17/12/04

15/12/04 - EXTENSIÓN DE REDUCCIÓN DE TASAS DEL IMPUESTO A LOS ACTIVOS DE LAS EMPRESAS BANCARIAS DISPUESTAS POR DECRETO N° 113/004 DE 31/03/2004

 

VISTO: lo dispuesto por el Decreto N° 113/004, de 31 de marzo de 2004.-

RESULTANDO: que la citada norma dispuso la disminución de la diferencia de tasas del Impuesto a los Activos de las Empresas Bancarias, aplicables a las reliquidaciones originadas en la cancelación de determinados préstamos en plazos menores a los previstos originalmente.-

CONSIDERANDO: I) que el periodo de negociación es largo en el tiempo en función de la tramitación que conlleva.-

II) que el sector público ha entendido necesario ayudar en el proceso a fin de facilitar el arreglo caso a caso entre deudores y acreedores.-

III) es conveniente extender el plazo de aplicación de la disposición referida.-

ATENTO: a lo expuesto.-

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- La reducción de tasas del Impuesto a los Activos de las Empresas Bancarias dispuestas por el Decreto N° 113/004, de 31 de marzo de 2004, se aplicará a las cancelaciones que cumpliendo con las hipótesis establecidas en dicha norma, se realicen hasta el 31 de diciembre de 2005.-

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, etc..-