02/12/04

02/12/04 - SE HOMOLOGA REFORMA DE ESTATUTOS DE LA CAJA DE SERVICIOS SOCIALES Y SEGURO DE ENFERMEDAD DEL PERSONAL DE LNDUSTRIALIZADORA DE MAÍZ S.A. (CASSEIMSA)

VISTO: La solicitud formulada por la Caja de Servicios Sociales y Seguro de Enfermedad del Personal de Industrializadora de Maíz S.A. (CASSEIMSA), referente a la homologación de la reforma de sus Estatutos

RESULTANDO: I) Que de acuerdo al informe de Sala de Abogados del Banco de Previsión Social de 20 de agosto de 2003, Industrializadora de Maíz S.A. se fusionó a Bestfoods Uruguay S.A. sin liquidarse

II) Que el Directorio del Banco de Previsión Social por resolución de 28 de abril de 2004 resolvió elevar las actuaciones a fin de considerar la homologación de la reforma de Estatutos de CASSEIMSA, hoy CASSEBESTFOODS

CONSIDERANDO: I) Que al producirse la incorporación por fusión de Industrializadora de Maíz S.A. a Bestfoods Uruguay S.A. -hoy Unilever Uruguay S.A.-, se ha producido la trasmisión a título universal del patrimonio de la primera a la segunda, por lo que ésta se convirtió en titular de todos los derechos y en sujeto pasivo de todas las obligaciones que constituían el patrimonio de IMSA, incluido el convenio colectivo suscrito con su personal el 20 de febrero de 1976 que dio origen a CASSEIMSA

II) Que no existe razón legal para oponerse a la reforma de Estatutos solicitada, habiendo sido aprobada la misma por el Directorio de IMSA, el Consejo Directivo de CASSEIMSA y el personal afiliado

III) Que CASSEIMSA comprendía a los trabajadores de la empresa Industrializadora de Maíz S.A., incorporada por fusión a Bestfoods Uruguay S.A.

IV) Que de las actuaciones administrativas realizadas, surge que Bestfoods Uruguay S.A. no tenía personal dependiente propio al momento de la incorporación por fusión de Industrializadora de Maíz S.A., y en consecuencia CASSEIMSA no amplió la cantidad de trabajadores comprendidos

V) Que actualmente la empresa Unilever Uruguay S.A. es continuadora de las actividades de Besfoods Uruguay S.A., y por lo tanto corresponde la aprobación de la transformación de CASSEIMSA en CASSEBESTFOODS mediante la correspondiente reforma de Estatutos

ATENTO: A lo precedentemente expuesto, y a lo dispuesto por el inciso final del artículo 40 del Decreto Ley 14.407 de 22 de julio de 1975

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE

1°.- Homólogase la reforma de Estatutos de la Caja de Servicios Sociales y Seguro de Enfermedad del Personal de lndustrializadora de Maíz S.A. (CASSEIMSA) la cual pasará a denominarse Caja de Servicios Sociales y Seguro de Enfermedad del Personal de Bestfoods S.A. (CASSEBESTFOODS), como consecuencia de la fusión por incorporación de las empresa lndustrializadora de Maíz S. A. y Bestfoods Uruguay S.A., hoy Unilever Uruguay S.A.

2°.- Publíquese, y comuníquese al Banco de Previsión Social a sus efectos.-