17/12/04

16/12/04 – SE AMPLÍA CONTRATO OBJETO DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN REGISTRADO POR EL MVOTMA COMO LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N° 25/002/97, ADJUDICADA A LA EMPRESA STILER S.A.
 

VISTO: la necesidad de realizar la red de colectores para el saneamiento externo del conjunto habitacional de cincuenta núcleos básicos evolutivos mejorados y un salón de usos múltiples que está construyendo la empresa Stiler S.A. en el predio padrón N° 90.318, fracción 2, propiedad del Estado, ubicado en la ciudad de Montevideo, departamento del mismo nombre;

RESULTANDO: I) que por Resolución del Poder Ejecutivo, de fecha 13 de octubre de 1998, la empresa STILER S.A. resultó adjudicataria de la Licitación Pública Nacional N° 25/002/97, para el diseño, construcción y suministro de cincuenta viviendas en el departamento de Montevideo, en un plazo de obra de doscientos setenta días calendario, por un monto único y global de U$S 1.185.880 (dólares estadounidenses un millón ciento ochenta y cinco mil ochocientos ochenta), cantidad que comprendió el precio del terreno por U$S 188.000 (dólares estadounidenses ciento ochenta y ocho mil) y el contrato de construcción por un precio de U$S 997.880 (dólares estadounidenses novecientos noventa y siete mil ochocientos ochenta), IVA incluido, más $ 1.264.000 (pesos uruguayos un millón doscientos sesenta y cuatro mil) correspondientes al monto máximo a aportar al Banco de Previsión Social por la construcción, a valores del 13 de octubre de 1997;

II) que por Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 28 de diciembre de 1999, se autorizó la ampliación del contrato objeto del procedimiento de contratación registrado por el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente como Licitación pública Nacional N° 25/002/97, para el suministro llave en mano de otros cincuenta núcleos básicos evolutivos mejorados y un salón de usos múltiples en el predio padrón N° 90.318, fracción 2, propiedad del Estado, de la ciudad de Montevideo, departamento de Montevideo;

III) que con fecha 14 de octubre de 2003 se celebró el correspondiente contrato de construcción entre el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y la empresa Stiler S.A., por un monto de U$S 811.284,59 (dólares estadounidenses ochocientos once mil doscientos ochenta y cuatro con 59/00) más los impuestos correspondientes a IVA y COFIS, más $ 1.264.000 (pesos uruguayos un millón doscientos sesenta y cuatro mil) correspondiente al monto máximo a aportar al Banco de Previsión Social por la construcción a valores del 13 de octubre de 1997;

IV) que surge del Expediente N° 2004/14001/1/01309 que la empresa Stiler S.A. presentó una propuesta a fin de efectuar los trabajos señalados en el Visto, en un plazo de ciento veinte días a partir del acta de inicio de obra, ascendiendo los mismos a la suma de $ 1.910.980 (pesos uruguayos un millón novecientos diez mil novecientos ochenta), más impuestos y leyes sociales, valores estos calculados a junio de 2004 y a ajustar por la variación del IGCC (índice General del Costo de la Construcción) entre dicho mes y el mes de ejecución de los trabajos; más un monto imponible de jornales a los efectos del pago de las leyes sociales de $ 382.000 (pesos uruguayos trescientos ochenta y dos mil);

CONSIDERANDO: I) que el Departamento de Obras de la División Arquitectura de la Dirección Nacional de Vivienda del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente ha informado sobre la urgente necesidad de realizar los trabajos correspondientes a la red de colectores de saneamiento externo al conjunto habitacional referido, obrando en el Expediente los planos del anteproyecto de colectores de la Intendencia Municipal de Montevideo (calles José María Buyo, César Batlle Pacheco, Capitán Tula) y el plano de colectores presentado por la interesada;

II) que el Departamento de Programación y Control de la División indicada en el Considerando anterior, ha informado que los valores cotizados por la empresa Stiler S.A. son aceptables;

III) que la Dirección Nacional de Vivienda estima conveniente ampliar nuevamente el contrato autorizado por la Resolución mencionada en el Resultando primero, a fin de completar las obras contratadas a raíz de su ampliación y así culminar un emprendimiento que habrá de dar solución habitacional a cincuenta familias carenciadas;

IV) que el artículo 63 del T.O.C.A.F. establece que las prestaciones objeto de contratos podrán aumentarse o disminuirse en las proporciones que sean de interés para la Administración, siempre que no se exceda del 100% (cien por ciento) del mismo;

ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo establecido en el artículo 63 del T.O.C.A.F.;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Amplíase el contrato objeto del procedimiento de contratación registrado por el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente como Licitación Pública Nacional N° 25/002/97, adjudicada a la Empresa Stiler S.A. , para la realización de la red de colectores para el saneamiento externo del conjunto habitacional de cincuenta núcleos básicos evolutivos mejorados y un salón de usos múltiples que está construyendo dicha empresa en el predio padrón N° 90.318, fracción 2, propiedad del Estado, ubicado en la ciudad de Montevideo, departamento del mismo nombre, por la suma de $ 1.910.980 (pesos uruguayos un millón novecientos diez mil novecientos ochenta), más impuestos y un monto imponible de jornales a los efectos del pago de las leyes sociales de $ 382.000 (pesos uruguayos trescientos ochenta y dos mil), valores estos calculados a junio de 2004 ya ajustar por la variación del IGCC (índice General del Costo de la Construcción) entre dicho mes y el mes de ejecución de los trabajos. Los trabajos se realizarán en un plazo de ciento veinte días a contar del acta de inicio de obra y de acuerdo a las especificaciones técnicas que obran en el Expediente del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, identificado con el número 2004/14001/1/01309.

2°.- La erogación resultante se atenderá con cargo al Fondo Nacional de Vivienda y Urbanización.

3°.- Vuelva al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente a sus efectos.