13/01/04

12/01/05 - SE OTORGA TÍTULO MINERO CONCESIÓN PARA EXPLOTAR A REYSOL S.A.

VISTO: la gestión promovida por REYSOL S.A. tendiente a la obtención del título minero CONCESIÓN PARA EXPLOTAR un yacimiento de ágatas y amatistas, en la 3ª Sección Catastral del Departamento de Artigas;

RESULTANDO: I) se ha dado cumplimiento a los presupuestos exigidos por el Código de Minería;

II) se solicitó Servidumbre por As. 97/98;

III) se ha acreditado el inicio del trámite ante el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente a los efectos de la obtención de la Autorización Ambiental Previa;

CONSIDERANDO: que corresponde otorgar el título minero Concesión para Explotar al haberse cumplido los requisitos de fondo y forma exigidos por los artículos 100 y 104 del Código de Minería y el artículo 7 de la Ley N° 16.466 de 19 de enero de 1994;

ATENTO: a lo informado por la Dirección Nacional de Minería y Geología y lo dictaminado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Otórgase a REYSOL S.A. el título minero CONCESIÓN PARA EXPLOTAR por el plazo de 15 años, respecto de un yacimiento de ágatas y amatistas, afectando parcialmente los padrones 1650 y 1660 en 21 hás. 2536 m² y 30 hás 7315 m² respectivamente, totalizando un área de 51 hás. 9851 m², de la 3ª Sección Catastral del Departamento de Artigas.

2°.- La Dirección Nacional de minería y Geología dará posesión de la mina a la concesionaria, en los términos previstos por el artículo 107 del Código de Minería, una vez otorgada la Autorización Ambiental Previa por parte del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorialy Medio Ambiente.

3°.- Notifíquese, comuníquese y pase a la Dirección Nacional de Minería y Geología.-