05/01/04

04/01/05 – AUTORÍZASE A LA DIRECCIÓN NACIONAL DE CASINOS A ABONAR A LAS INTENDENCIAS MUNICIPALES DINERO POR UTILIDADES GENERADAS EN EL EJERCICIO 2003

 

VISTO: la gestión de diversas Intendencias Municipales solicitando se otorgue la cuota parte que por concepto de adelanto de utilidades líquidas devengadas en los Casinos del Estado les corresponde.-

RESULTANDO: que la Dirección General de Casinos sugiere otorgar la suma total de $ 25:755.328,00 (pesos uruguayos veinticinco millones setecientos cincuenta y cinco mil trescientos veintiocho), por concepto de utilidades Correspondientes al Ejercicio 2003 según el siguiente detalle:

Intendencia

$

Durazno 3:309.425,00
Canelones 14:340.619,00
Rocha 1:597.737,00
Treinta y Tres 2:172.070,00
Salto 2:599.052,00
Soriano 1:736.425,00
Total 25:755.328,00

CONSIDERANDO: I) que corresponde autorizar los pagos de referencia.-

II) que el Tribunal de Cuentas no ha formulado observaciones.-

III) lo dispuesto por el artículo 160° de la Ley N° 17.556, de 18 de setiembre de 2002.-

ATENTO: a lo informado por la Dirección General de Casinos y el Departamento Técnico Financiero de la División contabilidad y Finanzas del Ministerio de Economía y Finanzas.-

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°) Autorízase a la Dirección General de Casinos a abonar a diversas Intendencias Municipales la suma total de $ 25:755.328,00 (pesos uruguayos veinticinco millones setecientos cincuenta y cinco mil trescientos veintiocho), que por concepto de utilidades generadas en el Ejercicio 2003, les corresponde de acuerdo al siguiente detalle:

Intendencia

$

Durazno 3:309.425,00
Canelones 14:340.619,00
Rocha 1:597.737,00
Treinta y Tres 2:172.070,00
Salto 2:599.052,00
Soriano 1:736.425,00
Total 25:755.328,00

2°) Dicho adelanto constituirá una operación contable de Tesorería sin imputación presupuestal, Grupo 03, "Gastos a Regularizar" Sub grupo 15 "Adelanto a cuenta utilidades de Casinos a partir 2001".-

3°) Previo al pago de las partidas autorizadas deberá controlarse los certificados de Obra de las distintas Intendencia Municipales. -

4°) Comuníquese y pase a sus efectos y por su orden a la Dirección General de Casinos y a la Tesorería General de la Nación. Cumplido, vuelva para su archivo.-