17/12/04
15/12/04 – SE CONFIRMAN RESOLUCIONES DE 6/08/1991;
18/12/1991 Y 18/09/1995 QUE REFIEREN AL PERMISO DE EXPLORACIÓN OTORGADO A LA
EMPRESA PRIVILEGIADA S.A. SOBRE UN YACIMIENTO DE GRANITO.
VISTO: el recurso jerárquico deducido en subsidio por
Pedro Alberto MARFURT CELIO, Nilda Teresita, Mario Alberto, Walter Eduardo y
Osvaldo Pedro MERFURT LEICH contra las resoluciones de la Dirección Nacional
de Minería y Geología de fechas 6 de agosto de 1991; 18 de diciembre de 1991
y 18 de setiembre de 1995;
RESULTANDO: I) que las referidas resoluciones
otorgaron un permiso de exploración a la firma Privilegiada S.A. respecto
del padrón 6111 de la 5ª Sección Judicial del Departamento de San José;
prorrogaron el plazo de vencimiento de dicho permiso hasta el otorgamiento
de la servidumbre de paso y revocó la resolución de fecha 5 de mayo de 1995
está última que revocaba el permiso de exploración concedido a Privilegiada
S.A. sobre un yacimiento de granito negro;
II) que los recurrentes interponen el recurso de
revocación y jerárquico en subsidio correspondiente, postulando la
revocación del acto, en mérito a la argumentación de fs 148 a 154;
III) que al haber tomado conocimiento previo de estas
actuaciones el presentado Walter MARFURT, corresponde a su respecto tomar su
presentación como el ejercicio de derecho de petición y no como recurso
administrativo;
IV) que informa la Asesoría Jurídica, estableciendo
que el yacimiento a explorar pertenece a la Clase III clasificación dada por
el art. 7 del Código de Minería, por lo que no corresponde otorgar vista
previa al dictado del acto concediendo el permiso minero respectivo,
procediendo la Administración conforme a lo regulado por el art. 92,
siguientes y concordantes del código de Minería. Así mismo el resto de las
cuestiones tratadas corresponde tramitarlas en el expediente donde se
solicitó la servidumbre de paso.
CONSIDERANDO: se comparte lo informado por la
Asesoría Jurídica resolviendo en consecuencia.
ATENTO: a lo informado por la Dirección Nacional de
Minería y Geología y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria
Energía y Minería.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°) Confírmase las resoluciones de fecha 6 de agosto
de 1991; 18 de diciembre de 1991 y 18 de setiembre de 1995 que refieren al
permiso de exploración otorgado a la Empresa PRIVILEGIADA S.A. sobre un
yacimiento de granito que afecta parcialmente el padrón 6111 de la 3ª
Sección Judicial del Departamento de San José.
2°) Notifíquese, comuníquese y pase a la Dirección
Nacional de Minería y Geología a sus efectos.