31/12/04

30/12/04 – OTORGASE SUBSIDIO A LA COOPERATIVA "24 DE MAYO – VILLA TERESA"

 

VISTO: la solicitud de subsidio presentada por la cooperativa de viviendas de usuarios de ayuda mutua "24 de mayo -Villa Teresa", inscripta en el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente con el Nro.264, con destino a financiar la construcción de cuarenta viviendas;

RESULTANDO: I) que este Ministerio tiene entre sus cometidos el otorgar préstamos y subsidios directos a las cooperativas de viviendas cuyos integrantes tengan ingresos de hasta 75 unidades reajustables;

II) que la cooperativa de viviendas indicada en el Visto está integrada por familias con ingresos mensuales de entre O y 30 unidades reajustables;

III) que es necesario establecer un régimen especial para estas cooperativas, en atención a que se trata de familias carenciadas, con muy bajos ingresos;

CONSIDERANDO: I) que en virtud de lo indicado en el Resultando III, la Dirección Nacional de Vivienda estima pertinente otorgar a la cooperativa de Vivienda de Usuarios de ayuda mutua "24 de mayo -Villa Teresa" un subsidio de U.R 1.150 (mil ciento cincuenta unidades reajustables) por familia, lo cual hace un total de U.R. 46.000 (cuarenta y seis mil unidades reajustables); más el aporte por concepto de ayuda mutua valuado en U .R. 115 (ciento quince unidades reajustables) por familia;

II) que una vez entregadas las viviendas, cada familia estará obligada a pagar 60 cuotas de 2 U .R. cada una;

III) que el estudio realizado por los servicios técnicos de la Dirección Nacional de Vivienda ha arrojado los siguientes resultados:

a) se trata de un programa de 40 viviendas a ubicarse en la localidad de Montevideo, departamento de Montevideo, en el terreno padrón Nro. 418.928, de la 11 a. Sección Judicial de Montevideo;

b) la Cooperativa ha presentado la declaración jurada de ingresos de cada una de las familias integrantes y se ha corroborado que pertenecen a la franja de ingresos de O 30 unidades reajustables;

ATENTO: a lo expuesto precedentemente ya lo dispuesto por el artículo 62, 64,72, 142 y 143 del Texto Ordenado de la Ley de Vivienda;

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

RESUELVE:

1°.- Otórguase a la Cooperativa de vivienda de Usuarios de ayuda mutua "24 de mayo -Villa Teresa", inscripta en el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente con el Nro.264, un subsidio de U.R. 46.000 (cuarenta y seis mil unidades reajustables) con destino a financiar la construcción de un programa habitacional de 40 viviendas para los integrantes de la referida cooperativa.-

2°.- La erogación dispuesta será con cargo al Fondo Nacional de Vivienda y Urbanización, habiéndose emitido constancia de afectación de crédito N° 2004/0125 por la Dirección Nacional de Vivienda del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente.-

3°.- El plazo de ejecución de las obras es de treinta meses a contar a partir de su inicio. Una vez finalizadas, las viviendas deberán ser ocupadas y los adjudicatarios deberán comenzar a pagar las cuotas dentro del término de tres meses posteriores a la ocupación.-

4°.- La entrega de los fondos será por cuotas de acuerdo al avance de obras incumplimientos).-

5°.- El Instituto de Asistencia Técnica INVIPO está inscripto con el Nro 16 en el Registro de Institutos de Asistencia Técnica del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente.-

6°.-Pase a la Dirección Nacional de Vivienda para la notificación a los interesados.-