso 10, Unidad Ejecutora 001, Financiación 1.4, Programa 001, Proyecto 702, Objeto de Gasto 565, Afectación N°661, Ejercicio 2004.- El Ministerio de Turismo aportará la suma de $232.000 (pesos uruguayos doscientos treinta y dos mil), que se atenderá con cargo al Inciso 09, Unidad Ejecutora 001, Constancia N° 001, Compromiso N° 001543, Ejercicio 2004.- La Intendencia Municipal de Maldonado aportará la suma de $232.000 .(pesos uruguayos doscientos treinta y dos mil), que será imputado con cargo al rubro Colaboraciones

3°.- Autorízase el pago: a) por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, la suma de $232.000 (pesos uruguayos doscientos treinta y dos mil), b) por el Ministerio de Turismo de $232.000 (pesos uruguayos doscientos treinta y dos mil) y c) por la Intendencia Municipal de Maldonado de $232.000 (pesos uruguayos doscientos treinta y dos mil). Los aportes respectivos, serán depositados en la Caja de Ahorros en Moneda Nacional N°037/3823 del Banco de la República Oriental del Uruguay (Sucursal Piriápolis) perteneciente a la Asociación de Fomento y Turismo de Piriápolis

4°.- Comuníquese y previa intervención por parte de la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, Ministerio de Turismo e Intendencia Municipal de Maldonado y los Contadores Centrales Delegados respectivos, vuelva al Departamento de Convenios del Ministerio de Transporte y Obras Públicas a sus efectos

CONVENIO: En la ciudad de Piriápolis, a veintiún días del mes de octubre del año dos mil cuatro, entre el MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS, representado por el Señor Ministro Ing. GABRIEL GUMENDEZ ARMAND-UGON, el MINISTERIO DE TURISMO representado por el Señor Ministro Dr. JUAN PEDRO BORDABERRY, la INTENDENCIA MUNICIPAL DEL MALDONADO representada por el Señor Intendente Municipal Ing. ENRIQUE ANTÍA BEHRENS y el Secretario General Señor Dr. ÁLVARO VILLEGAS y la ASOCIACIÓN DE FOMENTO Y TURISMO DE PIRIAPOLIS representada por la Señora BRENDA BON y la Señora Rosario Lema, en calidad de Presidenta y Secretaria respectivamente, se celebra este Convenio, ad-referéndum de su aprobación por el Poder Ejecutivo y la intervención del Tribunal de Cuentas de la República. El mismo se regirá por las siguientes cláusulas: PRIMERA: OBJETO: El presente Convenio tiene por objeto realizar la restauración del Pabellón de las Rosas, (2da etapa): colocación de barandas, puerta de acceso principal, instalación eléctrica, colocación de 19 ventanas laterales con vidrio, terminación de baños y vestuarios, acondicionamiento de baños para público y trabajos varios de albañilería, de acuerdo a planos y memoria descriptiva firmada por los arquitectos Gustavo Sosa Laporta y Carlos Rivero de fecha 17/12/01.- SEGUNDA: MONTO: El monto total del Convenio asciende a la suma de $ 696.000 (pesos uruguayos seiscientos noventa y seis mil).- TERCERA: PARTICIPACION: El Ministerio de Transporte y Obras Públicas contribuye con la suma de $232.000 (pesos uruguayos doscientos treinta y dos mil) en efectivo; el Ministerio de Turismo aportará $232.000 (pesos uruguayos doscientos treinta y dos mil) en efectivo y la Intendencia Municipal de Maldonado aportará $232.000 (pesos uruguayos doscientos treinta y dos mil) en efectivo.- CUARTA: La dirección técnica, la ejecución y la administración de las obras estarán a cargo de la Asociación de Fomento y Turismo de Piriápolis.- QUINTA: APORTES: Los aportes en efectivo mencionados en la Cláusula tercera, serán realizados de la siguiente forma: Ministerio de Transporte y Obras Públicas aportará una cuota de $232.000 (pesos uruguayos doscientos treinta y dos mil) que atenderá con cargo al Programa 001, Proyecto 702, Ejercicio 2004, Afectación N° .- El Ministerio de Turismo aportará una cuota de $232.000 (pesos uruguayos doscientos treinta y dos mil), que se atenderán con cargo al Inc.09, U.E. 001, Nro. de Constancia 001, Compromiso Nro.001543, Ejercicio 2004. La Intendencia Municipal de Maldonado aportará una cuota de $232.000 (pesos uruguayos doscientos treinta y dos mil), con cargo al .- Las cuotas de los aportes respectivos serán depositadas en la Caja de Ahorros en Moneda Nacional N°037/3823 del Banco de la República Oriental del Uruguay (Sucursal Piriápolis) perteneciente a la Asociación de Fomento y Turismo de Piriápolis.- SEXTA: El beneficiario se obliga a rendir cuenta documentada ante el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, el Ministerio de Turismo e Intendencia Municipal de Maldonado, según corresponda, de las inversiones que se realicen con cargo a los fondos respectivos dentro de los sesenta (60) días subsiguientes a su cobro, de acuerdo a las disposiciones legales en la materia.- SEPTIMA: Si las obras no se iniciaren dentro de los 30 (treinta) días siguientes a la recepción de las primeras cuotas del presente Convenio, o no se diera cumplimiento a lo previsto en la Cláusula Séptima, o las obras se suspendieran por causa injustificada, éste podrá ser rescindido por el Ministerio de Turismo previa vista por el término de 10 (diez) días hábiles.- OCTAVA: El beneficiario caerá en mora de las obligaciones contraídas de pleno derecho y sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial de especia alguna, resultando pasible además de una multa a favor del Estado equivalente al monto de los aportes realizados por este, sin perjuicio de la facultad de rescindir el Convenio.- NOVENA: CARTEL: La Asociación de Fomento y Turismo de Piriápolis colocará en las obras un cartel que será retirado a la terminación del Convenio, cuyo modelo proveerá el Ministerio de Transporte y Obras Públicas.- DECIMA: Los trabajos se llevarán a cabo de acuerdo a los recaudos técnicos presentados por la mencionada Asociación, que forman parte integrante de este Convenio, aprobados por las respectivas instituciones públicas intervinientes y sus asesores técnicos, quienes supervisarán las obras y las inversiones de acuerdo a la Cláusula QUINTA.- DECIMA PRIMERA: La conservación de las obras, una vez finalizados los trabajos según el objeto de este Convenio, será de cuenta y cargo de la citada Asociación de Fomento.- DECIMO SEGUNDA: Se deberá dar cumplimiento a la Ley N°17.479, de fecha 8 de mayo de 2002, en cuanto a las previsiones para facilitar el acceso, desplazamiento y utilización de la obra por Convenio, por parte de personas con capacidades diferentes, Artículos 1° al 6°.- DECIMA TERCERA: DOMICILIOS: A los efectos de este Contrato las partes constituyen los siguientes domicilios: en Montevideo, Ministerio de Transporte y Obras Públicas en Rincón N°561, y Ministerio de Turismo en Rambla 25 de Agosto de 1825 esq. Yacaré, la Intendencia Municipal de Maldonado en Av. Acuña de Figueroa s/n, Maldonado y la Asociación de Fomento y Turismo de Piriápolis en Rambla de los Argentinos N° 1348, Piriápolis, Maldonado.- DECIMA CUARTA: FIRMAS: De conformidad y para constancia se otorgan cinco ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.-