13/01/04

12/01/05 – DESAFÉCTASE DEL DOMINIO PÚBLICO FRACCIÓN DE TERRENO DEL PADRÓN 8809 DE LA 11 SECCIÓN JUDICIAL DE SORIANO

VISTO: estos antecedentes relacionados con la solicitud de adquisición de una fracción de terreno Padrón N° 8809 (antes Padrón N° 3824 p, Ruta N° 14- Tramo: Cerro de Vera- Paso Lugo, perteneciente al patrimonio del Estado -Ministerio de Transporte y Obras Públicas) que ha quedado en desuso, ubicada en la 11 va. Sección Judicial del Departamento de Soriano.-

RESULTANDO: I) Que la Dirección Nacional de Vialidad del Ministerio de Transporte y Obras Públicas informa que no tiene inconvenientes en acceder a lo solicitado;

II) Que asimismo, la Dirección Nacional de Topografía procedió a practicar el correspondiente deslinde y tasación de la fracción de terreno cuya compra se solicita;

III) Que la tasación ascendió a la suma de U.R. 1.004,55, a la cual el interesado prestó su conformidad;

IV) Que la Asesoría Técnica (Area Jurídica) de la ya mencionada Unidad Ejecutora expresa que no tiene observaciones que formular desde el punto de vista legal a estas actuaciones.

CONSIDERANDO: que por lo expuesto, corresponde resolver en consecuencia.

ATENTO: I) a lo establecido por el Art. 8vo. de la Ley de Expropiaciones N° 3.958 del 28 de marzo de 1912, en el Art. 195 de la Ley N° 15.903 del 20 de noviembre de 1987, Art. 320 de la Ley N° 16.170 del 28 de diciembre de 1990 y Art. 10 del Decreto 65/02 del 8 de febrero de 2002

II) a las excepciones establecidas por el Decreto del Poder Ejecutivo N° 370/03 de fecha 10 de setiembre de 2003

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

RESUELVE:

1°) Desaféctese del dominio Público, una fracción de terreno Padrón N° 8809 (antes Padrón N° 3824 p, Ruta N° 14 Tramo: Cerro de Vera- Páso Lugo, perteneciente al patrimonio del Estado -Ministerio de Transporte y Obras Públicas) que ha quedado en desuso, ubicada en la 11 va. Sección Judicial del Departamento de Soriano, dicha fracción se encuentra señalada con la letra B en el plano del Agrimensor Vicente Romano, de fecha setiembre de 1946, inscripto en la Dirección General de Catastro y Bienes Inmuebles Nacionales con el N° 85 el día 15 de junio de 1951, la referida fracción tiene un área de 5Hás.0906m282dm2 y sus deslindes son: por el Sur, línea quebrada formada por 3 tramos, el primero recto de 34m35, el segundo curvo de desarrollo 175m60 y el tercero recto de 215m00 dando frente a la Ruta N° 14; por el Noroeste, tramo recto de 195m70 y lindando con Suseción de Aparicio Imas (hoy Padrón N° 3824) y finalmente al Noreste, tramo recto de 424m15 frente al antiguo Camino Mercedes -Trinidad.

2°) Apruébase la tasación practicada por la Dirección Nacional de Topografía del Ministerio de Transporte y Obras Públicas que ascendió a la suma de U.R. 1.004,55 (Unidades Reajustables: mil cuatro con cincuenta y cinco centésimas) de una fracción de terreno detallada en el numeral 1 de la presente Resolución.

3°) Enajenase a favor de la Sr. Miguel Angel Pose previo pago de la cantidad de U.R. 1.004,55 (Unidades Reajustables: mil cuatro con cincuenta y cinco centésimas) que se convertirán al valor vigente de la fracción de terreno, cuya tasación se aprueba en el numeral precedente de esta Resolución

4°) Desígnase para representar al Estado en el acto de traslación de dominio de la fracción de que se trata, al Señor Director de la Dirección Nacional de Topografía del Ministerio de Transporte y Obras Públicas.

5°) COMUNIQUESE y pase al Contador Central Delegado por el Tribunal de Cuentas de la República destacado en ese Ministerio. Cumplido, siga a la Dirección Nacional de Topografía para su toma de razón y demás efectos que correspondan.