17/12/04
    
    15/12/04 – SE PRORROGA PLAZO OTORGADO A LA FIRMA BUNGE 
    URUGUAY S.A. USUARIA DE ZONAMÉRICA, PARA MODIFICAR PORCENTAJE DE PERSONAL 
    URUGUAYO REGISTRADO EN SU PLANTILLA DE EMPLEADOS.
     
    VISTO: la gestión promovida por la firma Bunge 
    Uruguay S.A. usuaria de Zonamérica, por la que solicita la modificación del 
    porcentaje de personal uruguayo en la plantilla de sus empleados. 
    
    RESULTANDO: I) que por Resolución de la Dirección 
    General de Comercio -Area Zonas Francas, de 19 de setiembre de 2002, se 
    autorizó a la firma peticionante a ser usuaria directa de Zonamérica. 
    
    II) que la gestionante tiene por objeto la 
    comercialización de granos oleaginosos, cereales y sus sub productos, 
    brindando desde zona franca servicios de ejecución de contratos de 
    exportación. 
    
    III) que por Resolución del Poder Ejecutivo de 1° de 
    octubre de 2003, se autorizó a la firma gestionante a modificar el 
    porcentaje del personal uruguayo registrado en su plantilla de empleados, 
    quedando integrada por 67% (sesenta y siete por ciento) de empleados 
    ciudadanos uruguayos y 33% (treinta y tres por ciento), de empleados de 
    nacionalidad extranjera, por el término de doce meses.
    
    IV) que en esta instancia la gestionante solicita una 
    ampliación del plazo de la modificación referida precedentemente. 
    
    CONSIDERANDO: I) que el artículo 18° de la Ley N° 
    15.921, de 10 de diciembre de 1987 establece que: "Las usuarias de las zonas 
    francas emplearán en sus actividades que desarrollen en las mismas, un 
    mínimo de 75% de personal constituido por ciudadanos uruguayos, naturales o 
    legales, a fin de mantener su calidad de tales y las exoneraciones 
    tributarias, franquicias, beneficios y derechos que esta Ley les acuerda".
    
    
    II) que en el párrafo siguiente de la referida norma 
    se agrega: "En casos excepcionales este porcentaje podrá ser reducido previa 
    autorización del Poder ejecutivo, atendiendo a características especiales de 
    la actividad a desarrollar y razones de interés general". 
    
    III) que la prórroga de la autorización solicita se 
    estima que debe cumplir con el objetivo de capacitar al personal nacional.
    
    
    IV) que de acuerdo a lo expresado y que se mantienen 
    las causales que ameritaron la Resolución del Poder Ejecutivo de 1° de 
    octubre de 2003, puede accederse a lo solicitado. 
    
    ATENTO: a lo informado por la Asesoría Jurídica de la 
    Dirección General de Comercio y las Asesorías Macroeconómica y Financiera y 
    Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas. 
    
    EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
    R E S U E L V E:
    1°) Prorrógase hasta el 1° de octubre de 2005, el 
    plazo otorgado por la Resolución del Poder Ejecutivo de 1° de octubre de 
    2003 a la firma Bunge Uruguay S.A. usuaria de Zonamérica, para modificar el 
    porcentaje del personal uruguayo registrado en su plantilla de empleados, la 
    que quedó integrada por 67% (sesenta y siete por ciento) de empleados 
    ciudadanos uruguayos y un 33% (treinta y tres por ciento) de empleados de 
    nacionalidad extranjera. 
    
    2°) Establécese que el plazo de vigencia de la 
    presente Resolución es con carácter de último.
    
    3°) Comuníquese, notifíquese y archívese.