17/12/04

15/12/04 – SE APRUEBA EL CONVENIO CELEBRADO EL 3/12/2004, ENTRE EL MTOP Y EL CENTRO DE RETIRADOS Y PENSIONISTAS MILITARES "2 DE SETIEMBRE" DE RÍO BRANCO.

 

VISTO: el Convenio celebrado el 3 de diciembre de 2004, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Centro de Retirados y Pensionistas Militares "2 de Setiembre" de la ciudad de Río Branco, Departamento de Cerro Largo.

RESULTANDO: I) que el citado Ministerio contribuye para realizar la ampliación de salón de usos múltiples, con la suma de $155.000.- en efectivo;

II) Que dicho Centro, por su parte, contribuye con la suma de $155.000.- discriminada en el Convenio;

III) Que la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado, han efectuado la intervención previa que les compete;

CONSIDERANDO: conveniente aprobar dicho Convenio;

ATENTO: A lo precedentemente expuesto.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Apruébase, en todas sus partes, el Convenio celebrado el 3 de diciembre de 2004, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Centro de Retirados y Pensionistas Militares "2 de Setiembre" de la ciudad de Río Branco, Departamento de Cerro Largo; para realizar la ampliación de salón de usos múItiples.

2°.- Autorízase, la inversión de la suma de $155.000.- (pesos uruguayos ciento cincuenta y cinco mil), como contribución del citado Ministerio a las obras de que se trata, la que se atenderá con cargo al Inciso 10, Unidad Ejecutora 001, Financiación 1.4, Programa 001, Proyecto 702, Objeto de Gasto 564, Ejercicio 2004, existiendo créditos disponibles de acuerdo con el Artículo 1° del Decreto N°24/999 de fecha 3 de febrero de 1999, Afectación N° 386, y con el Decreto 90/000 de 3 de marzo de 2000.

3°.- Autorízase el pago, por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, de la suma de $155.000.- (pesos uruguayos ciento cincuenta y cinco mil), en 1 (una) cuota, a favor del Banco de la República Oriental del Uruguay, para ser depositada en la Cuenta perteneciente al Centro de Retirados y Pensionistas Militares "2 de Setiembre" de Río Branco, la que se atenderá con cargo a los recursos que por la presente Resolución se autorizan.

4°.- Comuníquese y previa intervención por parte de la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado, vuelva al Departamento de Convenios a sus efectos.