10/12/04

08/12/04 – NO HA LUGAR A LA PETICIÓN FORMULADA POR LA EMPRESA INCOCI S.A. ANTE LA ADJUDICACIÓN A LA EMPRESA WORKOVIAL S.A. PARA LAS OBRAS EN LA RUTA Nº 19

 

VISTO: estos antecedentes relacionados en la Licitación Pública N° 19/04, formulada por la Dirección Nacional de Vialidad, convocada para la ejecución de las obras de: "Rehabilitación, refuerzo y ejecución de un tratamiento superficial bituminoso en la Ruta N° 19 entre las progresivas 0Km000 (Ruta Nº 14) y 13Km500".

RESULTANDO: I) Que al citado acto presentaron ofertas las firmas: BERSUR S.R.L.; EDUARDO MARTINEZ S.A.; OBRAS & SERVICIOS DEL URUGUAY S.A.; INCOCI S.A.,. WORKVIAL S.A.; EMILIO DIAZ ALVAREZ S.A. ; JESUS GONZALELC; LTDA. ; RUNDY S.A. ; SURVIAL COOPERATIVA y RAMON C. ALVAREZ S.A., según surge del Acta glosada a fojas 72;y 72 vta. de autos.

II) Que la Comisión Asesora de Adjudicaciones de Obras de Vialidad, al encarar el estudio de las ofertas presentadas y analizar el cuadro comparativo de propuestas que adjunta, concluye: adjudicar las obras de que se trata, a la empresa WORKVIAL S.A., por el precio total de $ 20:611.028,19 incluido el I.V.A., COFIS y Leyes Sociales, por considerar que dicha oferta es la de menor precio, que cumple con las , condiciones establecidas en el llamado.

III) Que se han puesto de manifiesto las presentes actuaciones, de conformidad con la :reglamentación que rige estos procedimientos, habiendo presentado escrito de petición la empresa INCOCI S.A., agraviándose por entender que: a) la empresa preadjudicataria no tiene capital de trabajo suficiente; b) no cuenta con la maquinaria para la ejecución de las obras; c) la nota del Banco de Seguros del Estado no tiene carácter oficial y d) las canteras ofrecidas no cumplen las exigencias de calidad.

IV) Que luego de haber efectuado un exhaustivo análisis de los planteos formulados, la Comisión Asesora de Adjudicaciones manifiesta no compartir los mismos por los argumentos expuestos a fs. 591 y 591 vta. de obrados, decidiendo mantener la recomendación de adjudicación a la firma WORKVIAL S.A.

V) Que a los fines de la adjudicación que se propone es necesario autorizar las partidas de $ 14:704.222,86 para Contrato, $ 3:452.992,65 para I.V.A. (23%), $ 308.788,68 para COFIS (3% de 70%), $ 2:145.024,00 para Leyes Sociales y $ 2:061.102,82 para Imprevistos, de conformidad con lo informado por la Comisión Asesora actuante en autos.

VI) Que el Departamento Contaduría de la Dirección Nacional de Vialidad ha tomado -intervención, emitiendo un Documento de Afectación del Gasto N° 1333 por la suma de $ 2:220.000,00 para atender la estimación prevista por la División Programación de di9ha dependencia para el presente Ejercicio con cargo a fondos provenientes del Programa 003, Proyecto 855, Financiación 1.4 FIMTOP.

VII) Que el Tribunal de Cuentas de la República (Oficina Central Carpeta N° 203.628), ha tomado la intervención previa que le compete.

ATENTO: a lo preceptuado en el "T.O.C.A.F 1996", aprobado por el Decreto N° 194/,997 de 10 de junio de 1997.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1º.- No ha lugar a la petición formulada -en autos- por la empresa INCOCI S.A., en donde manifiesta su preocupación respecto a que la firma propuesta como adjudicataria no reúne las condiciones exigidas en el Pliego de Condiciones que rige la presente licitación.

2°.- Adjudícase a la empresa WORKVIAL S.A., las obras denominadas: "Rehabilitación, refuerzo y ejecución de un tratamiento superficial bituminoso en la Ruta N° 19 entre las progresivas 0Km000 (Ruta N° 14) y 13Km500", por la suma de $ 20:611.028,19 (pesos uruguayos veinte millones seiscientos once mil veintiocho con diecinueve centésimos), incluido el I.V.A.; COFIS y Leyes Sociales, en un todo de acuerdo con la propuesta presentada al llamado a Licitación Pública N° 19/04, formulado por la Dirección Nacional de Vialidad.

3°.- Autorízase a los fines indicados, la inversión de la suma total de $ 22:672.131,01 (pesos uruguayos veintidós millones seiscientos setenta y dos mil ciento treinta y uno con un centésimo), discriminada de la siguiente manera: $ 14:704.222,86 para Contrato; $ 308.788,68 para COFIS (3% de 70%); $ 3:452.992,65 para IVA (23%); $ 2:145.024,00 para Leyes Sociales y $ 2:061.102,82 para imprevistos ( 10%), establecese que la estimación de obra prevista para el presente ejercicio que asciende a la suma de $ 2:220.000,00 serán ejecutadas con cargo a fondos provenientes de financiación 1.4 (FIMTOP).

Las sumas autorizadas precedentemente y los Mayores Costos resultantes, se atenderán con cargo a la Ley N° 17.296 de 21 de febrero de 2001, Programa 003, Proyecto 855, Financiamiento 1.4 FIMTOP.

4°.- Autorízase a la Dirección Nacional de Vialidad a proceder en la forma indicada por el artículo 16.3 del Pliego de Condiciones de la obra de que se trata ~ Comuníquese y tomen nota -por su orden- la División Contabilidad y Finanzas y el Contador Central en calidad de Contador Delegado del Tribunal de Cuentas de la República. Hecho, vuelva a la Dirección Nacional de Vialidad para notificar a las firmas intervinientes en este acto y par cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto N° 5261003 de 18 de diciembre de 2003.