17/12/04

16/12/04 – SE AUTORIZA A LA COMPAÑÍA RIOPLATENSE DE HOTELES S.A., A DESAFECTAR DEL GIRO HOTELERO LOS PISOS 2°, 3°, 5°, 6°, 7°, 8°, 9° Y 10° DE LA TORRE VIEJA DEL HOTEL VICTORIA PLAZA.
 

VISTO: La solicitud de la Compañía Rioplatense de Hoteles S.A., Hotel Victoria Plaza (CRIOHSA).

RESULTANDO: Que la misma consiste en la ampliación de la autorización del excepcionamiento al régimen general dispuesto por el Decreto Ley N° 14.575 de 28 de setiembre de 1976, a la torre vieja del Hotel Victoria Plaza.

CONSIDERANDO: I) Que la norma mencionada establece que los hoteles y hoteles residenciales inscriptos y autorizados por la Dirección Nacional de Turismo no podrán tener otro destino total o parcial de hospedaje.

II) Que el artículo 4° de dicho Decreto prevé que autorizado por el Poder Ejecutivo y previo informe de la Dirección Nacional de Turismo, se podrá excepcionalmente dejar sin efecto lo dispuesto.

III) Que a fs. 7 la Asesoría Técnica del Ministerio de Turismo informa que la torre vieja aún goza de beneficios fiscales para inversiones turísticas por un período de dos años y sugiere considerando el corto plazo para su finalización, desafectar parte de dicha torre hasta el piso 10°, con excepción del 1° y 4° y una vez finalizado el mismo se tramite por la empresa la desafectación total del edificio.

IV) Que por Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 13 de abril de 1994 se autorizó la desafectación de los pisos 1° y 4°.

V) Que la empresa manifiesta que ascensores y escaleras de la Torre Plaza son de su uso exclusivo y en relación a la entrada, se ha construido un acceso independiente, en el costado sur de la calle Plaza Independencia, a efectos de dar cumplimiento a lo establecido por el artículo 4° del Decreto N° 384/997 de 15 dc octubre de 1997;

ATENTO: A lo expresado, a lo dispuesto por las normas citadas y a lo informado por Asesoría Técnica del Ministerio de Turismo.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1) Autorízase a la Compañía Rioplatense de Hoteles S.A., Hotel Victoria Plaza, a desafectar del giro hotelero los pisos 2°, 3°, 5°, 6°, 7°, 8°, 9° y 10° de la torre vieja del Hotel Victoria Plaza, conforme a lo dispuesto por el artículo 4° del Decreto Ley N° 14.575 de 28 de setiembre de 1976.

2) Vuelva al Ministerio de Turismo.