25/11/04
    
    25/11/04 – SE ADJUDICA CERTIFICADO DE SUBSIDIO 
    HABITACIONAL DIRECTO –NBE- A COOPERATIVA DE VIVIENDAS "JUAN PABLO II" BAJO 
    LA MODALIDAD DE GRUPO SIAV.
 
    VISTO: la existencia de familias inscriptas en el 
    Registro Nacional de postulantes, en situación de emergencia habitacional 
    que requiere urgente solución; 
    
    RESULTANDO: que es competencia de esta Secretaría de 
    Estado atender las necesidades de las familias más carenciadas; 
    
    CONSIDERANDO: I) que este Ministerio al amparo del 
    artículo 64 de la Ley N° 13.728 en la redacción dada por la Ley 16.237 
    otorga subsidios y préstamos, previa inscripción y selección de prioridad 
    con atención a los más necesitados; 
    
    II) que en los procesos de adjudicación pueden 
    resultar no comprendidos en los mismos, familias inscriptas en el Registro 
    Nacional de postulantes, que a criterio técnico se encuentran en situación 
    de imperiosa urgencia y/o extrema necesidad habitacional las que no admiten 
    dilación, requiriéndose respuesta inmediata; 
    
    ATENTO: a lo expuesto precedentemente; 
    
    EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
    RESUELVE:
    1°.- Adjudíquese, a los siguientes inscriptos en el 
    Registro Nacional de postulantes, integrantes de la Cooperativa de Vivienda 
    JUAN PABLO II bajo la modalidad Grupo SIAV, un certificado de Subsidio 
    Habitacional Directo -NBE- Valor U.R. 1.150 UR (unidades Reajustables un mil 
    ciento cincuenta): 
    
     
    
    
    
    
     
    
    
     
    
    
     
     
    
    2°.- Otórgase un plazo de treinta días hábiles para 
    regularizar la situación de ahorro previo, vencido el cual se los tendrá por 
    desadjudicados automáticamente y sin trámite. 
    
    3°.- Comuníquese a la División Contabilidad y 
    Finanzas y pase a la Dirección Nacional de vivienda a sus efectos.