17/12/04
16/12/04 – SE AMPLÍA CONTRATO OBJETO DEL PROCEDIMIENTO DE
CONTRATACIÓN REGISTRADO POR EL MVOTMA COMO LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N°
25/002/97, ADJUDICADA A LA EMPRESA STILER S.A.
VISTO: la necesidad de realizar la red de colectores
para el saneamiento externo del conjunto habitacional de cincuenta núcleos
básicos evolutivos mejorados y un salón de usos múltiples que está
construyendo la empresa Stiler S.A. en el predio padrón N° 90.318, fracción
2, propiedad del Estado, ubicado en la ciudad de Montevideo, departamento
del mismo nombre;
RESULTANDO: I) que por Resolución del Poder
Ejecutivo, de fecha 13 de octubre de 1998, la empresa STILER S.A. resultó
adjudicataria de la Licitación Pública Nacional N° 25/002/97, para el
diseño, construcción y suministro de cincuenta viviendas en el departamento
de Montevideo, en un plazo de obra de doscientos setenta días calendario,
por un monto único y global de U$S 1.185.880 (dólares estadounidenses un
millón ciento ochenta y cinco mil ochocientos ochenta), cantidad que
comprendió el precio del terreno por U$S 188.000 (dólares estadounidenses
ciento ochenta y ocho mil) y el contrato de construcción por un precio de
U$S 997.880 (dólares estadounidenses novecientos noventa y siete mil
ochocientos ochenta), IVA incluido, más $ 1.264.000 (pesos uruguayos un
millón doscientos sesenta y cuatro mil) correspondientes al monto máximo a
aportar al Banco de Previsión Social por la construcción, a valores del 13
de octubre de 1997;
II) que por Resolución del Poder Ejecutivo de fecha
28 de diciembre de 1999, se autorizó la ampliación del contrato objeto del
procedimiento de contratación registrado por el Ministerio de Vivienda,
Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente como Licitación pública Nacional
N° 25/002/97, para el suministro llave en mano de otros cincuenta núcleos
básicos evolutivos mejorados y un salón de usos múltiples en el predio
padrón N° 90.318, fracción 2, propiedad del Estado, de la ciudad de
Montevideo, departamento de Montevideo;
III) que con fecha 14 de octubre de 2003 se celebró el
correspondiente contrato de construcción entre el Ministerio de Vivienda,
Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y la empresa Stiler S.A., por un
monto de U$S 811.284,59 (dólares estadounidenses ochocientos once mil
doscientos ochenta y cuatro con 59/00) más los impuestos correspondientes a
IVA y COFIS, más $ 1.264.000 (pesos uruguayos un millón doscientos sesenta y
cuatro mil) correspondiente al monto máximo a aportar al Banco de Previsión
Social por la construcción a valores del 13 de octubre de 1997;
IV) que surge del Expediente N° 2004/14001/1/01309
que la empresa Stiler S.A. presentó una propuesta a fin de efectuar los
trabajos señalados en el Visto, en un plazo de ciento veinte días a partir
del acta de inicio de obra, ascendiendo los mismos a la suma de $ 1.910.980
(pesos uruguayos un millón novecientos diez mil novecientos ochenta), más
impuestos y leyes sociales, valores estos calculados a junio de 2004 y a
ajustar por la variación del IGCC (índice General del Costo de la
Construcción) entre dicho mes y el mes de ejecución de los trabajos; más un
monto imponible de jornales a los efectos del pago de las leyes sociales de
$ 382.000 (pesos uruguayos trescientos ochenta y dos mil);
CONSIDERANDO: I) que el Departamento de Obras de la
División Arquitectura de la Dirección Nacional de Vivienda del Ministerio de
Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente ha informado sobre la
urgente necesidad de realizar los trabajos correspondientes a la red de
colectores de saneamiento externo al conjunto habitacional referido, obrando
en el Expediente los planos del anteproyecto de colectores de la Intendencia
Municipal de Montevideo (calles José María Buyo, César Batlle Pacheco,
Capitán Tula) y el plano de colectores presentado por la interesada;
II) que el Departamento de Programación y Control de
la División indicada en el Considerando anterior, ha informado que los
valores cotizados por la empresa Stiler S.A. son aceptables;
III) que la Dirección Nacional de Vivienda estima
conveniente ampliar nuevamente el contrato autorizado por la Resolución
mencionada en el Resultando primero, a fin de completar las obras
contratadas a raíz de su ampliación y así culminar un emprendimiento que
habrá de dar solución habitacional a cincuenta familias carenciadas;
IV) que el artículo 63 del T.O.C.A.F. establece que
las prestaciones objeto de contratos podrán aumentarse o disminuirse en las
proporciones que sean de interés para la Administración, siempre que no se
exceda del 100% (cien por ciento) del mismo;
ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo
establecido en el artículo 63 del T.O.C.A.F.;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Amplíase el contrato objeto del procedimiento de
contratación registrado por el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento
Territorial y Medio Ambiente como Licitación Pública Nacional N° 25/002/97,
adjudicada a la Empresa Stiler S.A. , para la realización de la red de
colectores para el saneamiento externo del conjunto habitacional de
cincuenta núcleos básicos evolutivos mejorados y un salón de usos múltiples
que está construyendo dicha empresa en el predio padrón N° 90.318, fracción
2, propiedad del Estado, ubicado en la ciudad de Montevideo, departamento
del mismo nombre, por la suma de $ 1.910.980 (pesos uruguayos un millón
novecientos diez mil novecientos ochenta), más impuestos y un monto
imponible de jornales a los efectos del pago de las leyes sociales de $
382.000 (pesos uruguayos trescientos ochenta y dos mil), valores estos
calculados a junio de 2004 ya ajustar por la variación del IGCC (índice
General del Costo de la Construcción) entre dicho mes y el mes de ejecución
de los trabajos. Los trabajos se realizarán en un plazo de ciento veinte
días a contar del acta de inicio de obra y de acuerdo a las especificaciones
técnicas que obran en el Expediente del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento
Territorial y Medio Ambiente, identificado con el número 2004/14001/1/01309.
2°.- La erogación resultante se atenderá con cargo al
Fondo Nacional de Vivienda y Urbanización.
3°.- Vuelva al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento
Territorial y Medio Ambiente a sus efectos.