05/01/04

04/01/05 – AUTORÍZASE A LA DIRECCIÓN NACIONAL DE CASINOS A ABONAR A LAS INTENDENCIAS MUNICIPALES DINERO POR UTILIDADES GENERADAS EN EL PRIMER CUATRIMESTRE DEL 2004

 

VISTO: la gestión de diversas Intendencias Municipales solicitando se otorgue la cuota parte que por Concepto de adelanto de utilidades liquidas devengadas en los Casinos del Estado les Corresponde.-

RESULTANDO: que la Dirección General de Casinos sugiere otorgar la suma total de $ 50:994.601,00 (pesos uruguayos cincuenta millones novecientos noventa y cuatro mil seiscientos uno), por Concepto de utilidades correspondientes al primer cuatrimestre del Ejercicio 2004 según el siguiente detalle:

Intendencia $
Durazno 1:553.778,00
Canelones 8:139.972,00
Rocha 3:359.538,00
Colonia 6.453.047,00
Maldonado 27.857.478,00
Rivera 2:011.262,00
Soriano 1:619.526,00
Total 50:994.601,00

CONSIDERANDO: I) que corresponde autorizar los pagos de referencia.-

II) que el Tribunal de Cuentas no ha formulado observaciones.-

III) lo dispuesto por el artículo 160° de la Ley N° 17.556, de 18 de setiembre de 2002.-

ATENTO: a lo informado por la Dirección General de Casinos y el Departamento Técnico Financiero de la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Economía y Finanzas.-

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1º) Autorízase a la Dirección General de Casinos a abonar a diversas Intendencias Municipales la suma total de $ 50:994.601,00 (pesos uruguayos cincuenta millones novecientos noventa y cuatro mil seiscientos uno), que por concepto de utilidades generadas en el primer cuatrimestre del Ejercicio 2004, les corresponde de acuerdo al siguiente detalle:

Intendencia $
Durazno 1:553.778,00
Canelones 8:139.972,00
Rocha 3:359.538,00
Colonia 6.453.047,00
Maldonado 27.857.478,00
Rivera 2:011.262,00
Soriano 1:619.526,00
Total 50:994.601,00

2°) Dicho adelanto constituirá una operación contable de Tesorería sin imputación presupuestal, Grupo 03, "Gastos a Regularizar" Subgrupo 15 "Adelanto a cuenta utilidades de Casinos a partir 2001".-

3°) Previo al pago de las partidas autorizadas deberán controlarse los certificados de obra de las distintas Intendencia Municipales.-

4°) Comuníquese y pase a sus efectos y por su orden a la Dirección General de Casinos y a la Tesorería General de la Nación. Cumplido, vuelva para su archivo.-