17/12/04
15/12/04 - EXTENSIÓN DE REDUCCIÓN DE TASAS DEL IMPUESTO A
LOS ACTIVOS DE LAS EMPRESAS BANCARIAS DISPUESTAS POR DECRETO N° 113/004 DE
31/03/2004
VISTO: lo dispuesto por el Decreto N° 113/004, de 31
de marzo de 2004.-
RESULTANDO: que la citada norma dispuso la
disminución de la diferencia de tasas del Impuesto a los Activos de las
Empresas Bancarias, aplicables a las reliquidaciones originadas en la
cancelación de determinados préstamos en plazos menores a los previstos
originalmente.-
CONSIDERANDO: I) que el periodo de negociación es
largo en el tiempo en función de la tramitación que conlleva.-
II) que el sector público ha entendido necesario
ayudar en el proceso a fin de facilitar el arreglo caso a caso entre
deudores y acreedores.-
III) es conveniente extender el plazo de aplicación
de la disposición referida.-
ATENTO: a lo expuesto.-
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- La reducción de tasas del Impuesto a
los Activos de las Empresas Bancarias dispuestas por el Decreto N° 113/004,
de 31 de marzo de 2004, se aplicará a las cancelaciones que cumpliendo con
las hipótesis establecidas en dicha norma, se realicen hasta el 31 de
diciembre de 2005.-
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, etc..-