10/12/04

09/12/04 – SE AUTORIZA LA TRASPOSICIÓN DE CRÉDITOS PRESUPUESTALES DE PROYECTOS DE INVERSIÓN DE LA U.E 004 OPP.

 

VISTO: la gestión promovida por la Unidad Ejecutora 004 "Oficina de Planeamiento y Presupuesto" del Programa 002 "Planificación para el Desarrollo y Asesoramiento Presupuestal del Sector Público" , Inciso 02 "Presidencia de la República", solicitando la trasposición de crédito presupuestal del Proyecto 960 "Programa de Desarrollo Municipal" al Proyecto 727 "Programa de Integración de Asentamientos Irregulares", por un monto de $ 4:676.143 en la financiación 1.1 "Rentas Generales" y de $ 19:520.616 en la financiación 2.1 "Endeudamiento Externo".

CONSIDERANDO: que se ha constatado disponibilidad de crédito en el proyecto reforzante, en ambas fuentes de financiamiento.

ATENTO: a lo establecido en el artículo 60 de la Ley N° 16.170 de 28 de diciembre de 1990 y artículo 32 de la Ley N° 16.226 de 29 de octubre de 1991 (artículo 14, Decreto N° 342/97 de 17 de setiembre de 1997, Texto Ordenado de Inversiones), y a lo informado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE

1°.- Autorízase la trasposición de créditos presupuestales de proyectos de inversión de la Unidad Ejecutora 004 "Oficina de Planeamiento y Presupuesto" del Programa 002 "Planificación para el Desarrollo y Asesoramiento Presupuestal del Sector Público", Inciso 02 "Presidencia de la República" según el siguiente detalle:

Proyecto Reforzante

Financiación

Monto

960 –"Programa de Desarrollo Municipal"

1.1"RR.GG"

$ 4.676.143

 

2.1"EE.EE"

$ 19.520.616

   

$ 24.196.759

Proyecto Reforzado

Financiación

Monto

727 – "Programa de Integración de Asentamientos Irregulares"

1.1"RR.GG"

$ 4.676.143

 

2.1"EE.EE"

$ 19.520.616

   

$ 24.196.759

1°.- Dese cuenta a la Contaduría General de la Nación, a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, al Tribunal de Cuentas y a la Asamblea General.

3°.- Comuníquese y pase a la División Contabilidad y Finanzas de la Presidencia de la República.