17/12/04

15/12/04 – DESIGNACIÓN EN LA DIRECCIÓN NACIONAL DE SANIDAD DE LAS FUERZAS ARMADAS.

 

Visto: la propuesta formulada por la Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas, por la que se gestiona la designación como Jefe de Sección, Químico, Escalafón A, Grado 10 al Químico Eduardo Héctor Santi Estefan y se le otorgue equiparación al grado de Teniente 1ro.

Considerando: que la misma se gestiona al amparo de lo establecido en los artículos 4to. y 5to. de la Ley 16.127 de 7 de agosto de 1990, artículos 8vo. y 9no. de la Ley 16.720 de 13 de octubre de 1995, artículo 104 de la Ley 17.296 de 21 de febrero de 2001 y artículos 75 y 76 del Decreto-Ley 14.157 (Orgánico de las Fuerzas Armadas) de 21 de febrero de 1974 con su redacción ampliatoria dada por el artículo 100 de la Ley 17.296 de 21 de febrero de 2001.

Atento: a las opiniones favorables de la Oficina Nacional del Servicio Civil y de la Contaduría General de la Nación.

El Presidente de la República,
Resuelve:

1ro.- Desígnase, en el Programa 006 "Salud Militar", Unidad Ejecutora 033 "Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas", del Inciso 03 "Ministerio de Defensa Nacional" en el cargo de Jefe de Sección, Químico, Escalafón A, Grado 10 al Químico Eduardo Héctor Santi Estefan, ciudadano natural, Credencial Cívica Serie BMB Nro. 25.560.

2do.- Otórgase la equiparación al grado de Teniente 1ro. al Jefe de Sección, Químico, Escalafón A, Grado 10, Químico Eduardo Héctor Santi Estefan.

3ro.- En el caso que la persona designada precedentemente, tenga carácter de funcionario público, deberá presentar constancia de que ha sido aceptada la renuncia al cargo que actualmente desempeña, excepto si se trata de función docente, o se encuentra comprendido en lo establecido en el artículo 106 del Decreto-Ley 14.985 de 28 de diciembre de 1979, en cuyo caso deberá tramitar las acumulaciones de sueldos correspondientes. Previo a la toma de posesión del cargo el funcionario designado deberá ser dado de baja del que actualmente ocupa en la Administración Central.

4to.- Comuníquese, publíquese y pase a la Dirección Financiero Contable del Ministerio de Defensa Nacional, a la Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas, a la Oficina Nacional del Servicio Civil y a la Contaduría General de la Nación. Cumplido, archívese.