29/12/04

28/12/04 – SE AUTORIZA LA TRANSFERENCIA DE LAS ACCIONES DE «MONTE CARLO TV S.A.»

Visto: la gestión promovida por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC), por la cual se solicita la transferencia de las acciones de la empresa «Monte Carlo TV S.A.», permisionaria de CXB-4 Canal 4 Televisión de Montevideo, pertenecientes al extinto señor Daniel Mario Romay Salvo, a favor de la señora Zelmira del Castillo Bentancur en su calidad de única heredera.-

Resultando. I) que por la Resolución del Poder Ejecutivo 23.522 de 24 de febrero de 1959, se adjudicó a la señora Maria Elvira Salvo, el usufructo del Canal 4 de Televisión en la ciudad de Montevideo-

II) que por la Resolución del Poder Ejecutivo 615/979 de 20 de marzo de 1979, se revocó la mencionada autorización y se autorizó el usufructo del Canal 4 de Televisión de Montevideo a una sociedad anónima a constituirse por acciones nominativas integrada por la señora Maria Elvira Salvo y los señores Angel Walter Romay Salvo, Hugo Antonio Romay Salvo y Daniel Mario Romay Salvo.-

III) que por la Resolución del Poder Ejecutivo 679/989 de 7 de noviembre de 1989 se autorizó a la señora Maria Elvira Salvo a transferir la totalidad de las acciones nominativas que posee en «Monte Carlo TV S A.». titular del Canal 4 Televisión de Montevideo las que quedarán distribuidas de la siguiente manera: la nuda propiedad de 2.194 acciones de N$ 1.000 (nuevos pesos un mil) cada una a favor del señor Walter Carlos Romay Elorza y el usufructo de las mismas al señor Angel Walter Romay Salvo: 2.193 acciones de N$ 1.000 (nuevos pesos un mil) cada una a favor del señor Hugo Antonio Romay Salvo y 2.193 acciones de N$ 1.000 (nuevos pesos un mil) cada uno a favor del señor Daniel Mario Romay Salvo y se autorizó al señor Angel Walter Romay Salvo a transferir la titularidad de la nuda propiedad (conservando el usufructo) de las acciones que posee en la misma sociedad a favor del señor Walter Carlos Romay Elorza de acuerdo al siguiente detalle: 140 acciones de N$ 1.000 (nue- vos pesos un mil).-

Considerando I) que del testimonio del certificado de Resultancias de autos correspondiente a la sucesión del causante Daniel Mario Romay Salvo. expedido por el Juzgado Letrado de Primera Instancia de Familia de 27 Turno en el expediente 68-660/2003 surge que fueron declaradas únicas y universales herederas del causante a Zelmira del Castillo Bentancur y María Elvira Salvo Ferreri y se tuvo presente la cesión de los derechos hereditarios correspondientes a Maria del Castillo Salvo Ferreri a favor de Zelmira Manuela del Castillo Bentancur; quien detenta por tanto la calidad de única heredera.-

II) que en consecuencia la empresa «Monte Carlo TV S.A.» quedará integrada por la señora Zelmira del Castillo Bentancur y por los señores Hugo Antonio Romay Salvo, Angel Walter Romay Salvo y Walter Carlos Romay Elorza.-

III) que la peticionante ha dado cumplimiento a todos los requisitos previstos en el artículo 8 del Decreto 734/978 de 20 de diciembre de 1978.-

Atento: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por la Ley 17.296 de 21 de febrero de 2001, Decretos 734/978 de 20 de diciembre de 1978 y a lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones y por la Asesoría Letrada de la misma.-

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

RESUELVE:

1ro.- Autorizase la transferencia de las acciones de «Monte Carlo TV S.A.», titular de Canal 4 Televisión de Montevideo, que pertenecían al señor Daniel Mario Romay Salvo, a favor de la señora Zelmira del Castillo Bentancur.-

2do.- Establécese que la mencionada sociedad quedará integrada por los señores Hugo Antonio Romay Salvo, Zelmira del Castillo Bentancur, Angel. Walter Romay Salvo (usufructuario de parte de las acciones) y Walter Carlos Romay Elorza (nudo propietario de parte de las acciones).-

3ro.- Comuníquese, publíquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC), a sus efectos. Cumplido, archívese.-