25/11/04

25/11/04 – SE ADJUDICA CERTIFICADO DE SUBSIDIO HABITACIONAL DIRECTO –NBE- A COOPERATIVA DE VIVIENDAS "JUAN PABLO II" BAJO LA MODALIDAD DE GRUPO SIAV.
 

VISTO: la existencia de familias inscriptas en el Registro Nacional de postulantes, en situación de emergencia habitacional que requiere urgente solución;

RESULTANDO: que es competencia de esta Secretaría de Estado atender las necesidades de las familias más carenciadas;

CONSIDERANDO: I) que este Ministerio al amparo del artículo 64 de la Ley N° 13.728 en la redacción dada por la Ley 16.237 otorga subsidios y préstamos, previa inscripción y selección de prioridad con atención a los más necesitados;

II) que en los procesos de adjudicación pueden resultar no comprendidos en los mismos, familias inscriptas en el Registro Nacional de postulantes, que a criterio técnico se encuentran en situación de imperiosa urgencia y/o extrema necesidad habitacional las que no admiten dilación, requiriéndose respuesta inmediata;

ATENTO: a lo expuesto precedentemente;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Adjudíquese, a los siguientes inscriptos en el Registro Nacional de postulantes, integrantes de la Cooperativa de Vivienda JUAN PABLO II bajo la modalidad Grupo SIAV, un certificado de Subsidio Habitacional Directo -NBE- Valor U.R. 1.150 UR (unidades Reajustables un mil ciento cincuenta):

 

 

 

 

 

2°.- Otórgase un plazo de treinta días hábiles para regularizar la situación de ahorro previo, vencido el cual se los tendrá por desadjudicados automáticamente y sin trámite.

3°.- Comuníquese a la División Contabilidad y Finanzas y pase a la Dirección Nacional de vivienda a sus efectos.