12/01/05

11/01/05 – AUTORÍZASE ADQUISICIÓN DE SISTEMA DE SEPARACIÓN VERTICAL MÍNIMA REDUCIDA (RVSM) Y UP-GRADE DE SISTEMA INFORMÁTICO AIRCON 2000

Visto: la gestión promovida por el Comando General de la Fuerza Aérea (Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica), por la cual solicita autorización para adquirir un Sistema de «Separación Vertical Mínima Reducida» (R.V.S.M.) y Up-Grade del sistema informático AIRCON 2000, para el Centro de Control del Aeropuerto Internacional de Carrasco «General Cesáreo L. Berisso», al amparo de lo previsto por el literal C) del numeral 3ro. del artículo 33 del T.O.C.A.F., aprobado por el Decreto 194/997 de 10 de junio de 1997.-

Resultando: I) que el Departamento Técnico de Tránsito Aéreo, por nota de fecha 24 de noviembre de 2004, señala por Recomendación de la Organización Internacional de Aviación Civil (O.A.C.I.) y como se ha acordado para la Región Sudamericana, Caribe y Norteamérica (CAR/SAM), que si no se modifica el Software del Sistema AIRCON 2000 en forma urgente, no se podrá establecer la reducción de la separación vertical mínima a 1000 pies (300 metros), entre los niveles de vuelo, aumentando con ello el nivel de seguridad operacional.-

II) que en la nota de referencia se menciona, que para llevar adelante la implantación del Sistema R.V.S.M. es imprescindible realizar un recambio de software del Sistema AIRCON 2000 a efectos de que éste acepte la condición de vuelo del nuevo sistema.-

Considerando: I) que se señala que con anterioridad la Dirección General de Infraestructura Aeronáutica (DGIA), realizó la Licitación pública 1/97 para la adquisición de «Sistema Integrado de Control de Tránsito Aéreo», adjudicado a la empresa española INDRA S.A., por Contrato firmado el 21 de diciembre de 1998, destacando que se hace necesario el cambio de las plataformas y el software, ya que las mismas han llegado al final de su vida útil del mismo para poder obtener las aplicaciones de acuerdo con las normas y métodos recomendados por la O.A.C.I. y que se expresa que los elementos que se solicitan no pueden ser substituidos por elementos similares ya que no permitiría correr las aplicaciones diseñadas por INDRA S.A.-

II) que la empresa mencionada, manifiesta su disposición para suministrar los elementos solicitados, contemplando una mejora de precios, al mantener la cotización Euro-U$S del mes de agosto, que en a la fecha es un 6% negativo con respecto al cambio fijado, así como también la cotización de los ítems 1: U$S 395.900,00 (dólares estadounidenses trescientos noventa y cinco mil novecientos con 00/100) e ítem 2: U$S 147.500,00 (dólares estadounidenses ciento cuarenta y siete mil quinientos con 00/100), lo que totaliza la suma de U$S 543.400;00 (dólares estadounidenses quinientos cuarenta y tres mil cuatrocientos con 00/100), manteniéndose la oferta hasta el 8 de diciembre y quedando operativo el Sistema antes del 28 de febrero de 2005.-

III) que dicha erogación puede ser atendida con cargo a! Inciso 03 «Ministerio de Defensa Nacional», Unidad Ejecutora 041 «Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica», Programa 005, Proyecto de Inversión 731, Objetos del Gasto 393 y 911, Recursos de afectación especial, Afectación 001925, Compromiso 001, Constancia de Afectación 001, por un monto total de $ 15:263.074 (pesos uruguayos quince millones doscientos sesenta y tres mil setenta y cuatro), que cuenta con disponibilidad suficiente.-

IV) que se dio cumplimiento al artículo 9no. del Decreto 295/000 de 11 de octubre de 2000, y que se recabó la intervención del Tribunal de Cuentas de la República, quien no formuló observaciones al respecto.-

Atento: a lo precedentemente expuesto, por el literal C) del numeral 3ro. del artículo 33 del T.O.C.A.F. aprobado por el Decreto 194/997 de 10 de junio de 1997.-

El Presidente de la República,

Resuelve:

1ro.- Autorízase al Comando General de la Fuerza Aérea (Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica), a adquirir un Sistema de «Separación Vertical Mínima Reducida» (R.V.S.M.) y Up-Grade del sistema informático AIRCON 2000, para el Centro de Control del Aeropuerto Internacional de Carrasco «General Cesáreo L. Berisso», al amparo de lo previsto por el literal C) del numeral 3ro. del artículo 33 del T.O.C.A.F., aprobado por el Decreto 194/997 de 10 de junio de 1997, por un monto total de U$S 543.400,00 (dólares estadounidenses quinientos cuarenta y tres mil cuatrocientos).-

2do.- Dicha erogación será atendida con cargo al Inciso 03 «Ministerio de Defensa Nacional», Unidad Ejecutora 041 «Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica», Programa 005, Proyecto de Inversión 731, Objetos del Gasto 393 y 911, Recursos de afectación especial, Afectación 001925, Compromiso 001, Constancia de Afectación 001, por un monto total de $ 15:.263.074 (pesos uruguayos quince millones doscientos sesenta y tres mil setenta y cuatro), que cuenta con disponibilidad suficiente.-

3ro- Comuníquese, publíquese, remítase copia al Tribunal de Cuentas de la República, y pase al Comando General de la Fuerza Aérea, a sus efectos.-