27/12/04
23/12/04 - ADJUDICASE CERTIFICADO DE SUBSIDIO
HABITACIONAL A INTEGRANTES DE LA COOPERATIVA DE VIVIENDAS "NOSTALGIA"
VISTO: la existencia de familias inscriptas en el
Registro Nacional de Postulantes, en situación de emergencia habitacional
que requiere urgente solución;
RESULTANDO: que es competencia de esta Secretaría de
Estado atender las necesidades de las familias más carenciadas;
CONSIDERANDO: I) que este Ministerio al amparo del
artículo 64 de la Ley 13.728 en la redacción dada por la Ley 16,237, otorga
subsidios y préstamos, previa inscripción y selección de prioridad con
atención a los más necesitados;
II) que en los procesos de adjudicación pueden
resultar no comprendidos en los mismos, familias inscriptas en el ,Registro
Nacional de Postulantes, que a criterio técnico se encuentran en situación
de imperiosa urgencia y/o extrema necesidad habitacional las que no admiten
dilación, requiriéndose una respuesta inmediata;
ATENTO: a lo expuesto precedentemente;
EL PRESIDENTE DE LA REPÙBLICA
RESUELVE:
1°,-Adjudíquese, a los siguientes inscriptos en el
Registro Nacional de Postulantes, integrantes de la Cooperativa de Vivienda
NOSTALGIA bajo la modalidad Grupo SIAV, un Certificado de Subsidio
Habitacional Directo -NBE- Valor U.R. 1150 UR (Unidades Reajustables un mil
ciento cincuenta):
2°.- Otorgase un plazo de treinta días hábiles para
regularizar la situación de inscripción y/o ahorro previo, vencido el cual
se los tendrá por desadjudicados automáticamente y sin trámite.-
3°.- Comuníquese a la División Contabilidad y
Finanzas y pase a la Dirección Nacional de Vivienda a sus efectos.-