17/12/04
    
    15/12/04 – SE APRUEBA CONVENIO SUSCRITO POR EL MTOP Y 
    A.N.C.A.P., CON FECHA 9 DE NOVIEMBRE DE 2004.
     
    VISTO: el Convenio celebrado entre el Ministerio de 
    Transporte y Obras Públicas y la Administración Nacional de Combustibles, 
    Alcohol y Portland (A.N.C.A.P.), con fecha 9 de noviembre de 2004. 
    
    RESULTANDO: I) Que por el citado documento, la 
    Dirección Nacional de Vialidad de dicho Ministerio, propicia la adquisición 
    de productos para la realización de las obras de escarificado, recargo de 
    base, imprimación, tratamiento con sellado de la Ruta N°90 entre las 
    progresivas 83Km000 y 89Km000 y dicho Ente entregará 125 m3 de diluidos 
    asfálticos RC2, ascendiendo el costo total de la compra a $1:570.556,25 con 
    IVA incluido.
    
    II) Que el Departamento Contaduría de la Dirección 
    Nacional de Vialidad ha emitido un Documento de Afectación del Gasto N°661 
    por la suma de $1:570.556 para atender dicho gasto.
    
    III) el Tribunal de Cuentas de la República (Oficina 
    Central Carpeta N° 202.994) ha tomado la intervención previa que le compete 
    sin formular observaciones al respecto.
    
    ATENTO: a lo establecido en el Artículo N° 33, 
    Numeral 3), literal A) del Decreto N° 194/997 de 10 de junio de 1997 ( "TOCAF").
    
    EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
    RESUELVE:
    1°.- Apruébase -en todas sus partes- el Convenio 
    suscrito por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la 
    Administración Nacional de Combustibles Alcohol y Portland (A.N.C.A.P.), con 
    fecha 9 de noviembre de 2004, que propicia la adquisición de productos para 
    la realización las obras de escarificado, recargo de base, imprimación, 
    tratamiento con sellado de la Ruta N°90 entre las progresivas 83Km000 y 
    89Km000 y dicho Ente entregará 125 m3 de diluidos asfálticos RC2, 
    ascendiendo el costo total de la compra a $1.570. 556,25 con IVA incluido.
    
    
    2°.- Comuníquese y tome nota el Contador Central 
    delegado del Tribunal de Cuentas de la República, ante el Ministerio de 
    Transporte y Obras Públicas. Cumplido, siga a la Dirección Nacional de 
    Vialidad a sus efectos.