31/12/04
30/12/04 – OTORGASE SUBSIDIO A LA COOPERATIVA "24 DE MAYO
– VILLA TERESA"
VISTO: la solicitud de subsidio presentada por la
cooperativa de viviendas de usuarios de ayuda mutua "24 de mayo -Villa
Teresa", inscripta en el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y
Medio Ambiente con el Nro.264, con destino a financiar la construcción de
cuarenta viviendas;
RESULTANDO: I) que este Ministerio tiene entre sus
cometidos el otorgar préstamos y subsidios directos a las cooperativas de
viviendas cuyos integrantes tengan ingresos de hasta 75 unidades
reajustables;
II) que la cooperativa de viviendas indicada en el Visto
está integrada por familias con ingresos mensuales de entre O y 30 unidades
reajustables;
III) que es necesario establecer un régimen especial para
estas cooperativas, en atención a que se trata de familias carenciadas, con
muy bajos ingresos;
CONSIDERANDO: I) que en virtud de lo indicado en el
Resultando III, la Dirección Nacional de Vivienda estima pertinente otorgar
a la cooperativa de Vivienda de Usuarios de ayuda mutua "24 de mayo -Villa
Teresa" un subsidio de U.R 1.150 (mil ciento cincuenta unidades reajustables)
por familia, lo cual hace un total de U.R. 46.000 (cuarenta y seis mil
unidades reajustables); más el aporte por concepto de ayuda mutua valuado en
U .R. 115 (ciento quince unidades reajustables) por familia;
II) que una vez entregadas las viviendas, cada familia
estará obligada a pagar 60 cuotas de 2 U .R. cada una;
III) que el estudio realizado por los servicios técnicos
de la Dirección Nacional de Vivienda ha arrojado los siguientes resultados:
a) se trata de un programa de 40 viviendas a ubicarse en
la localidad de Montevideo, departamento de Montevideo, en el terreno padrón
Nro. 418.928, de la 11 a. Sección Judicial de Montevideo;
b) la Cooperativa ha presentado la declaración jurada de
ingresos de cada una de las familias integrantes y se ha corroborado que
pertenecen a la franja de ingresos de O 30 unidades reajustables;
ATENTO: a lo expuesto precedentemente ya lo dispuesto
por el artículo 62, 64,72, 142 y 143 del Texto Ordenado de la Ley de
Vivienda;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1°.- Otórguase a la Cooperativa de vivienda de Usuarios
de ayuda mutua "24 de mayo -Villa Teresa", inscripta en el Ministerio de
Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente con el Nro.264, un
subsidio de U.R. 46.000 (cuarenta y seis mil unidades reajustables) con
destino a financiar la construcción de un programa habitacional de 40
viviendas para los integrantes de la referida cooperativa.-
2°.- La erogación dispuesta será con cargo al Fondo
Nacional de Vivienda y Urbanización, habiéndose emitido constancia de
afectación de crédito N° 2004/0125 por la Dirección Nacional de Vivienda del
Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente.-
3°.- El plazo de ejecución de las obras es de treinta
meses a contar a partir de su inicio. Una vez finalizadas, las viviendas
deberán ser ocupadas y los adjudicatarios deberán comenzar a pagar las
cuotas dentro del término de tres meses posteriores a la ocupación.-
4°.- La entrega de los fondos será por cuotas de acuerdo
al avance de obras incumplimientos).-
5°.- El Instituto de Asistencia Técnica INVIPO está
inscripto con el Nro 16 en el Registro de Institutos de Asistencia Técnica
del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente.-
6°.-Pase a la Dirección Nacional de Vivienda para la
notificación a los interesados.-