13/01/05
30/12/04 - APRUÉBASE CONVENIO CELEBRADO ENTRE EL MTOP Y
LA UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA
VISTO: el Convenio celebrado el 6 de diciembre de
2004, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Universidad
de la República
RESULTANDO: I) que el citado Convenio tiene por
objeto la ejecución de obras varias en locales de la Universidad de la
República
II) Que el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a
través de su Dirección Nacional de Arquitectura, contribuye con la
asistencia técnica, ejecución de las obras y administración, las que se
realizarán por el régimen de administración directa, así como los
equipos e infraestructura empresarial (Cláusula 3ra.);
III) Que la Universidad de la República, contribuirá
con la suma de $1 0.000.000 (pesos uruguayos diez millones), que se
atenderá con cargo a los rubros correspondientes créditos presupuestales
del Plan de Obras, Inciso 26, Unidad Ejecutora 01, Programa 102, Proyecto
702, Ejercicio 2004, existiendo los créditos disponibles de acuerdo al
artículo 1° del Decreto N°24/999, de fecha 3 de febrero de 1999,
Solicitud de Reserva N° 1351 y con el Decreto N°90/000 del 3 de marzo de
2000. Dicho monto en efectivo, ajustable por el Indice General de Costos de
la Construcción, elaborado por el Instituto Nacional de Estadística, será
depositado en la Cuenta de la Dirección Nacional de Arquitectura, del
Ministerio de Transporte y Obras Públicas N° 1522441-0 del Banco de la
República Oriental del Uruguay (Cláusulas 3ra. y 4ta.)
IV) Que el Tribunal de Cuentas de la República ha
efectuado a intervención que le compete (Carpeta N°203112, en sesión de
fecha 11 de agosto de 2004)
CONSIDERANDO: I) que la realización de los trabajos
indicados en el mencionado Convenio, estarán a cargo de la Dirección
Nacional de Arquitectura del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, por
el régimen de Administración Directa, por lo que es pertinente autorizar a
dicha dependencia para contratar directamente y ordenar el gasto resultante
de los servicios y suministros necesarios a tales fines, según lo
establecido por el Artículo 97 de la Ley N°15.851 de 24 de diciembre de
1986;
ATENTO: A lo precedentemente expuesto, procede
aprobar el Convenio de que se trata
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
R E S U E L V E:
1°.- Apruébase, en todas sus partes, el Convenio
celebrado el 6 de diciembre de 2004, entre el Ministerio de Transporte y
Obras Públicas y la Universidad de la República, que tiene por finalidad
la ejecución de obras varias en locales de la Universidad de la República
2°.- Autorízase a la Dirección Nacional de
Arquitectura del citado Ministerio, a ejecutar, hasta la suma de $
10.000.000 (pesos uruguayos diez millones) en efectivo, ajustable por el
Indice General de Costos de la Construcción, elaborado por el Instituto
Nacional de Estadística, la realización de las indicadas obras por el
régimen de Administración Directa
3°.- Autorízase, asimismo, a la Dirección Nacional de
Arquitectura, a efectuar todos los aprovisionamientos necesarios al amparo
de lo dispuesto en el Artículo 97 de la Ley N°15.851 de 24 de diciembre de
1986
4°.- Establécese que la Universidad de la República
deberá, previa intervención de las oficinas pertinentes, poner a
disposición de la Dirección Nacional de Arquitectura, el aporte en
efectivo referido, en la Cuenta ND152 2441-0 del Banco de la República
Oriental del Uruguay (Casa Central) de la indicada Dirección
5°,- Establécese que la Dirección Nacional de
Arquitectura, deberá rendir cuenta documentada de los fondos puestos a su
disposición de acuerdo con las normas legales reglamentarias
6°.- Comuníquese y vuelva -por su orden -al
Departamento de Convenios, Universidad de la República y Dirección
Nacional de Arquitectura a sus efectos