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    29/12/04 – APRUEBASE CONVENIO ENTRE EL MTOP Y EL MEC
    PARA LAS OBRAS DEL MONUMENTO HISTORICO IGLESIA SANTO DOMINGO DE SORIANO
    VISTO: el Convenio celebrado el 7 de diciembre de
    2004, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Ministerio de
    Educación y Cultura
    
    RESULTANDO: I) que el citado Convenio tiene por
    objeto realizar la continuación de las obras en el Monumento Histórico
    "Iglesia Santo Domingo de Soriano"
    II) Que el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a
    través de su Dirección Nacional de Arquitectura, contribuye con la
    asistencia técnica, ejecución de las obras y administración, las que se
    realizarán por el régimen de administración directa, así como los
    equipos e infraestructura empresarial (Cláusula 3ra.);
    III) Que el Ministerio de Educación y Cultura -Comisión
    del Patrimonio Cultural de la Nación, contribuirá con la suma de
    $287.000.- (pesos uruguayos doscientos ochenta y siete mil), que se
    atenderá con cargo a los rubros correspondientes al Inciso 11, Unidad
    Ejecutora 008, Financiación 12, Programa 003, Proyecto 722, Objeto del
    Gasto 281, Ejercicio 2004, existiendo los créditos disponibles de acuerdo
    al artículo 1° del Decreto N°24/999, de fecha 3 de febrero de 1999,
    Afectación N° 106, Compromiso 001 y con el Decreto N°90/000 del 3 de
    marzo de 2000. Dicho monto en efectivo, ajustable por el Indice General de
    Costos de la Construcción, elaborado por el Instituto Nacional de
    Estadística, será depositado en la Cuenta de la Dirección Nacional de
    Arquitectura, del Ministerio de Transporte y Obras Públicas N° 152 2441-0
    del Banco de la República Oriental del Uruguay (Cláusulas 3ra. y 4ta.)
    
    CONSIDERANDO: I) que la realización- de los trabajos
    indicados en el mencionado Convenio, estarán a cargo de la Dirección
    Nacional de Arquitectura del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, por
    el régimen de Administración Directa, por lo que es pertinente autorizar a
    dicha dependencia para contratar directamente y ordenar el gasto resultante
    de los servicios y suministros necesarios a tales fines, según lo
    establecido por el Artículo 97 de la Ley N°15.851 de 24 de diciembre de
    1986;
    
    ATENTO: A lo precedentemente expuesto, procede
    aprobar el Convenio de que se trata
     
    
    EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
    RESUELVE:
    
     
    1°.- Apruébase, en todas sus partes, el Convenio
    celebrado el 7 de diciembre de 2004, entre el Ministerio de Transporte y
    Obras Públicas y el Ministerio de Educación y Cultura, que tiene por
    finalidad realizar la continuación de las obras en el Monumento Histórico
    "Iglesia Santo Domingo de Soriano"
    2°.- Autorizase a la Dirección Nacional de Arquitectura
    del citado Ministerio, a ejecutar, hasta la suma de $287.000.- (pesos
    uruguayos doscientos ochenta y siete mil) en efectivo, ajustable por el
    Indice General de Costos de la Construcción, elaborado por el Instituto
    Nacional de Estadística, la realización de las indicadas obras por el
    régimen de Administración Directa
    3°,- Autorízase, asimismo, a la Dirección Nacional de
    Arquitectural a efectuar
    4°.- Establécese que el Ministerio de Educación y
    Cultura - Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación -deberá, previa
    intervención de las oficinas pertinentes, poner a disposición de la
    Dirección Na9ional de Arquitectura, el aporte en efectivo referido, en la
    Cuenta N°152 2441-0 del Banco de la República Oriental del Uruguay (Casa
    Central) de la indicada Dirección
    5°,- Establécese que la Dirección Nacional de
    Arquitectura, deberá rendir cuenta documentada de los fondos puestos a su
    disposición de acuerdo con las normas legales y reglamentarias .
    6°.- Comuníquese y vuelva -po! su orden -al
    Departamento de Convenios, Ministerio de Educación y Cultura y Dirección
    Nacional de Arquitectura a sus efectos