10/12/04
    
    08/12/04 – NO HA LUGAR A LA PETICIÓN FORMULADA POR LA 
    EMPRESA INCOCI S.A. ANTE LA ADJUDICACIÓN A LA EMPRESA WORKOVIAL S.A. PARA 
    LAS OBRAS EN LA RUTA Nº 19
     
    
    
    
    VISTO: estos antecedentes relacionados en la 
    Licitación Pública N° 19/04, formulada por la Dirección Nacional de 
    Vialidad, convocada para la ejecución de las obras de: "Rehabilitación, 
    refuerzo y ejecución de un tratamiento superficial bituminoso en la Ruta N° 
    19 entre las progresivas 0Km000 (Ruta Nº 14) y 13Km500". 
    
    RESULTANDO: I) Que al citado acto presentaron 
    ofertas las firmas: BERSUR S.R.L.; EDUARDO MARTINEZ S.A.; OBRAS & SERVICIOS 
    DEL URUGUAY S.A.; INCOCI S.A.,. WORKVIAL S.A.; EMILIO DIAZ ALVAREZ S.A. ; 
    JESUS GONZALELC; LTDA. ; RUNDY S.A. ; SURVIAL COOPERATIVA y RAMON C. ALVAREZ 
    S.A., según surge del Acta glosada a fojas 72;y 72 vta. de autos.
    II) Que la Comisión Asesora de Adjudicaciones de 
    Obras de Vialidad, al encarar el estudio de las ofertas presentadas y 
    analizar el cuadro comparativo de propuestas que adjunta, concluye: 
    adjudicar las obras de que se trata, a la empresa WORKVIAL S.A., por el 
    precio total de $ 20:611.028,19 incluido el I.V.A., COFIS y Leyes Sociales, 
    por considerar que dicha oferta es la de menor precio, que cumple con las , 
    condiciones establecidas en el llamado.
    III) Que se han puesto de manifiesto las presentes 
    actuaciones, de conformidad con la :reglamentación que rige estos 
    procedimientos, habiendo presentado escrito de petición la empresa INCOCI 
    S.A., agraviándose por entender que: a) la empresa preadjudicataria no tiene 
    capital de trabajo suficiente; b) no cuenta con la maquinaria para la 
    ejecución de las obras; c) la nota del Banco de Seguros del Estado no tiene 
    carácter oficial y d) las canteras ofrecidas no cumplen las exigencias de 
    calidad.
    IV) Que luego de haber efectuado un exhaustivo 
    análisis de los planteos formulados, la Comisión Asesora de Adjudicaciones 
    manifiesta no compartir los mismos por los argumentos expuestos a fs. 591 y 
    591 vta. de obrados, decidiendo mantener la recomendación de adjudicación a 
    la firma WORKVIAL S.A.
    V) Que a los fines de la adjudicación que se 
    propone es necesario autorizar las partidas de $ 14:704.222,86 para 
    Contrato, $ 3:452.992,65 para I.V.A. (23%), $ 308.788,68 para COFIS (3% de 
    70%), $ 2:145.024,00 para Leyes Sociales y $ 2:061.102,82 para Imprevistos, 
    de conformidad con lo informado por la Comisión Asesora actuante en autos.
    VI) Que el Departamento Contaduría de la Dirección 
    Nacional de Vialidad ha tomado -intervención, emitiendo un Documento de 
    Afectación del Gasto N° 1333 por la suma de $ 2:220.000,00 para atender la 
    estimación prevista por la División Programación de di9ha dependencia para 
    el presente Ejercicio con cargo a fondos provenientes del Programa 003, 
    Proyecto 855, Financiación 1.4 FIMTOP.
    VII) Que el Tribunal de Cuentas de la República 
    (Oficina Central Carpeta N° 203.628), ha tomado la intervención previa que 
    le compete.
    
    ATENTO: a lo preceptuado en el "T.O.C.A.F 1996", 
    aprobado por el Decreto N° 194/,997 de 10 de junio de 1997.
    
    EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
    RESUELVE: 
    1º.- No ha lugar a la petición formulada -en autos- 
    por la empresa INCOCI S.A., en donde manifiesta su preocupación respecto a 
    que la firma propuesta como adjudicataria no reúne las condiciones exigidas 
    en el Pliego de Condiciones que rige la presente licitación. 
    
    2°.- Adjudícase a la empresa WORKVIAL S.A., las obras 
    denominadas: "Rehabilitación, refuerzo y ejecución de un tratamiento 
    superficial bituminoso en la Ruta N° 19 entre las progresivas 0Km000 (Ruta 
    N° 14) y 13Km500", por la suma de $ 20:611.028,19 (pesos uruguayos veinte 
    millones seiscientos once mil veintiocho con diecinueve centésimos), 
    incluido el I.V.A.; COFIS y Leyes Sociales, en un todo de acuerdo con la 
    propuesta presentada al llamado a Licitación Pública N° 19/04, formulado por 
    la Dirección Nacional de Vialidad.
    
    3°.- Autorízase a los fines indicados, la inversión 
    de la suma total de $ 22:672.131,01 (pesos uruguayos veintidós millones 
    seiscientos setenta y dos mil ciento treinta y uno con un centésimo), 
    discriminada de la siguiente manera: $ 14:704.222,86 para Contrato; $ 
    308.788,68 para COFIS (3% de 70%); $ 3:452.992,65 para IVA (23%); $ 
    2:145.024,00 para Leyes Sociales y $ 2:061.102,82 para imprevistos ( 10%), 
    establecese que la estimación de obra prevista para el presente ejercicio 
    que asciende a la suma de $ 2:220.000,00 serán ejecutadas con cargo a fondos 
    provenientes de financiación 1.4 (FIMTOP).
    Las sumas autorizadas precedentemente y los Mayores 
    Costos resultantes, se atenderán con cargo a la Ley N° 17.296 de 21 de 
    febrero de 2001, Programa 003, Proyecto 855, Financiamiento 1.4 FIMTOP.
    
    4°.- Autorízase a la Dirección Nacional de Vialidad a 
    proceder en la forma indicada por el artículo 16.3 del Pliego de Condiciones 
    de la obra de que se trata ~ Comuníquese y tomen nota -por su orden- la 
    División Contabilidad y Finanzas y el Contador Central en calidad de 
    Contador Delegado del Tribunal de Cuentas de la República. Hecho, vuelva a 
    la Dirección Nacional de Vialidad para notificar a las firmas intervinientes 
    en este acto y par cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto N° 5261003 de 
    18 de diciembre de 2003.