17/12/04
    
    15/12/04 – SE MODIFICA NUMERAL 1° DE RES. DEL P.E. DE 
    28/05/03, RELATIVA A EXONERACIÓN TRIBUTARIA AL FONDO DE SOLIDARIDAD.
     
    VISTO: la gestión promovida por el Fondo de 
    Solidaridad, en la que solicita modificación de la Resolución del Poder 
    Ejecutivo de 28 de mayo de 2003. 
    
    RESULTANDO: I) que por el referido acto se declaró al 
    Fondo de Solidaridad, exonerado del pago los siguientes tributos: Tasa 
    Global Arancelaria, Impuesto Específico Interno, Impuesto al Valor Agregado, 
    Tasas Consulares, Comisión sobre Importaciones, Tasa de Servicios 
    Extraordinarios y Tasa de Servicios Automatizados, en ocasión de la 
    importación de diversos bienes. 
    
    II) que en dicha declaración se omitió incluir el 
    Impuesto de Contribución al Financiamiento de la Seguridad Social. 
    
    CONSIDERANDO: lo expuesto y que se mantienen las 
    causales que ameritaron la Resolución del Poder Ejecutivo de 28 de mayo de 
    2003, corresponde modificar el numeral 1° de dicho acto a efectos de 
    subsanar el error padecido.
    
    ATENTO: a lo informado por la División Técnico Fiscal 
    y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas. 
    
    EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
    R E S U E L V E:
    1°) Modifícase el numeral 1° de la Resolución del 
    Poder Ejecutivo de 28 de mayo de 2003 , por la que se declaró al Fondo de 
    Solidaridad, exonerado del pago los siguientes tributos: Tasa Global 
    Arancelaria, Impuesto Específico Interno, Impuesto al Valor Agregado, Tasas 
    Consulares, Comisión sobre Importaciones, Tasa de Servicios Extraordinarios, 
    Tasa de Servicios Automatizados, en el sentido que se debe incluir entre 
    dichos tributos la Contribución al Financiamiento de la Seguridad Social, en 
    ocasión de la importación de seis computadoras marca IBM, modelo R32, 
    procesador Celeron 1.5GHz, 256Mb RAM HDD30Gb, ethernet 10/100 integrada CD-RW/DVD/ROM 
    Combo, FDD USB 1.44 Mb TFT 14" , Win XP Pro, w/carrying case, por un valor 
    Cif de U$S 10.290,oo (diez mil doscientos noventa dólares de los Estados 
    Unidos de América).
    
    2°) Comuníquese, notifíquese y archívese.