02/12/04
02/12/04 - SE HOMOLOGA REFORMA DE ESTATUTOS DE LA CAJA DE
SERVICIOS SOCIALES Y SEGURO DE ENFERMEDAD DEL PERSONAL DE LNDUSTRIALIZADORA
DE MAÍZ S.A. (CASSEIMSA)
VISTO: La solicitud formulada por la Caja de
Servicios Sociales y Seguro de Enfermedad del Personal de Industrializadora
de Maíz S.A. (CASSEIMSA), referente a la homologación de la reforma de sus
Estatutos
RESULTANDO: I) Que de acuerdo al informe de Sala de
Abogados del Banco de Previsión Social de 20 de agosto de 2003,
Industrializadora de Maíz S.A. se fusionó a Bestfoods Uruguay S.A. sin
liquidarse
II) Que el Directorio del Banco de Previsión Social
por resolución de 28 de abril de 2004 resolvió elevar las actuaciones a
fin de considerar la homologación de la reforma de Estatutos de CASSEIMSA,
hoy CASSEBESTFOODS
CONSIDERANDO: I) Que al producirse la incorporación
por fusión de Industrializadora de Maíz S.A. a Bestfoods Uruguay S.A. -hoy
Unilever Uruguay S.A.-, se ha producido la trasmisión a título universal
del patrimonio de la primera a la segunda, por lo que ésta se convirtió en
titular de todos los derechos y en sujeto pasivo de todas las obligaciones
que constituían el patrimonio de IMSA, incluido el convenio colectivo
suscrito con su personal el 20 de febrero de 1976 que dio origen a CASSEIMSA
II) Que no existe razón legal para oponerse a la
reforma de Estatutos solicitada, habiendo sido aprobada la misma por el
Directorio de IMSA, el Consejo Directivo de CASSEIMSA y el personal afiliado
III) Que CASSEIMSA comprendía a los trabajadores de
la empresa Industrializadora de Maíz S.A., incorporada por fusión a
Bestfoods Uruguay S.A.
IV) Que de las actuaciones administrativas
realizadas, surge que Bestfoods Uruguay S.A. no tenía personal dependiente
propio al momento de la incorporación por fusión de Industrializadora de
Maíz S.A., y en consecuencia CASSEIMSA no amplió la cantidad de
trabajadores comprendidos
V) Que actualmente la empresa Unilever Uruguay S.A.
es continuadora de las actividades de Besfoods Uruguay S.A., y por lo tanto
corresponde la aprobación de la transformación de CASSEIMSA en
CASSEBESTFOODS mediante la correspondiente reforma de Estatutos
ATENTO: A lo precedentemente expuesto, y a lo
dispuesto por el inciso final del artículo 40 del Decreto Ley 14.407 de 22
de julio de 1975
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE
1°.- Homólogase la reforma de Estatutos de la Caja
de Servicios Sociales y Seguro de Enfermedad del Personal de
lndustrializadora de Maíz S.A. (CASSEIMSA) la cual pasará a denominarse
Caja de Servicios Sociales y Seguro de Enfermedad del Personal de Bestfoods
S.A. (CASSEBESTFOODS), como consecuencia de la fusión por incorporación de
las empresa lndustrializadora de Maíz S. A. y Bestfoods Uruguay S.A., hoy
Unilever Uruguay S.A.
2°.- Publíquese, y comuníquese al Banco de
Previsión Social a sus efectos.-