02/12/04

01/12/04 – SE ADJUDICA A COOPERATIVA DE VIVIENDAS "APARICIO SARAVIA", UN SUBSIDIO DE U.R. 49.450 CON DESTINO A FINANCIAR LA CONSTRUCCIÓN DE UN PROGRAMA HABITACIONAL DE 43 VIVIENDAS.

 

VISTO: la solicitud de subsidio presentada por la cooperativa de viviendas de usuarios de ayuda mutua "Aparicio Saravia" (COVIASA), inscripta en el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente con el Nro.166, con destino a financiar la construcción de cuarenta y tres viviendas;

RESULTANDO: I) que este Ministerio tiene entre sus cometidos el otorgar préstamos y subsidios directos a las cooperativas de viviendas cuyos integrantes tengan ingresos de hasta 75 unidades reajustables;

II) que la cooperativa de viviendas indicada en el Visto está integrada por familias con ingresos mensuales de entre 0 y 30 unidades reajustables;

III) que es necesario establecer un régimen especial para estas cooperativas, en atención a que se trata de familias carenciadas, con muy bajos ingresos;

CONSIDERANDO: I) que en virtud de lo indicado en el Resultando III, la Dirección Nacional de Vivienda estima pertinente otorgar a la cooperativa de Vivienda de Usuarios de ayuda mutua "Aparicio Saravia" un subsidio de U .R 1.150 (mil ciento cincuenta unidades reajustables) por familia, lo cual hace un total de U.R. 49.450 (cuarenta y nueve mil cuatrocientos cincuenta unidades reajustables); más el aporte por concepto de ayuda mutua valuado en U.R. 115 (ciento quince unidades reajustables) por familia;

II) que una vez entregadas las viviendas, cada familia estará obligada a pagar 60 cuotas de 2 U.R. cada una;

III) que el estudio realizado por los servicios técnicos de la Dirección Nacional de Vivienda ha arrojado los siguientes resultados:

a) se trata de un programa de 43 viviendas a ubicarse en la localidad de Mercedes, departamento de Soriano, en el terreno padrón Nro. 9288, de la 1ª Sección Judicial de Soriano;

b) la Cooperativa ha presentado la declaración jurada de ingresos de cada una de las familias integrantes y se ha corroborado que pertenecen a la franja de ingresos de 0 a 30 unidades reajustables;

ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo dispuesto por el artículo 62, 64,72, 142 y 143 del Texto Ordenado de la Ley de Vivienda;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Adjudícase a la Cooperativa de Vivienda de Usuarios de ayuda mutua "Aparicio Saravia", inscripta en el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente con el Nro.166, un subsidio de U.R. 49.450 (cuarenta y nueve mil cuatrocientos cincuenta unidades reajustables) con destino a financiar la construcción de un programa habitacional de 43 viviendas para los integrantes de la cooperativa, integrada por los siguientes beneficiarios:

 

 

 

 

2°.- La erogación dispuesta será con cargo al Fondo Nacional de Vivienda y Urbanización, habiéndose emitido constancia de afectación de crédito Nro. 2004/087 por la Dirección Nacional de Vivienda del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente.

4°.- El plazo de ejecución de las obras es de treinta meses a contar a partir de su inicio. Una vez finalizadas, las viviendas deberán ser ocupadas y los adjudicatarios deberán comenzar a pagar las cuotas dentro del término de tres meses posteriores a la ocupación.

5°.- La entrega de los fondos será por cuotas de acuerdo al avance de obras.

6°.- El Instituto de Asistencia Técnica CIATAL está inscripto con el Nro.148 en el Registro de Institutos de Asistencia Técnica del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente.

7°.- Pase a la Dirección Nacional de Vivienda para la notificación a los interesados.