23/11/04
23/11/04 - SE APRUEBA CONVENIO PARA LA RESTAURACIÓN DEL
PABELLÓN DE LAS ROSAS, (2DA. ETAPA)
VISTO: el Convenio celebrado el 21 de octubre de 2004
entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, Ministerio de Turismo,
Intendencia Municipal de Maldonado y la Asociación de Fomento y Turismo de
Piriápolis
RESULTANDO: I) que los citados Organismos Públicos
contribuyen para realizar la restauración del Pabellón de las Rosas, (2da
etapa): colocación de barandas, puerta de acceso principal, instalación
eléctrica, colocación de 19 ventanas laterales con vidrio, terminación de
baños y vestuarios, acondicionamiento de baños para público y trabajos
varios de albañilería, de acuerdo a planos y memoria descriptiva firmada
por los arquitectos Gustavo Sosa Laporta y Carlos Rivero de fecha 17/12/01
II) Que el Ministerio de Transporte y Obras Públicas
aportará la suma de $232.000 en efectivo
III) Que el Ministerio de Turismo aportará, por su
parte, la suma de $232.000 en efectivo
IV) Que la Intendencia Municipal de Maldonado
aportará la suma de $ 232.000 en efectivo
V) Que la dirección técnica, la ejecución y la
administración de las obras estarán a cargo de la Asociación de Fomento y
Turismo de Piriápolis
VI) Que la División Contabilidad y Finanzas del
Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Ministerio de Turismo, así
como la Dirección General de Hacienda de la Intendencia Municipal de
Maldonado, han realizado las imputaciones previas que les competen. Asimismo
el Contador Central Delegado del Tribunal de Cuentas de la República ante
el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, ha intervenido previamente el
Convenio sin formular objeciones al respecto
CONSIDERANDO: conveniente aprobar dicho Convenio
ATENTO: A lo precedentemente expuesto
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Apruébase, en todas sus partes, el Convenio
celebrado el 21 de octubre de 2004, entre el Ministerio de Transporte y
Obras Públicas, el Ministerio de Turismo, Intendencia Municipal de
Maldonado y la Asociación de Fomento y Turismo de Piriápolis, para
realizar la restauración del Pabellón de las Rosas, (2da etapa):
colocación de barandas, puerta de acceso principal, instalación
eléctrica, colocación de 19 ventanas laterales con vidrio, terminación de
baños y vestuarios, acondicionamiento de baños para público y trabajos
varios de albañilería, de acuerdo a planos y memoria descriptiva firmada
por los arquitectos Gustavo Sosa Laporta y Carlos Rivero de fecha 17/12/01
2°.- Autorízase, la inversión por parte del
Ministerio de Transporte y Obras Públicas de la suma de $232.000 (pesos
uruguayos doscientos treinta y dos mil), la que se atenderá con cargo al
Inciso 10, Unidad Ejecutora 001, Financiación 1.4, Programa 001, Proyecto
702, Objeto de Gasto 565, Afectación N°661, Ejercicio 2004.- El Ministerio
de Turismo aportará la suma de $232.000 (pesos uruguayos doscientos treinta
y dos mil), que se atenderá con cargo al Inciso 09, Unidad Ejecutora 001,
Constancia N° 001, Compromiso N° 001543, Ejercicio 2004.- La Intendencia
Municipal de Maldonado aportará la suma de $232.000 .(pesos uruguayos
doscientos treinta y dos mil), que será imputado con cargo al rubro
Colaboraciones
3°.- Autorízase el pago: a) por el Ministerio de
Transporte y Obras Públicas, la suma de $232.000 (pesos uruguayos
doscientos treinta y dos mil), b) por el Ministerio de Turismo de $232.000
(pesos uruguayos doscientos treinta y dos mil) y c) por la Intendencia
Municipal de Maldonado de $232.000 (pesos uruguayos doscientos treinta y dos
mil). Los aportes respectivos, serán depositados en la Caja de Ahorros en
Moneda Nacional N°037/3823 del Banco de la República Oriental del Uruguay
(Sucursal Piriápolis) perteneciente a la Asociación de Fomento y Turismo
de Piriápolis
4°.- Comuníquese y previa intervención por parte
de la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras
Públicas, Ministerio de Turismo e Intendencia Municipal de Maldonado y los
Contadores Centrales Delegados respectivos, vuelva al Departamento de
Convenios del Ministerio de Transporte y Obras Públicas a sus efectos
CONVENIO: En la ciudad de Piriápolis, a veintiún
días del mes de octubre del año dos mil cuatro, entre el MINISTERIO DE
TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS, representado por el Señor Ministro Ing.
GABRIEL GUMENDEZ ARMAND-UGON, el MINISTERIO DE TURISMO representado
por el Señor Ministro Dr. JUAN PEDRO BORDABERRY, la INTENDENCIA
MUNICIPAL DEL MALDONADO representada por el Señor Intendente Municipal
Ing. ENRIQUE ANTÍA BEHRENS y el Secretario General Señor Dr. ÁLVARO
VILLEGAS y la ASOCIACIÓN DE FOMENTO Y TURISMO DE PIRIAPOLIS
representada por la Señora BRENDA BON y la Señora Rosario Lema, en calidad
de Presidenta y Secretaria respectivamente, se celebra este Convenio,
ad-referéndum de su aprobación por el Poder Ejecutivo y la intervención
del Tribunal de Cuentas de la República. El mismo se regirá por las
siguientes cláusulas: PRIMERA: OBJETO: El presente Convenio tiene
por objeto realizar la restauración del Pabellón de las Rosas, (2da
etapa): colocación de barandas, puerta de acceso principal, instalación
eléctrica, colocación de 19 ventanas laterales con vidrio, terminación de
baños y vestuarios, acondicionamiento de baños para público y trabajos
varios de albañilería, de acuerdo a planos y memoria descriptiva firmada
por los arquitectos Gustavo Sosa Laporta y Carlos Rivero de fecha 17/12/01.-
SEGUNDA: MONTO: El monto total del Convenio asciende a la suma de $
696.000 (pesos uruguayos seiscientos noventa y seis mil).- TERCERA:
PARTICIPACION: El Ministerio de Transporte y Obras Públicas contribuye
con la suma de $232.000 (pesos uruguayos doscientos treinta y dos mil) en
efectivo; el Ministerio de Turismo aportará $232.000 (pesos uruguayos
doscientos treinta y dos mil) en efectivo y la Intendencia Municipal de
Maldonado aportará $232.000 (pesos uruguayos doscientos treinta y dos mil)
en efectivo.- CUARTA: La dirección técnica, la ejecución y la
administración de las obras estarán a cargo de la Asociación de Fomento y
Turismo de Piriápolis.- QUINTA: APORTES: Los aportes en efectivo
mencionados en la Cláusula tercera, serán realizados de la siguiente
forma: Ministerio de Transporte y Obras Públicas aportará una cuota de
$232.000 (pesos uruguayos doscientos treinta y dos mil) que atenderá con
cargo al Programa 001, Proyecto 702, Ejercicio 2004, Afectación N° .- El
Ministerio de Turismo aportará una cuota de $232.000 (pesos uruguayos
doscientos treinta y dos mil), que se atenderán con cargo al Inc.09, U.E.
001, Nro. de Constancia 001, Compromiso Nro.001543, Ejercicio 2004. La
Intendencia Municipal de Maldonado aportará una cuota de $232.000 (pesos
uruguayos doscientos treinta y dos mil), con cargo al .- Las cuotas de los
aportes respectivos serán depositadas en la Caja de Ahorros en Moneda
Nacional N°037/3823 del Banco de la República Oriental del Uruguay
(Sucursal Piriápolis) perteneciente a la Asociación de Fomento y Turismo
de Piriápolis.- SEXTA: El beneficiario se obliga a rendir cuenta
documentada ante el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, el
Ministerio de Turismo e Intendencia Municipal de Maldonado, según
corresponda, de las inversiones que se realicen con cargo a los fondos
respectivos dentro de los sesenta (60) días subsiguientes a su cobro, de
acuerdo a las disposiciones legales en la materia.- SEPTIMA: Si las
obras no se iniciaren dentro de los 30 (treinta) días siguientes a la
recepción de las primeras cuotas del presente Convenio, o no se diera
cumplimiento a lo previsto en la Cláusula Séptima, o las obras se
suspendieran por causa injustificada, éste podrá ser rescindido por el
Ministerio de Turismo previa vista por el término de 10 (diez) días
hábiles.- OCTAVA: El beneficiario caerá en mora de las obligaciones
contraídas de pleno derecho y sin necesidad de interpelación judicial o
extrajudicial de especia alguna, resultando pasible además de una multa a
favor del Estado equivalente al monto de los aportes realizados por este,
sin perjuicio de la facultad de rescindir el Convenio.- NOVENA: CARTEL: La
Asociación de Fomento y Turismo de Piriápolis colocará en las obras un
cartel que será retirado a la terminación del Convenio, cuyo modelo
proveerá el Ministerio de Transporte y Obras Públicas.- DECIMA: Los
trabajos se llevarán a cabo de acuerdo a los recaudos técnicos presentados
por la mencionada Asociación, que forman parte integrante de este Convenio,
aprobados por las respectivas instituciones públicas intervinientes y sus
asesores técnicos, quienes supervisarán las obras y las inversiones de
acuerdo a la Cláusula QUINTA.- DECIMA PRIMERA: La conservación de
las obras, una vez finalizados los trabajos según el objeto de este
Convenio, será de cuenta y cargo de la citada Asociación de Fomento.- DECIMO
SEGUNDA: Se deberá dar cumplimiento a la Ley N°17.479, de fecha 8 de
mayo de 2002, en cuanto a las previsiones para facilitar el acceso,
desplazamiento y utilización de la obra por Convenio, por parte de personas
con capacidades diferentes, Artículos 1° al 6°.- DECIMA TERCERA:
DOMICILIOS: A los efectos de este Contrato las partes constituyen los
siguientes domicilios: en Montevideo, Ministerio de Transporte y Obras
Públicas en Rincón N°561, y Ministerio de Turismo en Rambla 25 de Agosto
de 1825 esq. Yacaré, la Intendencia Municipal de Maldonado en Av. Acuña de
Figueroa s/n, Maldonado y la Asociación de Fomento y Turismo de Piriápolis
en Rambla de los Argentinos N° 1348, Piriápolis, Maldonado.- DECIMA
CUARTA: FIRMAS: De conformidad y para constancia se otorgan cinco
ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.-