02/12/04
01/12/04 – SE ADJUDICA A COOPERATIVA DE VIVIENDAS
"APARICIO SARAVIA", UN SUBSIDIO DE U.R. 49.450 CON DESTINO A FINANCIAR LA
CONSTRUCCIÓN DE UN PROGRAMA HABITACIONAL DE 43 VIVIENDAS.
VISTO: la solicitud de subsidio presentada por la
cooperativa de viviendas de usuarios de ayuda mutua "Aparicio Saravia" (COVIASA),
inscripta en el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio
Ambiente con el Nro.166, con destino a financiar la construcción de cuarenta
y tres viviendas;
RESULTANDO: I) que este Ministerio tiene entre sus
cometidos el otorgar préstamos y subsidios directos a las cooperativas de
viviendas cuyos integrantes tengan ingresos de hasta 75 unidades
reajustables;
II) que la cooperativa de viviendas indicada en el
Visto está integrada por familias con ingresos mensuales de entre 0 y 30
unidades reajustables;
III) que es necesario establecer un régimen especial
para estas cooperativas, en atención a que se trata de familias carenciadas,
con muy bajos ingresos;
CONSIDERANDO: I) que en virtud de lo indicado en
el Resultando III, la Dirección Nacional de Vivienda estima pertinente
otorgar a la cooperativa de Vivienda de Usuarios de ayuda mutua "Aparicio
Saravia" un subsidio de U .R 1.150 (mil ciento cincuenta unidades
reajustables) por familia, lo cual hace un total de U.R. 49.450 (cuarenta y
nueve mil cuatrocientos cincuenta unidades reajustables); más el aporte por
concepto de ayuda mutua valuado en U.R. 115 (ciento quince unidades
reajustables) por familia;
II) que una vez entregadas las viviendas, cada
familia estará obligada a pagar 60 cuotas de 2 U.R. cada una;
III) que el estudio realizado por los servicios
técnicos de la Dirección Nacional de Vivienda ha arrojado los siguientes
resultados:
a) se trata de un programa de 43 viviendas a ubicarse
en la localidad de Mercedes, departamento de Soriano, en el terreno padrón
Nro. 9288, de la 1ª Sección Judicial de Soriano;
b) la Cooperativa ha presentado la declaración jurada
de ingresos de cada una de las familias integrantes y se ha corroborado que
pertenecen a la franja de ingresos de 0 a 30 unidades reajustables;
ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo
dispuesto por el artículo 62, 64,72, 142 y 143 del Texto Ordenado de la Ley
de Vivienda;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Adjudícase a la Cooperativa de Vivienda de
Usuarios de ayuda mutua "Aparicio Saravia", inscripta en el Ministerio de
Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente con el Nro.166, un
subsidio de U.R. 49.450 (cuarenta y nueve mil cuatrocientos cincuenta
unidades reajustables) con destino a financiar la construcción de un
programa habitacional de 43 viviendas para los integrantes de la
cooperativa, integrada por los siguientes beneficiarios:
2°.- La erogación dispuesta será con cargo al Fondo
Nacional de Vivienda y Urbanización, habiéndose emitido constancia de
afectación de crédito Nro. 2004/087 por la Dirección Nacional de Vivienda
del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente.
4°.- El plazo de ejecución de las obras es de treinta
meses a contar a partir de su inicio. Una vez finalizadas, las viviendas
deberán ser ocupadas y los adjudicatarios deberán comenzar a pagar las
cuotas dentro del término de tres meses posteriores a la ocupación.
5°.- La entrega de los fondos será por cuotas de
acuerdo al avance de obras.
6°.- El Instituto de Asistencia Técnica CIATAL está
inscripto con el Nro.148 en el Registro de Institutos de Asistencia Técnica
del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente.
7°.- Pase a la Dirección Nacional de Vivienda para la
notificación a los interesados.