17/12/04

15/12/04 – SE CONFIRMAN RESOLUCIONES DE 6/08/1991; 18/12/1991 Y 18/09/1995 QUE REFIEREN AL PERMISO DE EXPLORACIÓN OTORGADO A LA EMPRESA PRIVILEGIADA S.A. SOBRE UN YACIMIENTO DE GRANITO.

 

VISTO: el recurso jerárquico deducido en subsidio por Pedro Alberto MARFURT CELIO, Nilda Teresita, Mario Alberto, Walter Eduardo y Osvaldo Pedro MERFURT LEICH contra las resoluciones de la Dirección Nacional de Minería y Geología de fechas 6 de agosto de 1991; 18 de diciembre de 1991 y 18 de setiembre de 1995;

RESULTANDO: I) que las referidas resoluciones otorgaron un permiso de exploración a la firma Privilegiada S.A. respecto del padrón 6111 de la 5ª Sección Judicial del Departamento de San José; prorrogaron el plazo de vencimiento de dicho permiso hasta el otorgamiento de la servidumbre de paso y revocó la resolución de fecha 5 de mayo de 1995 está última que revocaba el permiso de exploración concedido a Privilegiada S.A. sobre un yacimiento de granito negro;

II) que los recurrentes interponen el recurso de revocación y jerárquico en subsidio correspondiente, postulando la revocación del acto, en mérito a la argumentación de fs 148 a 154;

III) que al haber tomado conocimiento previo de estas actuaciones el presentado Walter MARFURT, corresponde a su respecto tomar su presentación como el ejercicio de derecho de petición y no como recurso administrativo;

IV) que informa la Asesoría Jurídica, estableciendo que el yacimiento a explorar pertenece a la Clase III clasificación dada por el art. 7 del Código de Minería, por lo que no corresponde otorgar vista previa al dictado del acto concediendo el permiso minero respectivo, procediendo la Administración conforme a lo regulado por el art. 92, siguientes y concordantes del código de Minería. Así mismo el resto de las cuestiones tratadas corresponde tramitarlas en el expediente donde se solicitó la servidumbre de paso.

CONSIDERANDO: se comparte lo informado por la Asesoría Jurídica resolviendo en consecuencia.

ATENTO: a lo informado por la Dirección Nacional de Minería y Geología y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria Energía y Minería.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°) Confírmase las resoluciones de fecha 6 de agosto de 1991; 18 de diciembre de 1991 y 18 de setiembre de 1995 que refieren al permiso de exploración otorgado a la Empresa PRIVILEGIADA S.A. sobre un yacimiento de granito que afecta parcialmente el padrón 6111 de la 3ª Sección Judicial del Departamento de San José.

2°) Notifíquese, comuníquese y pase a la Dirección Nacional de Minería y Geología a sus efectos.