25/11/04
25/11/04 – SE ADJUDICA CERTIFICADO DE SUBSIDIO
HABITACIONAL DIRECTO –NBE- A COOPERATIVA DE VIVIENDAS "JUAN PABLO II" BAJO
LA MODALIDAD DE GRUPO SIAV.
VISTO: la existencia de familias inscriptas en el
Registro Nacional de postulantes, en situación de emergencia habitacional
que requiere urgente solución;
RESULTANDO: que es competencia de esta Secretaría de
Estado atender las necesidades de las familias más carenciadas;
CONSIDERANDO: I) que este Ministerio al amparo del
artículo 64 de la Ley N° 13.728 en la redacción dada por la Ley 16.237
otorga subsidios y préstamos, previa inscripción y selección de prioridad
con atención a los más necesitados;
II) que en los procesos de adjudicación pueden
resultar no comprendidos en los mismos, familias inscriptas en el Registro
Nacional de postulantes, que a criterio técnico se encuentran en situación
de imperiosa urgencia y/o extrema necesidad habitacional las que no admiten
dilación, requiriéndose respuesta inmediata;
ATENTO: a lo expuesto precedentemente;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Adjudíquese, a los siguientes inscriptos en el
Registro Nacional de postulantes, integrantes de la Cooperativa de Vivienda
JUAN PABLO II bajo la modalidad Grupo SIAV, un certificado de Subsidio
Habitacional Directo -NBE- Valor U.R. 1.150 UR (unidades Reajustables un mil
ciento cincuenta):
2°.- Otórgase un plazo de treinta días hábiles para
regularizar la situación de ahorro previo, vencido el cual se los tendrá por
desadjudicados automáticamente y sin trámite.
3°.- Comuníquese a la División Contabilidad y
Finanzas y pase a la Dirección Nacional de vivienda a sus efectos.