29/12/04
28/12/04 – SE AUTORIZA LA TRANSFERENCIA DE LAS ACCIONES
DE «MONTE CARLO TV S.A.»
Visto: la gestión promovida por la Unidad Reguladora
de Servicios de Comunicaciones (URSEC), por la cual se solicita la
transferencia de las acciones de la empresa «Monte Carlo TV S.A.»,
permisionaria de CXB-4 Canal 4 Televisión de Montevideo, pertenecientes al
extinto señor Daniel Mario Romay Salvo, a favor de la señora Zelmira del
Castillo Bentancur en su calidad de única heredera.-
Resultando. I) que por la Resolución del Poder
Ejecutivo 23.522 de 24 de febrero de 1959, se adjudicó a la señora Maria
Elvira Salvo, el usufructo del Canal 4 de Televisión en la ciudad de
Montevideo-
II) que por la Resolución del Poder Ejecutivo
615/979 de 20 de marzo de 1979, se revocó la mencionada autorización y se
autorizó el usufructo del Canal 4 de Televisión de Montevideo a una
sociedad anónima a constituirse por acciones nominativas integrada por la
señora Maria Elvira Salvo y los señores Angel Walter Romay Salvo, Hugo
Antonio Romay Salvo y Daniel Mario Romay Salvo.-
III) que por la Resolución del Poder Ejecutivo
679/989 de 7 de noviembre de 1989 se autorizó a la señora Maria Elvira
Salvo a transferir la totalidad de las acciones nominativas que posee en
«Monte Carlo TV S A.». titular del Canal 4 Televisión de Montevideo las
que quedarán distribuidas de la siguiente manera: la nuda propiedad de
2.194 acciones de N$ 1.000 (nuevos pesos un mil) cada una a favor del señor
Walter Carlos Romay Elorza y el usufructo de las mismas al señor Angel
Walter Romay Salvo: 2.193 acciones de N$ 1.000 (nuevos pesos un mil) cada
una a favor del señor Hugo Antonio Romay Salvo y 2.193 acciones de N$ 1.000
(nuevos pesos un mil) cada uno a favor del señor Daniel Mario Romay Salvo y
se autorizó al señor Angel Walter Romay Salvo a transferir la titularidad
de la nuda propiedad (conservando el usufructo) de las acciones que posee en
la misma sociedad a favor del señor Walter Carlos Romay Elorza de acuerdo
al siguiente detalle: 140 acciones de N$ 1.000 (nue- vos pesos un mil).-
Considerando I) que del testimonio del certificado de
Resultancias de autos correspondiente a la sucesión del causante Daniel
Mario Romay Salvo. expedido por el Juzgado Letrado de Primera Instancia de
Familia de 27 Turno en el expediente 68-660/2003 surge que fueron declaradas
únicas y universales herederas del causante a Zelmira del Castillo
Bentancur y María Elvira Salvo Ferreri y se tuvo presente la cesión de los
derechos hereditarios correspondientes a Maria del Castillo Salvo Ferreri a
favor de Zelmira Manuela del Castillo Bentancur; quien detenta por tanto la
calidad de única heredera.-
II) que en consecuencia la empresa «Monte Carlo TV
S.A.» quedará integrada por la señora Zelmira del Castillo Bentancur y
por los señores Hugo Antonio Romay Salvo, Angel Walter Romay Salvo y Walter
Carlos Romay Elorza.-
III) que la peticionante ha dado cumplimiento a todos
los requisitos previstos en el artículo 8 del Decreto 734/978 de 20 de
diciembre de 1978.-
Atento: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto
por la Ley 17.296 de 21 de febrero de 2001, Decretos 734/978 de 20 de
diciembre de 1978 y a lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de
Comunicaciones y por la Asesoría Letrada de la misma.-
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
RESUELVE:
1ro.- Autorizase la transferencia de las acciones de
«Monte Carlo TV S.A.», titular de Canal 4 Televisión de Montevideo, que
pertenecían al señor Daniel Mario Romay Salvo, a favor de la señora
Zelmira del Castillo Bentancur.-
2do.- Establécese que la mencionada sociedad
quedará integrada por los señores Hugo Antonio Romay Salvo, Zelmira del
Castillo Bentancur, Angel. Walter Romay Salvo (usufructuario de parte de las
acciones) y Walter Carlos Romay Elorza (nudo propietario de parte de las
acciones).-
3ro.- Comuníquese, publíquese y pase a la Unidad
Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC), a sus efectos. Cumplido,
archívese.-