02/12/04
01/12/04 – SE RESUELVE NO ACCEDER A LA SOLICITUD FORMLADA
POR BANCO ACAC S.A.
VISTO: la gestión promovida por Banco ACAC S.A., en
la que solicita exoneración del Impuesto a las Transmisiones Patrimoniales,
Impuesto al Valor Agregado y del Impuesto de Contribución al Financiamiento
de la Seguridad Social, generados como consecuencia del acuerdo de compra de
patrimonio bancario de los activos, pasivos y contratos seleccionados de la
sucursal en Uruguay de Banco Sudameris Sucursal Uruguay.-
RESULTANDO: I) que el gestionante señala que la
operación de compra sin duda significa la expansión y el fortalecimiento de
su actividad por la complementariedad de operativas resultantes del acuerdo,
por el mantenimiento de la fuente de trabajo de setenta y dos personas y por
el mantenimiento de la calidad de servicios para los clientes del Banco
Sudameris, lo que asegura un mayor desarrollo de operaciones en el futuro y
la apertura de nuevas sucursales.-
II) que el gestionante funda su petición al amparo de lo
dispuesto en los artículos 26° de la Ley N° 16.906, de 7 de enero de 1998, y
5° del Decreto N° 271/001, de 16 de julio de 2001.-
CONSIDERANDO: I) que el artículo 26° de la Ley N°
16.906 citada, faculta al Poder Ejecutivo a exonerar del pago del Impuesto a
las Rentas de la Industria y Comercio, del Impuesto al Valor Agregado y del
Impuesto a las Transmisiones Patrimoniales, a las fusiones, excisiones y
transformaciones de sociedades, siempre que las mismas permitan expandirlas
o fortalecerlas.-
II) que si bien el acuerdo entre ambas instituciones
podría llegar a expandir o fortalecer al Banco ACAC S.A., no se está
cumpliendo con la condición de que dichos beneficios sean consecuencia de un
proceso de fusión, excisión o transformación de la empresa solicitante, pues
en realidad responde aun proceso de compra de activos y pasivos.-
ATENTO: a lo informado por la Asesoría Macroeconómica
y Financiera y la Asesoría Tributaria del Ministerio de Economía y
Finanzas.-
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°) No acceder a la solicitud formulada.-
2°) Notifíquese y archívese.-