17/12/04

15/12/04 - AUTORIZACIÓN A LA SIBARITA S.A. PARA ENAJENAR LAS SIGUIENTES MAQUINARIAS Y EQUIPOS

 

VISTO: la solicitud de la firma LA SIBARITA S.A., tendiente a que se modifique la Resolución del Poder Ejecutivo, de fecha 18 de agosto de 2004, a través de la cual se le autorizó la reexportación a la República Argentina, de las maquinarias y equipos que conforman las líneas de producción de comidas preparadas y pizza a la piedra, importadas al amparo de las Resoluciones del Poder Ejecutivo, de fecha 30 de junio de 1999 y 31 de mayo de 2001;

CONSIDERANDO: I) que ante la negociación de venta de la empresa, junto a la necesidad de permisos especiales por parte del gobierno argentino para la importación de la maquinaria usada, se han visto obligados a modificar sus planes iniciales, y solicitar autorización para vender en plaza las maquinarias y equipos, mencionados en el "Visto", a la sociedad uruguaya VENAY S.S.;

RESULTANDO: I) que dicha enajenación se justifica por el resultado negativo que le implica a la empresa el mantenimiento de líneas de producción cuya demanda del exterior no se verificó de acuerdo a lo previsto en el proyecto de inversión;

II) que la línea de producción de comidas preparadas fue ingresada efectivamente al país en el ejercicio 1998/1999;

III) que la línea de producción de pizza a la piedra fue ingresada efectivamente al país entre los ejercicios 2000 y 2002;

IV) que por la vida útil restante de las referidas líneas de producción, no corresponde el pago proporcional del beneficio de Autocanalización del Ahorro dado que la empresa La Sibarita no ha usufructuado este beneficio, otorgado por las Resoluciones del Poder Ejecutivo, de fecha 30 de junio de 1999 y 31 de mayo de 2001;

ATENTO: a lo aconsejado por la Comisión de Aplicación, creada por el Artículo 12°, de la Ley N° 16.906, de 7 de enero de 1998;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Autorízase a la firma LA SIBARITA S.A. a enajenar las siguientes maquinarias y equipos a la empresa VENAY S.A.:

Un (1) laminador

Un (1) horno eléctrico

Una (1) noria para pizza

Una (1) bomba a tornillo

Una (1) paila

Una (1) línea para comida

Una (1) máquina para canelones

Una (1) instalación para canelones

Una (1) sub estación

Una (1) bomba centrifuga

Una (1) celda

Un (1) equipo de frío

Una (1) amasadora volcable para 200 kg

Una (1) bollera cónica

Una (1) picadora de queso

Una (1) cortadora de queso

Un (1) equipo de movimiento de salsa

Un (1) equipo de frío

Un (1) alimentador automático tipo CPL + flow pack

Un (1) transporte curva 90° + túnel de termo cocción de film

Una (1) estuchadora horizontal

Una (1) estructura y armario eléctrico de acero inoxidable

Un (1) distribuidor de sistema Nordson

Un (1) transportador de estuches

Una (1) controladora de peso y detector de metales

Una (1) instalación de noria

Una (1) modificación del tren laminado

Un (1) intercambiador para enfriado de salsa

Una (1) olla para salsa roja

Una (1) máquina cortadora-feteadora

Un (1) conjunto de instrumentos para automatización de línea de salsa compuesto de: dos (2) transmisores de presión inteligentes, dos (2) display de montaje en panel, un (I) sistema de medición del nivel de presión hidrostática

Tres (3) carros tanque para salsa

Una (1) bomba centrífuga auto aspirante inoxidable

2°.- Déjase sin efecto la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 18 de agosto de 2004 por la que se autorizaba a La Sibarita S.A. a la reexportación de las citadas mercaderías

.- Comuníquese a la Comisión de Aplicación, etc.-