17/12/04

15/12/04 – SE PRORROGA PLAZO OTORGADO A LA FIRMA BUNGE URUGUAY S.A. USUARIA DE ZONAMÉRICA, PARA MODIFICAR PORCENTAJE DE PERSONAL URUGUAYO REGISTRADO EN SU PLANTILLA DE EMPLEADOS.

 

VISTO: la gestión promovida por la firma Bunge Uruguay S.A. usuaria de Zonamérica, por la que solicita la modificación del porcentaje de personal uruguayo en la plantilla de sus empleados.

RESULTANDO: I) que por Resolución de la Dirección General de Comercio -Area Zonas Francas, de 19 de setiembre de 2002, se autorizó a la firma peticionante a ser usuaria directa de Zonamérica.

II) que la gestionante tiene por objeto la comercialización de granos oleaginosos, cereales y sus sub productos, brindando desde zona franca servicios de ejecución de contratos de exportación.

III) que por Resolución del Poder Ejecutivo de 1° de octubre de 2003, se autorizó a la firma gestionante a modificar el porcentaje del personal uruguayo registrado en su plantilla de empleados, quedando integrada por 67% (sesenta y siete por ciento) de empleados ciudadanos uruguayos y 33% (treinta y tres por ciento), de empleados de nacionalidad extranjera, por el término de doce meses.

IV) que en esta instancia la gestionante solicita una ampliación del plazo de la modificación referida precedentemente.

CONSIDERANDO: I) que el artículo 18° de la Ley N° 15.921, de 10 de diciembre de 1987 establece que: "Las usuarias de las zonas francas emplearán en sus actividades que desarrollen en las mismas, un mínimo de 75% de personal constituido por ciudadanos uruguayos, naturales o legales, a fin de mantener su calidad de tales y las exoneraciones tributarias, franquicias, beneficios y derechos que esta Ley les acuerda".

II) que en el párrafo siguiente de la referida norma se agrega: "En casos excepcionales este porcentaje podrá ser reducido previa autorización del Poder ejecutivo, atendiendo a características especiales de la actividad a desarrollar y razones de interés general".

III) que la prórroga de la autorización solicita se estima que debe cumplir con el objetivo de capacitar al personal nacional.

IV) que de acuerdo a lo expresado y que se mantienen las causales que ameritaron la Resolución del Poder Ejecutivo de 1° de octubre de 2003, puede accederse a lo solicitado.

ATENTO: a lo informado por la Asesoría Jurídica de la Dirección General de Comercio y las Asesorías Macroeconómica y Financiera y Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

R E S U E L V E:

1°) Prorrógase hasta el 1° de octubre de 2005, el plazo otorgado por la Resolución del Poder Ejecutivo de 1° de octubre de 2003 a la firma Bunge Uruguay S.A. usuaria de Zonamérica, para modificar el porcentaje del personal uruguayo registrado en su plantilla de empleados, la que quedó integrada por 67% (sesenta y siete por ciento) de empleados ciudadanos uruguayos y un 33% (treinta y tres por ciento) de empleados de nacionalidad extranjera.

2°) Establécese que el plazo de vigencia de la presente Resolución es con carácter de último.

3°) Comuníquese, notifíquese y archívese.