17/12/04
15/12/04 – SE PRORROGA PLAZO OTORGADO A LA FIRMA BUNGE
URUGUAY S.A. USUARIA DE ZONAMÉRICA, PARA MODIFICAR PORCENTAJE DE PERSONAL
URUGUAYO REGISTRADO EN SU PLANTILLA DE EMPLEADOS.
VISTO: la gestión promovida por la firma Bunge
Uruguay S.A. usuaria de Zonamérica, por la que solicita la modificación del
porcentaje de personal uruguayo en la plantilla de sus empleados.
RESULTANDO: I) que por Resolución de la Dirección
General de Comercio -Area Zonas Francas, de 19 de setiembre de 2002, se
autorizó a la firma peticionante a ser usuaria directa de Zonamérica.
II) que la gestionante tiene por objeto la
comercialización de granos oleaginosos, cereales y sus sub productos,
brindando desde zona franca servicios de ejecución de contratos de
exportación.
III) que por Resolución del Poder Ejecutivo de 1° de
octubre de 2003, se autorizó a la firma gestionante a modificar el
porcentaje del personal uruguayo registrado en su plantilla de empleados,
quedando integrada por 67% (sesenta y siete por ciento) de empleados
ciudadanos uruguayos y 33% (treinta y tres por ciento), de empleados de
nacionalidad extranjera, por el término de doce meses.
IV) que en esta instancia la gestionante solicita una
ampliación del plazo de la modificación referida precedentemente.
CONSIDERANDO: I) que el artículo 18° de la Ley N°
15.921, de 10 de diciembre de 1987 establece que: "Las usuarias de las zonas
francas emplearán en sus actividades que desarrollen en las mismas, un
mínimo de 75% de personal constituido por ciudadanos uruguayos, naturales o
legales, a fin de mantener su calidad de tales y las exoneraciones
tributarias, franquicias, beneficios y derechos que esta Ley les acuerda".
II) que en el párrafo siguiente de la referida norma
se agrega: "En casos excepcionales este porcentaje podrá ser reducido previa
autorización del Poder ejecutivo, atendiendo a características especiales de
la actividad a desarrollar y razones de interés general".
III) que la prórroga de la autorización solicita se
estima que debe cumplir con el objetivo de capacitar al personal nacional.
IV) que de acuerdo a lo expresado y que se mantienen
las causales que ameritaron la Resolución del Poder Ejecutivo de 1° de
octubre de 2003, puede accederse a lo solicitado.
ATENTO: a lo informado por la Asesoría Jurídica de la
Dirección General de Comercio y las Asesorías Macroeconómica y Financiera y
Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
R E S U E L V E:
1°) Prorrógase hasta el 1° de octubre de 2005, el
plazo otorgado por la Resolución del Poder Ejecutivo de 1° de octubre de
2003 a la firma Bunge Uruguay S.A. usuaria de Zonamérica, para modificar el
porcentaje del personal uruguayo registrado en su plantilla de empleados, la
que quedó integrada por 67% (sesenta y siete por ciento) de empleados
ciudadanos uruguayos y un 33% (treinta y tres por ciento) de empleados de
nacionalidad extranjera.
2°) Establécese que el plazo de vigencia de la
presente Resolución es con carácter de último.
3°) Comuníquese, notifíquese y archívese.