29/11/04
29/11/04 - APROBACIÓN DE CONVENIO PARA LA CREACIÓN DE
UN CENTRO DE DESINTOXICACIÓN PARA USUARIOS DE DROGAS
VISTO: el Convenio a suscribirse entre el Ministerio
del Interior, el Ministerio de Salud Pública, la Junta Nacional de Drogas y
la Comisión Honoraria del Patronato del Psicópata para la creación de un
Centro de Desintoxicación para Usuarios de Drogas;
RESULTANDO: I) que son competencias de la Junta
Nacional de Drogas, entre otras la instrumentación de las directivas
relacionadas con la fijación de la política nacional en materia de drogas,
dirigida a la prevención del consumo problemático y tratamiento de la
adicción a las drogas y a la represión del tráfico de drogas y
precursores químicos, lavado de dinero y delitos conexos, la que será
ejecutada por los organismos con atribuciones específicas en las
respectivas materias, de acuerdo a las disposiciones legales y
reglamentarias y la supervisión y evaluación de la ejecución de los
planes y programas que se establezcan de conformidad a las políticas
referidas;
II) que, el Decreto No.170/000, de 7 de junio de 2000
expresa la necesidad de coordinar en forma eficiente los esfuerzos que el
País lleva adelante en la prevención del consumo problemático de drogas,
tanto a través del Estado como desde la sociedad civil, lo cual requiere de
la formulación de una política pública de Estado;
CONSIDERANDO: que, en ese marco, reconociendo la
insuficiencia de la red pública asistencial para la atención de usuarios
de drogas en general y en situación crítica en particular, y siendo esta
insuficiencia aún mayor para la atención de cuadros de intoxicación
crónica de intensidad moderada a severa vinculados a drogas de abuso de
alto impacto psicofísico y social (alcohol, Clorhidrato de cocaína y pasta
base, entre otras), se considera necesario implementar un dispositivo de
atención que, desde la red pública dé respuesta a las situaciones antes
mencionadas;
ATENTO: a lo expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Apruébase el convenio que habrá de celebrarse
entre el Ministerio del Interior, el Ministerio de Salud Pública, la Junta
Nacional de Drogas y la Comisión Honoraria Patronato del Psicópata para la
creación de un Centro de Desintoxicación para Usuarios de Drogas, cuyo
texto forma parte de la presente resolución.
2°.- Autorízase al Prosecretario de la Presidencia
de la República Dr. Leonardo Costa Franco a suscribir y otorgar dicho
convenio en representación de la Junta Nacional de Drogas.
3°- Establécese que las erogaciones emergentes del
referido convenio se atenderán con los créditos habilitados en el Programa
001 "Determinación y Aplicación de la Política de Gobierno" del
Inciso 02 "Presidencia de la República" por Resolución del Poder
Ejecutivo de 21 de setiembre de 2004.
4°- Comuníquese.-
CONVENIO
En Montevideo, a los 29 días de noviembre de dos mil
cuatro, entre:
POR UNA PARTE: el Ministerio del Interior, con domicilio
en Mercedes 993, representado por el Sr. Ministro Dr. Daniel Borrelli;
POR OTRA PARTE: el Ministerio de Salud Pública, con
domicilio en 18 de Julio 1892, representado por el Sr. Ministro Doctor
Conrado Bonilla;
POR OTRA PARTE: la Junta Nacional de Drogas, con
domicilio en el Edificio Libertad - Av. Luis A. De Herrera 3350 piso 7,
representada por el Sr. Prosecretario de la Presidencia de la República Dr.
Leonardo Costa Franco, en calidad de Presidente;
Y
POR OTRA PARTE: la Comisión Honoraria Patronato del
Psicópata, con domicilio en Cubo del Norte 3717, representado por su
presidente, Héctor Puppo.
CONVIENEN:
PRIMERO (ANTECEDENTES):
I) En los Considerandos del Decreto No. 170/000, de 7 de
junio de 2000 se expresa la necesidad de coordinar en forma eficiente los
esfuerzos que el País lleva adelante en la prevención del consumo
problemático de drogas, tanto a través del Estado como desde la sociedad
civil, lo cual requiere de la formulación de una política pública de
Estado.
II) El Art. 3°. Del Decreto 463/988 de 13 de julio de
1988, en la redacción dada por el Art. 2°, Del Decreto No. 170/000, de 7
de junio de 2000, establece que son competencias de la Junta Nacional de
Drogas, entre otras:
a) la instrumentación de las directivas relacionadas con
la fijación de la política nacional en materia de drogas, dirigida a la
prevención del consumo problemático y tratamiento de la adicción a las
drogas y a la represión del tráfico de drogas y precursores químicos,
lavado de dinero y delitos conexos, la que será ejecutada por los
organismos con atribuciones específicas en las respectivas materias, de
acuerdo a las disposiciones legales y reglamentarias;
b) la supervisión y evaluación de la ejecución de los
planes y programas que se establezcan de conformidad a las políticas
referidas en el literal precedente;
c) En ese marco, reconociendo la insuficiencia de la red
pública asistencial para la atención de usuarios de drogas en general y en
situación crítica en particular, y siendo esta insuficiencia aún mayor
para la atención de cuadros de intoxicación crónica de intensidad
moderada a severa vinculados a drogas de abuso de alto impacto psicofísico
y social (alcohol, distintos derivados de la Coca Clorhidrato de cocaína,
pasta base entre otras), así como de aquellas situaciones clínicas
residuales del tratamiento de las intoxicaciones agudas -con o sin demanda
posterior de tratamiento-, se considera necesario implementar un dispositivo
de atención que, desde la red pública dé respuesta a las situaciones
antes mencionadas derivadas del uso abusivo y dependiente de drogas.
SEGUNDO (OBJETO): Creación de un Centro de
Desintoxicación para Usuarios de Drogas.
TERCERO (EJECUCIÓN):
a) El Ministerio del Interior pondrá a disposición del
Centro de Desintoxicación para Usuarios de Drogas un sector del ala Este
del primer piso del Centro Nacional de Rehabilitación. El mismo será
acondicionado a efectos de que el Centro posea la independencia necesaria
para su funcionamiento y permita el alojamiento de veinticinco pacientes.
Asimismo, estará a cargo del funcionamiento de una guardia perimetral que
será financiada con los aportes de la Junta Nacional de Drogas. Ésta
última coordinará con el Centro Nacional de Rehabilitación la manera de
apoyar sus actividades preventivas, didácticas y asistenciales a los
efectos de colaborar con el fortalecimiento institucional del mismo.
b) El Ministerio de Salud Pública proporcionará: la
medicación ajustada al vademécum único nacional según las necesidades y
medicación científicamente aprobada para la desintoxicación de los
usuarios de pasta base u otras drogas de abuso, proveerá también los
insumos médicos (jeringas, algodón, leuco, iodofón, etc.). Asimismo, en
el caso en que el personal médico que se desempeña en el Centro de
Desintoxicación lo entienda necesario, el Ministerio de Salud Pública
proveerá, servicio de emergencia médica brindado por los móviles del
Servicio de Asistencia Externa SSAE del MSP, servicio de emergencia
psiquiátrica brindado por el móvil del Hospital Vilardebó ACRI
(asistencia en crisis), servicios médico-quirúrgicos en los Hospitales
generales (intervenciones quirúrgicas, tuberculosis, enfermedades
infecto-contagiosas, etc.), servicios en los Hospitales Especializados
(Instituto de Oncología, Instituto de Traumatología, etc.) y servicios del
primer nivel de atención insertos en la red, para la contención y
asistencia de los usuarios, una vez que egresan del centro de
desintoxicación.
c) La Junta Nacional de Drogas aportará los recursos
financieros necesarios para el funcionamiento del Centro los cuales se
distribuirán en las siguientes partidas: $ 317.000 (pesos uruguayos
trescientos diecisiete mil) al Ministerio de Salud Pública para la
adquisición de bienes muebles destinados al equipamiento del Centro y $
336.000 (pesos uruguayos trescientos treinta y seis mil) al Ministerio del
Interior como contraprestación por el servicio de custodia, correspondiendo
$ 210.000 al presente ejercicio y los restantes $ 126.000 al ejercicio 2005.
Asimismo, se aportará la suma de $ 1.400.000 (pesos uruguayos un millón
cuatrocientos mil) al Patronato del Psicópata para solventar los costos de
contratación de personal técnico. Dicha partida se pagará de la siguiente
manera: el 40% ($ 560.000) dentro del mes de la firma del convenio y el 60%
restante en dos cuotas iguales y consecutivas de $ 420.000 cada una.
d) El Patronato del Psicópata tendrá a su cargo la
contratación y administración del personal que se desempeñará en el
Centro, así como el pago de cualquier obligación o gravamen derivados de
la aplicación de las leyes laborales y de seguridad social. El personal
será seleccionado por una comisión integrada por dos representantes de la
Junta Nacional de Drogas, un representante del Ministerio de Salud Pública,
un representante del Patronato del Psicópata y un técnico externo a
seleccionar de común acuerdo por los demás integrantes.
QUINTO (RENDICIÓN DE CUENTAS): Los organismos receptores
de fondos deberán rendir cuentas a la Contaduría de Presidencia de la
República, en los términos y condiciones establecidos en los artículos
114 y 115 del T.O.C.A.F. y en la Ordenanza No.77 del Tribunal de Cuentas de
la República. Asimismo, no podrán disponer de las partidas siguientes, en
caso de corresponder, hasta tanto no se cumpla con la obligación estipulada
precedentemente.
SEXTO (PLAZO): El presente convenio entrará en vigencia
desde la fecha del otorgamiento y regirá hasta el 31 de marzo de 2005,
pudiendo ser renovado mediante comunicación por escrito entre las partes
con una anticipación de diez días previo al vencimiento.