13/01/04
12/01/05 - SE OTORGA TÍTULO MINERO CONCESIÓN PARA
EXPLOTAR A REYSOL S.A.
VISTO: la gestión promovida por REYSOL S.A.
tendiente a la obtención del título minero CONCESIÓN PARA EXPLOTAR un
yacimiento de ágatas y amatistas, en la 3ª Sección Catastral del
Departamento de Artigas;
RESULTANDO: I) se ha dado cumplimiento a los
presupuestos exigidos por el Código de Minería;
II) se solicitó Servidumbre por As. 97/98;
III) se ha acreditado el inicio del trámite ante el
Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente a los
efectos de la obtención de la Autorización Ambiental Previa;
CONSIDERANDO: que corresponde otorgar el título
minero Concesión para Explotar al haberse cumplido los requisitos de fondo
y forma exigidos por los artículos 100 y 104 del Código de Minería y el
artículo 7 de la Ley N° 16.466 de 19 de enero de 1994;
ATENTO: a lo informado por la Dirección Nacional de
Minería y Geología y lo dictaminado por la Asesoría Jurídica del
Ministerio de Industria, Energía y Minería;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Otórgase a REYSOL S.A. el título minero
CONCESIÓN PARA EXPLOTAR por el plazo de 15 años, respecto de un yacimiento
de ágatas y amatistas, afectando parcialmente los padrones 1650 y 1660 en
21 hás. 2536 m² y 30 hás 7315 m² respectivamente, totalizando un área
de 51 hás. 9851 m², de la 3ª Sección Catastral del Departamento de
Artigas.
2°.- La Dirección Nacional de minería y Geología
dará posesión de la mina a la concesionaria, en los términos previstos
por el artículo 107 del Código de Minería, una vez otorgada la
Autorización Ambiental Previa por parte del Ministerio de Vivienda,
Ordenamiento Territorialy Medio Ambiente.
3°.- Notifíquese, comuníquese y pase a la
Dirección Nacional de Minería y Geología.-