17/12/04
15/12/04 – SE APRUEBA EL CONVENIO CELEBRADO EL 3/12/2004,
ENTRE EL MTOP Y EL CENTRO DE RETIRADOS Y PENSIONISTAS MILITARES "2 DE
SETIEMBRE" DE RÍO BRANCO.
VISTO: el Convenio celebrado el 3 de diciembre de
2004, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Centro de
Retirados y Pensionistas Militares "2 de Setiembre" de la ciudad de Río
Branco, Departamento de Cerro Largo.
RESULTANDO: I) que el citado Ministerio contribuye
para realizar la ampliación de salón de usos múltiples, con la suma de
$155.000.- en efectivo;
II) Que dicho Centro, por su parte, contribuye con
la suma de $155.000.- discriminada en el Convenio;
III) Que la División Contabilidad y Finanzas del
Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado,
han efectuado la intervención previa que les compete;
CONSIDERANDO: conveniente aprobar dicho Convenio;
ATENTO: A lo precedentemente expuesto.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Apruébase, en todas sus partes, el Convenio
celebrado el 3 de diciembre de 2004, entre el Ministerio de Transporte y
Obras Públicas y el Centro de Retirados y Pensionistas Militares "2 de
Setiembre" de la ciudad de Río Branco, Departamento de Cerro Largo; para
realizar la ampliación de salón de usos múItiples.
2°.- Autorízase, la inversión de la suma de
$155.000.- (pesos uruguayos ciento cincuenta y cinco mil), como contribución
del citado Ministerio a las obras de que se trata, la que se atenderá con
cargo al Inciso 10, Unidad Ejecutora 001, Financiación 1.4, Programa 001,
Proyecto 702, Objeto de Gasto 564, Ejercicio 2004, existiendo créditos
disponibles de acuerdo con el Artículo 1° del Decreto N°24/999 de fecha 3 de
febrero de 1999, Afectación N° 386, y con el Decreto 90/000 de 3 de marzo de
2000.
3°.- Autorízase el pago, por el Ministerio de
Transporte y Obras Públicas, de la suma de $155.000.- (pesos uruguayos
ciento cincuenta y cinco mil), en 1 (una) cuota, a favor del Banco de la
República Oriental del Uruguay, para ser depositada en la Cuenta
perteneciente al Centro de Retirados y Pensionistas Militares "2 de
Setiembre" de Río Branco, la que se atenderá con cargo a los recursos que
por la presente Resolución se autorizan.
4°.- Comuníquese y previa intervención por parte de
la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras
Públicas y el Contador Central Delegado, vuelva al Departamento de Convenios
a sus efectos.